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LA CASACIÓN CIVIL EN VENEZUELA


Enviado por   •  7 de Diciembre de 2022  •  Ensayos  •  2.717 Palabras (11 Páginas)  •  41 Visitas

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RESUMEN

El presente ensayo tiene como finalidad conceptualizar y realizar una breve reseña sobre la Casación Civil en Venezuela, partiendo de su utilización como medio de impugnación extraordinario que puede intentarse contra sentencias de última instancia que hayan puesto fin a un juicio y que sólo puede fundamentarse en las razones que la ley establece; y de manera específica y breve exponer las instituciones jurídicas surgidas como consecuencia del nacimiento de la casación.

Palabras claves: Casación, sentencia, cosa juzgada y recurso extraordinario.

ABSTRACT

The purpose of this essay is to conceptualize and make a brief review of the Civil Cassation in Venezuela, based on its use as a means of extraordinary challenge that can be tried against final judgments that have put an end to a trial and that can only be based on the reasons established by law; and specifically and briefly expose the legal institutions arising as a result of the birth of the cassation.

Keywords: Cassation, judgment, res judicata and extraordinary appeal.

LA CASACIÓN CIVIL EN VENEZUELA.

El Recurso de casación nace en Francia, como consecuencia de los conflictos surgidos entre el monarca y los señores feudales al atribuirse, estos, funciones legislativas que le permitían promulgar leyes obviando las dictadas por el Rey. El nacimiento y su desarrollo ocurren a través de un largo devenir. En este orden de ideas, es ineludible empezar el recuento de tal acontecimiento por Roma, en donde durante la época de la República fue utilizada la institución Nulla Sententia, para indicar la sentencia inexistente y el concepto de sententia nulla, para indicar la sentencia viciada, Durante esta época no hubo recurso para impugnar la sentencia del juez, por cuanto la llamada nulla sententia significaba inexistencia de sentencia por defectos de actividad, por lo que no hubo necesidad de recurso alguno para decidir su nulidad; razón por lo que solo se estableció la oposición a la ejecución como medio para lograr la declaratoria de inexistencia.

Es así como durante la etapa de la República Romana, se consideró más grave el error cometido al aplicar la ley que el cometido al establecer los hechos, ya que lo básico era resolver los conflictos relativos al derecho para mantener la paz en la sociedad; sin embargo, este error no se daba cuando el juez equivocaba los límites de la controversia o cuando erraba en la interpretación de la ley; el fallo solo se consideraba inexistente cuando contravenía directamente la ley o cuando no se aplicaba la norma vigente. ello, dio lugar a la sustitución de la sentencia equivocada, en el establecimiento de los hechos -quaestio facti- y de la sentencia equivocada en la aplicación del derecho -quaestio iuris- tanto de carácter procesal como de fondo - errores de procedimiento y de juzgamiento respectivamente-, por las sentencias favorables a los intereses personales (ius litigatoris), que a su vez favorecían la legalidad procesal y la interpretación jurídica en beneficio del interés público (ius constitutionis) y se consideró nula toda sentencia viciada por error cometido referido a la existencia del derecho objetivo y válida toda sentencia que presentaba errores referidos al derecho subjetivo de las partes.

Lo establecido por el derecho romano tuvo vigencia en toda Europa y rigió en Alemania hasta el siglo XIX, en tal sentido se observa la existencia de la apelación, recurso dirigido al emperador como un medio contra la sentencia injusta tendente a producir un efecto suspensivo que evitaba su ejecución y daba facultades al juez superior para pronunciar una nueva sentencia (efecto devolutivo), que derivó posteriormente, por la acumulación de causas, en varias instancias.

En cuanto a Francia, durante los siglos que van del X al XIV, la administración de justicia fue un medio de lucha contra la tendencia descentralizadora de los señores feudales y contra los conflictos entre estos y el monarca, lo que dio lugar a que éste asumiera en sus manos el ejercicio de la jurisdicción, de esta manera se impone la supremacía del rey; hasta el punto que se le consideró como juez supremo, sin embargo la dinámica del crecimiento de las causas hicieron imposible conocer de todas ellas, por lo que hubo la necesidad de crear un órgano autónomo de jurisdicción, con carácter soberano que juzgara a nombre del rey, a este se le llamó Parlamento. Junto a este Parlamento nacieron otros en diferentes lugares del país que fueron denominados Cortes Superiores, cuya decisión era inapelable. Esta situación trajo como consecuencia el nacimiento de conflictos por desacato de los diferentes parlamentos al abrogarse, además de su actividad judicial, atribuciones legislativas que les permitían promulgar leyes obviando el cumplimiento de aquellas dictadas por el Rey, hasta tanto el Parlamento las reconociera y estableciera su obligatoriedad, a ello se agregan los conflictos surgidos como consecuencia de las contradicciones que presentaban las decisiones sobre causas iguales o similares, lo que origina la casación dirigida exclusivamente a la solución de los conflictos entre Parlamentos.

En esta etapa del desarrollo de la casación, más que el ejercicio de un derecho era una súplica que se hacía al soberano en la búsqueda de la nulidad de la sentencia, en esta misma etapa es cuando se perciben las diferencias entre los errores del juez contra la ordenanza que regulaba su proceder (error in procedendo) y los cometidos contra la ordenanza que regulaba el derecho sustantivo (error in iudicando).

Así, la finalidad de la casación era controlar la correcta aplicación de la ley sin permitir cambios en ella, derivados de interpretaciones judiciales basadas en planteamientos doctrinarios, por lo que solo eran anulables las sentencias contentivas de errores in iudicando.

La casación, no se instituyó como un tribunal superior de última instancia, nace orientada por los principios sostenidos por las ideas del Contrato Social (Jean - Jaques Rousseau) y basada en la separación de los poderes establecidos en la declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, apegada a las ideas de Montesquieu, como garantía de libertad. La evolución del recurso condujo a que la Corte de Casación impusiera al Tribunal (de reenvío) su criterio, con base en el cual debía producir la nueva decisión y de la misma manera podía, casar por segunda vez una sentencia por el mismo motivo anulando la sentencia cuando estaba

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