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JUICIOS A LA ÚLTIMA DICTADURA CIVICO MILITAR


Enviado por   •  19 de Julio de 2019  •  Resúmenes  •  942 Palabras (4 Páginas)  •  150 Visitas

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JUICIOS A LA ÚLTIMA DICTADURA CIVICO MILITAR

Salvo Santa Cruz y Tierra del Fuego, todas las provincias han realizado juicios contra el golpe de Estado del 76.

En 2003 se propone por parte del Poder Ejecutivo la anulación de los indultos realizados en la residencia de Menem y el Poder Legislativo declara anticonstitucional las leyes de Punto Final y Obediencia Debida. Entonces así se reabren los juicios.

Si bien en el 98 de habían derogado ambas leyes. Esto no era suficiente porque esto significa que lo que había sucedido hasta ese punto, seguís vigente. Por eso era necesario considerarlas anticonstitucionales y anularlas.

Metodología de la impunidad

El sistema jurídico del Estado terrorista se caracterizó por:

  1. Ausencia de límites jurídicos al ejercicio del poder.
  2. Utilización indistinta e indiscriminada de instrumentos normativos, sin respetar la jerarquía ni la especificidad de las normas.
  3. Creación de normas penales con figuras imprecisas
  4. Otorgamiento de atribuciones discrecionales a los órganos administrativos.
  5. Reticencia a expresar motivos y a fundamentar las decisiones.

Como consecuencia de ello, el sistema fue afectado en su generalidad, reemplazándose por la más absoluta inseguridad jurídica.

El objetivo de la dictadura respecto del sistema jurídico fue no estorbar la actuación del poder. Que confirieran a la autoridad márgenes tan amplios que en la práctica no fijaran límites.

  • Ley 22068. “Ausencia con presunción de fallecimiento”.(1979)

Con esta ley se resuelven problemáticas a partir de desapariciones donde el Estado no reconoce su culpabilidad. Se considera que los desaparecidos están muertos. Deposita en el familiar la decisión de que él mismo declare la muerte de su familiar desaparecido.

A mediados de los 90 hay una nueva ley donde convierte a estos fallecidos como desaparición forzada de personas.

  • “Documento Final” (abril 1983)

Se establece que los desaparecidos son como consecuencia de la aplicación de la dictadura y que si están desaparecidos es porque están muertos.

En este documento tratan de defenderse de su actuar y de protegerse del juzgamientos. Buscan la impunidad sobre su actuar. Mencionan que el enjuiciamiento de lo sucedido no sería en los tribunales sino en la historia.

Genera un fuerte rechazo social.

Alfonsín anuncia antes de las elecciones que serían juzgados por la justicia civil y no por la historia.

  • “Ley de admistía”

Plantea la extinción de la acción leal.

Repudiada por las organizaciones de DDHH y también por los sectores políticos.

La normativa gestada durante la época dictatorial y aceptada por las instituciones democráticas que le sucedieron, parece un absurdo jurídico carente de toda lógica a menos que se tome en cuenta la complementariedad entre los gobiernos dictatoriales y los gobiernos democráticos. Es decir que la continuidad jurídica se corresponde con la continuidad de intereses. Esta actitud se caracteriza por:

  1. Derogación de leyes fundamentales del ordenamiento legislativo democrático por los gobiernos militares.
  2. Continuidad de la legislación militar tras el restablecimiento de las formas democráticas.
  3. No restablecimiento posterior por los gobiernos civiles de la legislación democrática derogada por los gobiernos militares.
  4. Impunidad posterior por la ruptura del orden republicano y por las políticas represivas instrumentadas.

1985: Comienzo de los Juicios

Comienzan con una particularidad: el fiscal decide que el juicio se reduce a 700 víctimas. Los casos paradigmáticos.

El tiempo es acotado.

Reducción de víctimas.

Tratamientos hacia los testigos que eran tratados más como acusados que como víctimas. Existió una campaña para desacreditarlos o amedrentarlos.

El proceso no revistió las características esenciales de los llamados “juicios políticos”:

  1. En él no se juzgaron delitos contra la Nación y el Estado, limitándose a las acciones ilegítimas contra los particulares.
  2. Se trató de evitar el explícito juzgamiento de toda una época histórica.
  3. Se buscó reducir al máximo la participación pública
  4. Se intentó negar toda excepcionalidad al proceso, mostrándolo como una instancia judicial más de la vida tribunalicia.
  5. Tuvo un carácter oral limitado

La propia naturaleza del juicio le otorgó un alto contenido político, ya que el mismo fue generado como respuesta a la exigencia de esos amplios sectores del país que reclaman el juicio y castigo a los culpables.

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