ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Empleo Publico En Costa Rica

mileniuska22 de Enero de 2014

5.275 Palabras (22 Páginas)956 Visitas

Página 1 de 22

ANTECEDENTES DEL EMPLEO PÚBLICO EN COSTA RICA

La promulgación de la Constitución Política en el año de 1949, marca el inicio de una nueva etapa en las regulaciones del empleo del sector público. En Costa Rica el surgimiento del empleo público se encuentra directamente relacionado con la concepción del Estado. Así durante el Estado Liberal, los servicios públicos eran muy limitados y el nombramiento de los servidores públicos se manejaba bajo el sistema estropeado.

El concepto de empleo moderno surge a través y en conjunto con el Estado de Bienestar derivado de la Guerra Civil de 1948. Constitucionalmente está en los artículos 191 y 192 de la Constitución Política y fue desarrollada posteriormente con la promulgación del Estatuto del Servicio Civil. Dicho modelo propicia el desarrollo de una industria orientada al consumo nacional y regional, en deterioro de los grandes agros exportadores, lo cual va a fomentar el desarrollo de nuevos empleos en la zona urbana, que se concentran principalmente en el sector servicios, desde donde el Estado va a cumplir una importante labor como empleador. De acuerdo con Rodríguez, el Estado se convirtió no sólo en el principal empleador sino también en el sector más dinámico y moderno.

Dentro de sus logros destaca la incorporación de las mujeres en trabajos no manuales como educación y salud (Cf. 2007: 84). La concepción de empleo público desarrollada en los primeros años del Estado de Bienestar responde a un proyecto de Estado fuerte que se constituye a partir de la expropiación de monopolios privados (como la electricidad), la incursión en áreas no desarrolladas por la empresa privada (como la construcción de obra pública). Sin embargo, la progresiva incidencia del Estado en diferentes áreas de la vida social mediante las instituciones autónomas, ha obligado a crear algunos cuerpos jurídicos, lo cual ha llevado a que exista una proliferación de normas de empleo público. El Estatuto del Servicio Civil indica que la entrada del aspirante al régimen estatutario se realiza mediante pruebas de idoneidad, las cuales serán responsabilidad de un ente especializado al que se denomina la Dirección General del Servicio Civil. Desde esta concepción, la existencia del trabajo interino es una norma planteada en el Estatuto del Servicio Civil con el propósito de llenar la ausencia temporal de funcionarios propietarios o resolver una necesidad de servicio público, mientras se creaba la plaza. Nótese que en el caso de la educación, permite incluso la posibilidad de nombrar personal no calificado, con el fin de garantizar la progresiva apertura de colegios en zonas alejadas e ir introduciendo progresivamente la profesionalización del sector docente.

SISTEMA DE EMPLEO PUBLICO EN COSTA RICA

Primero es importante tener claro que se entiende por empleo público, este según la Fiscalía General de la República se puede definir como:

Conjunto de deberes, responsabilidades, funciones y competencias señaladas por la Constitución, la Ley o el Reglamento, atendidas por una persona natural y cuyo objeto es satisfacer las necesidades permanentes de la Administración en el cumplimiento de los fines del Estado.

LEY DE EMPLEO PÚBLICO EN COSTA RICA

A continuación se señalaran algunos artículos importantes contemplados en la Ley de Empleo Público en Costa Rica.

Relaciones entre la Administración Pública y sus servidores

1- La presente Ley es de orden público y junto con su Reglamento constituyen la regulación jurídica fundamental que rige las relaciones de empleo entre la Administración Pública y sus servidores, con el propósito de garantizar la eficiencia de la Administración.

Principios esenciales

Los principios esenciales que informan esta Ley en particular y el Régimen de Empleo Público en general son:

a) Satisfacción del interés público.

b) Estabilidad para los servidores nombrados sobre bases de igualdad, e idoneidad debidamente comprobada.

c) Concursabilidad periódica de las jefaturas.

d) Respeto a la autoridad jerárquica, es decir, respeto al principio de autoridad y respeto al principio de legalidad.

e) Respeto a las potestades de la Administración como patrono único estatal, para que de conformidad con las necesidades del servicio pueda determinar la reubicación de sus servidores tanto al interior como entre los órganos y entes públicos, con apego a los principios constitucionales y legales.

f) El servidor público deberá desempeñar sus funciones de modo que satisfagan primordialmente el interés público, de acuerdo con las disposiciones correspondientes de la Ley General de la Administración Pública.

g) El interés público prevalecerá sobre el interés de la Administración Pública cuando pueda estar en conflicto.

Requisitos Para ingresar al Régimen de Empleo Público:

a) Ser costarricense, salvo casos muy calificados por inopia de nacionales conforme lo determine el Reglamento a esta Ley.

b) Poseer aptitud moral, psíquica y física para el desempeño del cargo.

c) Rendir el juramento constitucional.

d) Satisfacer los requisitos que establece el manual descriptivo para el puesto designado

e) Demostrar idoneidad mediante las pruebas, exámenes, concursos u opiniones que correspondan.

f) Ser escogido de la nómina enviada por la oficina o unidad de personal competente.

g) No estar ligado por parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el tercer grado inclusive, con el jefe o subjefe de la oficina o unidad de personal, o con el jerarca del órgano o ente público en donde esté ubicada la plaza.

h) Aprobar satisfactoriamente el período de prueba.

i) Cumplir cualquier otro requisito que establezcan las leyes y los reglamentos.

Período de prueba

a) El servidor que esté en período de prueba, como condición de ingreso al régimen de Empleo Público, no gozará de la garantía de estabilidad que cubre a quienes están nombrados en propiedad.

b) El servidor que ocupe un puesto de propiedad dentro del Régimen de Empleo Público y sea nombrado en cualquier otro cargo dentro del mismo régimen, deberá cumplir con un período de prueba específico para el nuevo cargo pero mantendrá su estabilidad en el puesto anterior, incluyendo la localización geográfica, rango y remuneración.

c) Los períodos de prueba se fijarán de dos a tres meses, pero el de ingreso al

régimen será siempre de seis meses.

Derechos de los servidores públicos

Son derechos de los servidores públicos:

a) Estabilidad en su relación de empleo público, salvo que sean cesados con

Responsabilidad para la Administración por reducción forzosa de servicios, por falta absoluta de fondos o cuando ello se necesite para lograr una mejor eficiencia u organización, que no podrá ser menor al equivalente al cincuenta por ciento (50%) de los servidores públicos.

b) Acceso a las facilidades de capacitación y formación existentes, de conformidad con sus méritos, evaluación del desempeño y necesidades del servicio.

c) Participación activa en la mejor organización de las labores públicas, mediante los mecanismos previstos por el ordenamiento jurídico.

d) Pago total de las prestaciones legales, calculadas de conformidad con las reglas establecidas en el Código de Trabajo y en la presente Ley.

e) Los servidores despedidos con responsabilidad para la Administración no tendrán prohibición alguna para prestar de nuevo sus servicios en la Administración Pública, siempre que cumplan con los requisitos de ingreso establecidos en la legislación vigente.

f) Los servidores que hayan sido separados de su cargo sin motivo justificado o sin el cumplimiento de los procedimientos que señala la legislación vigente, tendrán derecho a ser reinstalados en los cargos que ocupaban y conservarán sus derechos adquiridos.

g) Vacaciones anuales de quince días hábiles durante el primer lustro de servicios; veinte en el segundo y veintiséis en los años siguientes de servicio. Estos servicios pueden ser no consecutivos, siempre que se realicen en la Administración Pública.

h) Disfrute de un aguinaldo, según la legislación respectiva.

i) Licencias con goce de salario o sin él, conforme a la Ley.

j) Pago del tiempo correspondiente a la jornada extraordinaria, de conformidad con la legislación laboral. Se considerará extraordinario el trabajo adicional que se realice en giras fuera del órgano o ente público correspondiente.

k) Pago de los gastos en que incurran, derivados del desempeño de su cargo tales como transporte, alimentación, hospedaje y cualesquiera otros indispensables para realizar las labores encomendadas.

l) Jubilación con pensión en las condiciones establecidas en la legislación respectiva.

Deberes de los servidores públicos

Son deberes de los servidores públicos:

a) Acatar la Constitución Política y el Ordenamiento Jurídico de la República.

b) Cumplir con las obligaciones inherentes a sus puestos.

c) Ejercer en forma correcta y eficiente las labores públicas encomendadas, ordinarias y extraordinarias, compatibles con sus aptitudes y conocimientos y cumpliendo todas las obligaciones legales y éticas

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (35 Kb)
Leer 21 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com