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Modelo burocrtatico


Enviado por   •  19 de Junio de 2018  •  Reseñas  •  5.068 Palabras (21 Páginas)  •  92 Visitas

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Capítulo 4

La igualdad de derechos y las garantías para la población reclusa entran a discusión cuando se comparan junto a las fallas que sufre constantemente el sistema penitenciario y carcelario en Colombia, de inmediato rivalizan, los reglamentos y la administración, la distribución de actividades, la determinación de poderes, hacia la acción ultima que es proveer de justicia y legalidad al proceso penitenciario por parte del Estado y que son las fuentes y resultados que este ente desempeña, para Max Weber la burocracia como “la minimización del poder” corresponde a “ la igualdad de derechos y la exigencia de garantías jurídicas contra la arbitrariedad requieren la objetividad racional formal de la administración, en contra del libre arbitrio personal emanado del derecho de gracia del antiguo señorío patrimonial (WEBER, 1977)”.

Es de suma importancia que sobre la agenda pública se desarrollen diferentes procesos que permitan de manera colectiva una solución sobre las fallas administrativas para  que no incurran en nuevas crisis hacia el sistema penitenciario, es por esto que a partir de este capítulo se profundizara en las fuentes teóricas del sistema penitenciario y carcelario en Colombia,  evidenciando desde su proceso histórico las falencias y vulneraciones presentadas en los derechos de los reclusos.

De qué manera el sector público está relacionado con actores del sector privado en el sistema penitenciario y carcelario en Colombia? Es determinante generar preguntas que establezcan responsabilidades y capacidades con la que se provee el control de la sociedad y como el Estado es eficiente o no, en acciones colectivas tanto en soluciones como en  vacíos que permitan analizar resultados congruentes  a fin de ayudar a subsanar los derechos de la población reclusa. Se responde de acuerdo a las responsabilidades por parte, si estas contemplan medidas y perspectivas reformadoras ante procesos que no permitieron una continuidad y una búsqueda para salir del problema, “el modelo de organización burocrático fue la respuesta a las necesidades derivadas de la modernidad, una modernidad racionalizadora que se manifestaba en el dominio de la eficiencia, la predictibilidad, la calculabilidad y el control tecnológico. Pero la Administración pública tradicional que se inspira en el modelo organizativo burocrático ha desarrollado con el tiempo disfunciones muy importantes que tienen como resultado más substantivo la falta de adaptación de las organizaciones públicas al contexto socioeconómico actual.” (RAMIO, 2001). Por ende la respuesta a una “ organización burocrática”, en cierta medida son aspectos reformadores para el desarrollo de la política penitenciaria, la gestión sobre la administración de la política criminal responde a una nueva gestión pública pero no termina de salir del concepto burocrático accionando desde la modernidad procesos que no permiten construir sobre “La administración pública, la cual detecta sus valores en la ética y produce un efecto social de bienestar colectivo, en tanto que la gerencia exalta la eficacia y su efecto económico se orienta al elogio del individualismo” (GUERRERO, 2003).

Por ultimo en el aspecto sobre las funciones penitenciarias que tienen los países anglosajones pues estos han permitido cambiar aspectos de la agenda pública en cuanto a la criminalidad y desarrollan desde su ámbito institucional maneras mixtas de aplicar las formas de justicia  trayendo a mención las dinámicas clásicas desde los métodos primitivos y que dieron origen al sistema penal anglosajón contemporáneo moldeando las acciones administrativas  que hoy responden a las dinámicas entre el sistema penitenciario y el recluso, notando que en cierta medida el sistema anglosajón es más efectivo que el sistema penitenciario nacional, aunque este traiga parámetros basados en este sistema penal.

 La sociedad misma contiene mecanismos puros, de base, que nacen, son endémicos, autónomos,  son propios y que relacionándose desencadenan todo un proceso social, adquiere un poder legislativo a fin de solventar problemas en su contexto, de allí el concepto de una de a de las formas  gobernanza, ya que si aparece un problema de carácter que implique la transgresión de los derechos fundamentales del individuo y hacia el colectivo, estas herramientas estarían pre-establecidas desde su propia esencia de gobernanza, por el cual “la gobernanza” adquiere un poder generoso y democrático que implique en cuanto a la búsqueda de soluciones sociales herramientas de toda índole. Si es así, tanto la gobernanza como otros mecanismos democráticos contengan este poder de transformación y reivindicación social “el desarrollo de un estilo de gobierno  que permite participar en responsabilidades de manera colectiva para el bienestar de la los reclusos,  es en cierta medida la dependencia de otras organizaciones para la entrada de acciones administrativas que beneficien las reglas de juego con la que los reclusos se verán garantes en la defensa de los derechos (AGUILAR, 2006)” y la efectiva resocialización que permite desde procesos diversos actuales en cambiar la imagen negativa que tiene un individuo privado de la libertad en la sociedad.

EL MODELO BUROCRATICO DESPUES DE LA CONSTITUCION DEL 1991 HASTA LA ADMNISTRACION PÚBLICA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO E INPEC EN LA ACTUALIDAD.

  1. SUCESOS HISTORICOS DE LA LEGISLACION PENAL, DINAMICAS PENITENCIARIAS DE LA CONSTITUCION 1991

Las relaciones históricas,  nos sumerge en el contexto de la Europa del siglo XIX, “a finales del siglo XIX y parte del siglo XX, se comienzan a dar congresos internacionales en materia penitenciaria, donde se generan cambios significativos que con el tiempo fueron de obligatorio cumplimiento, fueron los derechos de los reclusos:  cuadro de  100 años

Allí en Francia la reforma carcelaria coincidía con la revolución francesa en donde se proponía que las reglas de justicia fuesen de carácter universal, no solo en el ámbito local, castigando por cualquier tipo de delito establecido como indigno y que fuese de forma permanente, además de implantar la intimidación con el pretexto que esta intimidación invitara a la reincidencia. En la actualidad este proceso intimidatorio resulta más fuerte y está cargado de otras formas de castigo modernas que se han tecnificado, se trae el ejemplo del uso de la electricidad basado en el castigo ejecutorio de la silla eléctrica, este método fue utilizado con más de 154 electrocutados en 36 de los 50 Estados de Norteamérica hasta 2008, donde el periódico el país menciona: “Estados Unidos ha dicho adiós definitivamente a la silla eléctrica. La pena de muerte por electrocución ha quedado desterrada, después de que el Tribunal Supremo de Nebraska haya declarado hoy que el método es "anticonstitucional" (PAIS, 2008). Además de humanizar al ciudadano dentro de la declaración de los derechos universales, también nacen políticas que buscan controlar al hombre y su accionar, “se hace necesario entonces la presencia de una justicia más sutil, fina y generalizada, que logre controlar estas manifestaciones populares, tan molestas para la nueva burguesía en ascenso” citar Daniel acosta.

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