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Matrimonios igualitarios y seguridad social


Enviado por   •  1 de Mayo de 2018  •  Ensayos  •  3.271 Palabras (14 Páginas)  •  99 Visitas

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CAPÍTULO I:

Los beneficios de permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo en el ámbito de seguridad social

Capitulo I.

Estructura de la Investigación

1.1.        TEMA        3

1.2.        ANTECEDENTES        5

1.3.        PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA        7

1.4.        PREGUNTAS DE INVESTIGACIÓN        8

1.5 JUSTIFICACIÓN        9

1.6.        DELIMITACIÓN        10

1.7.        OBJETIVO GENERAL        11

1.8.        OBJETIVOS ESPECIFICOS        12

1.9.        HIPÓTESIS O SUPUESTOS HIPÓTETICOS        13

1.10.        VARIABLES        14

1.11.        MARCO TEORICO DE REFERENCIA        15

1.12.        METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACÓN        16

1.13.        DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN        17

1.14.        MÉTODO DE INVESTIGACIÓN        18

1.15.        TIPO DE INVESTIGACIÓN        19

1.16.        HERRAMIENTAS E INSTRUMENTOS DE INVESTIGACIÓN        20

1.17.        CRONOGRAMA        21

  1. TEMA

Para Bernal el tema es “la idea general del campo del conocimiento de una disciplina en el cual hay un interés para realizar una investigación”[1]

El tema de la investigación es: Los beneficios de permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo en el ámbito de seguridad social en el Estado de México.

El autor menciona que “no existen criterios únicos para considerar un tema como fuente de investigación”[2]

  • Novedad: El tema es novedoso porque usualmente es abordado desde una perspectiva exclusivamente social y de convivencia sin tener una mayor consideración por los otros ámbitos que afectan al individuo de una forma más personal, como la seguridad social.

  • Contraste: Esta investigación tiene un enfoque distinto al resto pues en el Estado de México no está legislado el matrimonio entre personal de mismo sexo y esta investigación lo trata desde una perspectiva enfocada al individuo, así como a su derecho a la seguridad social.

  • Necesidad e Importancia: La necesidad de este trabajo de investigación recae en el constante progreso social en la búsqueda de igualdad entre los individuos, permitiendo el matrimonio entre personas del mismo sexo en determinados puntos del país, por lo tanto, es importante considerar las consecuencias, específicamente, los beneficios en el ámbito de seguridad social en el Estado de México.
  • Resolución: Es importante adecuarse a los cambios que se presentan en la sociedad, por lo que hay que estar conscientes de los efectos que se presentan en una sociedad debido a ellos, así como saber adaptarse, derivando de este último aspecto la relevancia de este trabajo.
  • Concreción y Pertinencia: Es posible poder desarrollar el tema central de este trabajo de investigación, ya que en el Estado de México se presentan las condiciones pertinentes para llevarlo a cabo.
  1. ANTECEDENTES

En el mundo antiguo occidental es común encontrarse con ejemplos que sirven de referencia a la existencia de relaciones entre personas del mismo sexo, sin embargo, los conceptos de homosexualidad y heterosexualidad no existían con las mismas características de hoy en día, por lo tanto, a pesar de tener antecedentes de su existencia en la antigüedad, no los había de su reconocimiento oficial por el gobierno o poder soberano de esa época, debido a la carencia de los conceptos con los que se les denomina actualmente.

Un ejemplo de lo anterior se encuentra en el Symposium (El Banquete) de Platón, donde se describen formas de atracción homosexual en la Antigua Grecia, sin que se vean condenadas. Sin embargo, estas creencias no eran universales en la totalidad de la Antigua Grecia, pues algunas poblaciones condenaban este tipo de relaciones.[3]

A pesar de que existe evidencia de que existen hallazgos en el Antiguo Egipto que muestran la posible existencia de relaciones entre personal del mismo sexo reconocidas por el reino, como es el caso de una tumba correspondiente a una pareja homosexual, no fue sino hasta finales del siglo XX e inicios del XXI, que comenzó a legalizarse en distintas partes del mundo actual.

A mediados del siglo XX en el año de 1969, en Nueva York, Stonewall, se dio diversos movientes que tenían como causa los derechos civiles en Estados Unidos, incluyendo entre ellos, los derechos de las personas homosexuales, fue desde entonces que se consideró el matrimonio para las personas del mismo sexo.

De acuerdo a los estudios realizados en los años sesenta y setenta, mostraron la estabilidad y longevidad de las parejas del mismo sexo, las cuales eran similares a las encontradas en las parejas heterosexuales, sin embargo, las parejas homosexuales se vieron afectadas por los prejuicios sociales y las desventajas jurídicas.

Holanda es un país considerado pionero en este aspecto, pues fue el que abrió el camino a la legalización de los derechos de las personas homosexuales. En Holanda el matrimonio entre personas del mismo sexo, fue aprobado en septiembre del año 2000, y entro en vigor el primero de mayo de 2001, en esta fecha se celebraron las primeras cuatro bodas entre personas del mismo sexo, siendo Ámsterdam la sede de este suceso.

Posteriormente, siguiendo a Holanda, continuaron Bélgica (2003), Canadá y España (2005), Sudáfrica (2006), Noruega y Suecia (2009), Portugal, Islandia y Argentina (2010); así como Dinamarca (2012).

Otros países permiten las uniones civiles entre personas del mismo sexo, sin embargo, estas no se denominan matrimonio. Entre los países que permiten estas uniones civiles, se encuentran Alemania, Grecia, Israel e Italia.

En el año 2013, la Organización de las Naciones Unidas (ONU), anunció que 40% de los países que integran esa organización, es decir, un total de setenta y ocho países, tenían legislaciones que criminalizaban las relaciones entre personas del mismo sexo.

El nueve de noviembre de 2006, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (actual Ciudad de México), aprobó la Ley de Sociedades de Convivencia que de acuerdo al artículo segundo de la ley vigente en ese momento, la sociedad de convivencia es un acto jurídico bilateral entre dos personas de diferente o mismo sexo con voluntad de permanencia y ayuda mutua. Esta ley entró en vigor el diecisiete de marzo de 2007.

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