REFORMA TRIBUTARIA
brocks14Tesis25 de Mayo de 2014
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REFORMA TRIBUTARIA
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REFORMA TRIBUTARIA
Para alcanzar el desarrollo, Chile necesita hacer importantes transformaciones en algunas áreas. Una de las principales es una profunda reforma educacional. Estas transformaciones significarán un importante incremento del gasto público. Evidentemente, esto implica la necesidad de realizar una reforma tributaria para contar con ingresos permanentes que permitan alcanzar una sustentabilidad fiscal.
La Reforma Tributaria tiene cuatro objetivos:
1. Aumentar la carga tributaria para financiar, con ingresos permanentes, los gastos permanentes de la reforma educacional que emprenderemos, otras políticas del ámbito de la protección social y el actual déficit estructural en las cuentas fiscales.
2. Avanzar en equidad tributaria, mejorando la distribución del ingreso. Los que ganan más aportarán más, y los ingresos del trabajo y del capital deben tener tratamientos similares.
3. Introducir nuevos y más eficientes mecanismos de incentivos al ahorro e inversión.
4. Velar porque se pague lo que corresponda de acuerdo a las leyes, avanzando en medidas que disminuyan la evasión y la elusión.
La meta de recaudación del conjunto de las medidas de la Reforma Tributaria será de 3% del PIB. Esta meta se descompone en 2,5% del PIB provenientes de cambios a la estructura tributaria y 0,5% del PIB de medidas que reducen la evasión y la elusión.
Esto es hacer propuestas responsables frente al país, que permitan avanzar sólidamente en las transformaciones que Chile necesita. Reforma Tributaria y Crecimiento Económico
Los países que se han desarrollado, junto con el crecimiento sostenido han aumentado continuamente los bienes y servicios que ponen a disposición de sus ciudadanos, a través de las políticas públicas. Esto es posible y sostenible
responsablemente, en la medida que han aumentado la carga tributaria, que permite financiar la provisión de estos bienes.
Chile tiene una carga tributaria baja, aún si se la compara con países desarrollados al momento de contar con un PIB per cápita similar al que nuestro país tiene en la actualidad. Las modificaciones que aquí anunciamos, con una elevación de la carga tributaria de 3 puntos del PIB, comienzan a cerrar esta brecha, quedando aún por debajo del promedio de los países de la OECD, al momento en que contaban con nuestro actual PIB per cápita.
Adicionalmente, existen estudios para Chile que establecen que aumentos en la tasa de impuesto a la renta no afectan significativamente las decisiones de inversión. A lo más, el impacto se limita a las empresas más pequeñas, que ciertamente tienen una mayor dificultad de acceso al financiamiento. Aún así, el impacto estimado sobre estas empresas es muy acotado y diseñaremos un conjunto de medidas para revertirlo.
Se ha intentado vincular la propuesta de reforma tributaria con una disminución en el ritmo de crecimiento. Esto no es efectivo. En primer lugar, la tributación es sólo uno de los elementos que inciden sobre la inversión. La literatura sobre el tema concluye que los atributos más relevantes que afectan la inversión son: i) la cohesión social y la estabilidad política; ii) la calidad y credibilidad de las instituciones públicas; iii) la accesibilidad y competitividad de los mercados, entre otros los financieros; iv) la infraestructura y, v) una adecuada legislación económica.
En los primeros 100 días de Gobierno se enviará al Congreso el Proyecto de Ley de Reforma Tributaria. Reducción de la Evasión y Elusión
En los últimos años, el SII ha sufrido un estancamiento en su proceso modernizador e incluso un retroceso en áreas claves, como la fiscalización y la inversión tecnológica. El resultado de esto ha sido un incremento de la tasa de evasión, a niveles superiores al 20% en el caso del IVA. Esto, luego que en la década pasada estuviera bajo el 10%, cifra comparable con la de los países desarrollados con mejor cumplimiento tributario.
Programa de Gobierno MICHELLE BACHELET 2014-2018
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En primer lugar, desarrollaremos una mayor efectividad de la fiscalización, mediante el fortalecimiento de: i) la detección y persecución de delitos tributarios y facturas falsas; ii) las actividades de control preventivo en terreno; iii) la fiscalización de contribuyentes de altos ingresos y, iv) el análisis de riesgo e inteligencia fiscal, que permita, sobre la base de la información disponible de distintas fuentes de datos, identificar a los contribuyentes de mayor riesgo.
En segundo lugar, proveeremos de más recursos y fortaleceremos la administración tributaria: i) aumentando la dotación de fiscalizadores y la inversión en capacitación; ii) revisando y fortaleciendo las facultades de fiscalización y de acceso a información con que cuenta el SII; iii) revisando el nivel de las sanciones al fraude fiscal e incumplimiento tributario; iv) uniformando y transparentando la política de condonaciones; v) incrementando la inversión en tecnología para, entre otras cosas, hacer viable la masificación de la factura electrónica; vi) incorporando al Código Tributario una Norma General Anti- elusión, que permita sancionar a aquellos que incurran en esta práctica sólo por razones tributarias, y no por la naturaleza de su actividad económica, así como también a aquellos asesores tributarios que colaboren con el diseño de planificaciones tributarias agresivas; y vii) mejorando la coordinación entre el SII, el Servicio Nacional de Aduanas y la Tesorería.
Por último, se realizará un decidido avance en mejorar los servicios y la atención a los contribuyentes. En este plano se contempla i) reducir los costos de cumplimiento para contribuyentes medianos y pequeños, mediante la simplificación de los trámites en oficina, lo que redundará en mayores facilidades para el emprendimiento; ii) reforzar el respeto a los derechos de los contribuyentes en todas las actuaciones de la administración, propiciando un trato justo en los procesos de cumplimiento; iii) establecer compromisos de servicio en los trámites y requerimientos más frecuentes, lo cual redundará en una mayor certeza acerca de los plazos de respuesta a las solicitudes; y iv) desarrollar mejores servicios de atención y asistencia a través de los distintos canales, adaptando la comunicación a los medios actualmente disponibles, lo que permitirá acercar la administración fiscal a las necesidades de los contribuyentes.
La estimación de recaudación producto de estas medidas se estima en 0,51% del PIB en régimen.
Cambios a la Estructura Tributaria
Impuesto a la Renta. El mecanismo del FUT con que hoy cuenta Chile, no existe en ninguna parte del mundo. Se trata de una fórmula surgida en los años 80, posterior a la crisis vivida en esa década, que obedece a las condiciones económicas específicas de ese momento en nuestro país, en especial, debido a las restricciones financieras que enfrentaron las empresas en dicha década en Chile.
El sistema de impuesto a la renta se caracteriza por tener una tributación de las rentas del capital baja, con algunas franquicias tributarias mal diseñadas, que se superponen entre sí. Una parte dela estructura de incentivos, como es el caso del FUT, algunos regímenes especiales o el tratamiento del ahorro, se han desviado sustancialmente de sus objetivos iniciales y se han convertido en fuentes de elusión e incluso de evasión de impuestos.
Para corregir lo anterior, se implementarán las siguientes modificaciones a la Ley de Impuesto a la Renta:
Elevaremos, en forma gradual, la tasa del impuesto a las empresas de 20% a 25% en un plazo de 4 años. Ésta seguirá operando como un anticipo de los impuestos personales, manteniéndose así la integración de impuestos entre empresas y personas.
Los dueños de las empresas deberán tributar por la totalidad de las utilidades de sus empresas y no sólo sobre las utilidades que retiran (el sistema operará en base devengada). Esta medida será implementada a partir del cuarto año de la reforma. De esta forma se termina con el actual mecanismo del Fondo de Utilidades Tributables (FUT).
Reduciremos, en forma gradual, la tasa máxima de los impuestos personales, del 40% actual a un 35%, en el plazo de cuatro años.
Respecto del FUT acumulado o histórico, se propone mantener la regla impositiva vigente. Esto quiere decir que, a partir del año en que comienza el nuevo régimen de tributación, al cuarto año de la reforma, estas utilidades tributarán en la medida
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