Garantías Individuales
mumugol11 de Noviembre de 2014
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1. GARANTÍAS INDIVIDUALES
GARANTÍAS INDIVIDUALES: Son los derechos fundamentales de las personas, cuya finalidad es reducir los efectos de las desigualdades entre los individuos, otorga a todos los mexicanos el derecho de disfrutar la LIBERTAD, SEGURIDAD, IGUALDAD y PROPIEDAD, al señalar los deberes para su ejercicio. También se les conoce como derechos individuales, fundamentales o humanos.
Todas aquellas cuestiones que ya desde su nacimiento disfrutará y podrá exigir que se cumplan y que tengan como objetivo final la consecución de la paz, la armonía y el orden en la sociedad en la cual se encuentran vigentes. También tienen alcances a la hora de asegurar la convivencia pacífica entre los hombres que comparten y viven en el mismo territorio, en la obtención de justicia y de bienestar social y de alcanzar el bien común.
Para todos los individuos sin distinción por su raza, nacionalidad, sexo, edad, creencias religiosas o políticas son dueños de estas garantías. Nada ni nadie podrá violarlas y en tanto, es el estado quien deberá salvaguardar que se respeten.
1.1 LA CONSTITUCIÓN, NORMA MADRE QUE CONTIENE LAS GARANTÍAS:
Las garantías individuales que cada persona posee se encuentran manifestadas en la constitución nacional de la Nación, que es la norma madre de todas las normas y a la cual todas convienen de alguna manera, es decir, ostentan un rango constitucional y son consideradas como fundamentales en el sistema político que la correspondiente constitución haya fundado oportunamente. Es decir las garantías individuales son derechos constitucionales. Mientras tanto, la orientación de las mismas se encuentra siempre en dirección positiva a la dignidad humana. Vale destacarse que las garantías resultan fundamentales para el desarrollo de los sistemas políticos.
Capitulo II
2. DIVISIÓN DE LAS GARANTÍAS INDIVIDUALES.
A la declaración de garantías individuales se la puede dividir en varias partes, las cuales, se encuentran compuestas por los derechos de libertad, seguridad jurídica, igualdad y propiedad.
2.1 Dentro de las garantías de libertad nos encontramos con estas tres divisiones: las libertades inherentes a la persona humana, las libertades que corresponden a la persona física y las libertades de las personas en cuanto al plano social. En este sentido se reconoce que la persona es libre para decidir que estilo de vida quiere llevar, lo que quiere pensar o sentir en materia política y religiosa.
2.1.1 Las garantías de Libertad se dividen en tres grupos:
• Libertades de la persona Humana.
• Libertades de la persona Física
• Libertades de la persona Social.
2.2 Las garantías de seguridad jurídica implicarán: el derecho de petición, la detención de una persona por parte de las fuerzas de seguridad únicamente con una orden judicial mediante y el derecho a recibir eficaz y efectivamente la administración de justicia.
Por otro lado estas también protegen a las personas de que no sean molestadas en sus espacios privados sin que medie una justificación.
Las libertades de seguridad son:
2.2.1 Se refieren a: derecho de petición, privación de derecho solo mediante juicio, detención solo con orden judicial, derecho a la eficaz administración de justicia, etc.
2.3 Las garantías de igualdad incluyen: que todo individuo es igual ante la ley y que por caso no deben haber distinciones en este sentido, además, deberá gozar de los derechos que otorga la constitución, la prohibición de la esclavitud bajo todo punto de vista, todos los ciudadanos tendrán los mismos derechos sin distinciones, prohibición de los títulos nobiliarios y de fueros.
2.3.1 En la constitución vigente los derechos de Igualdad son:
• Goce
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