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REFORMA TRIBUTARIA


Enviado por   •  14 de Mayo de 2014  •  Tesis  •  2.701 Palabras (11 Páginas)  •  431 Visitas

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PROYECTO DE LEY Nº 155/03C – 134/03-S

REFORMA TRIBUTARIA

ARGUMENTOS PARA CONSERVAR EL RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL PARA LAS COOPERATIVAS

El Gobierno Nacional radicó ante el Congreso de la República un proyecto de ley de reforma tributaria, en el cual se propone la eliminación del régimen especial al cual se encuentran sometidas las cooperativas, para darles el carácter de contribuyentes del régimen común, equiparándolas al régimen de las sociedades comerciales. Teniendo en cuenta las implicaciones que para el sector tiene dicha propuesta, la Confederación de Cooperativas de Colombia ha preparado este documento en el cual condensa una serie de argumentos que buscan la defensa del mencionado régimen, en virtud de la naturaleza especial de este tipo de entidades y de los antecedentes históricos, así como de las razones doctrinarias y jurídicas que han sido expuestas en diversas ocasiones, y que ante la propuesta gubernamental cobran especial vigencia.

1. EL SECTOR COOPERATIVO COLOMBIANO EN CIFRAS

A diciembre 31 de 2002, había 4.167 cooperativas, las cuales vinculaban directamente a 2.905.294 asociados, que corresponde al 6.6% de la población colombiana, beneficiando de manera indirecta a 12 millones de personas (27% de esa población). El sector genera 184.280 puestos de trabajo, incluido en esta cifra el trabajo promovido en las cooperativas de trabajo asociado, que vinculan a 97.280 trabajadores asociados.

Del total de cooperativas, 215 son de ahorro y crédito, 2 de seguros, 578 de transporte en sus distintas modalidades, 3 EPS cooperativas o de propiedad cooperativa, 350 agropecuarias, 130 de vivienda, 145 IPS cooperativas y 157 de consumo y otras 2000 cooperativas adelantan actividad en múltiples campos de la economía nacional. Del total de cooperativas mencionado, 1051 son de trabajo asociado.

La cartera del sector a diciembre 31 de 2002 era de 3.1 billones de pesos. El número de créditos colocados a esa fecha era de 1.182.000 en cabeza de 755 mil asociados. Un alto porcentaje de estos créditos no supera la cifra de un millón de pesos. El ahorro popular alcanza hoy 1.5 billones de pesos, depositados en el sistema financiero cooperativo, por 801.000 ahorradores. La gran mayoría de los ahorros no supera los 500 mil pesos por persona.

Con base en la proyección del PIB generado en Colombia durante el año 2002, podemos estimar que los ingresos del sector cooperativo se acercan al 5% del mismo. El monto total de los excedentes cooperativos reportados a 31 de diciembre de 2002 ascendió a la suma de 265 mil millones de pesos.

2. EVOLUCIÓN NORMATIVA Y JUSTIFICACIÓN DE UN RÉGIMEN ESPECIAL

Desde 1931, cuando se expidió la primera normatividad cooperativa en Colombia, el sector ha tenido un tratamiento tributario especial. Antes de 1995 las cooperativas tenían el carácter de no contribuyentes del impuesto de renta, sin ninguna condición. Desde 1996, las cooperativas han tenido el carácter de contribuyentes con régimen tributario especial, siempre y cuando se ciñan estrictamente a la legislación cooperativa sobre la materia. De no hacerlo, podrán ser gravadas con un impuesto de renta y complementarios sobre el beneficio neto o excedente a la tarifa única del 20%. En la actualidad, además de esta condición, las cooperativas deben destinar un 20% del remanente a educación formal.

Este antecedente histórico obedece a que los distintos Gobiernos y el Congreso han reconocido la naturaleza especial de las cooperativas y sus efectos sociales. No tiene sentido entonces que sin haber cambiado las condiciones se modifique el régimen en atención al problema fiscal, de carácter coyuntural, desconociendo el papel que las cooperativas cumplen en la sociedad al asumir decididamente, con participación de la comunidad, una serie de compromisos sociales que ahorran al Estado esfuerzos y recursos y al atender las necesidades colectivas con más eficacia, porque su acción no está sometida a los cambios de Gobierno ni a las veleidades de la política.

Hay un factor que incita al Fisco a recaudar impuestos del movimiento cooperativo y es esa costumbre que se tiene de magnificar la presencia cooperativa bajo los parámetros de la economía capitalista, destacando los aumentos de activos y patrimonio, como si eso, que apenas debería ser un dato apreciativo para medir internamente el avance empresarial, fuera la razón de ser de las cooperativas y la justificación de su desempeño.

No es válido comparar los resultados económicos de una empresa mercantil y una de carácter cooperativo. La primera se dedica a producir una ganancia, pues el interés de sus accionistas es la rentabilidad del capital; al paso que la segunda cumple una función social de grandes proporciones, especialmente en los lugares o sectores donde el Estado no actúa, está constituida para servir a sus asociados y para garantizarles a ellos unos servicios y unos excedentes que se aplicarán en beneficio de todos sin pretensión a un lucro individual, poniendo al alcance de los sectores más débiles de la población la manera de cubrir adecuadamente sus necesidades más apremiantes.

Los estratos más pobres, pero también la clase media, encuentran en el cooperativismo un instrumento de aplicación de sus conocimientos y habilidades para sobrevivir y superarse con la conjunción de sus exiguos capitales y sus esfuerzos mancomunados. Abundan los ejemplos que muestran la idoneidad de este tipo de empresas para capitalizarse y crecer a partir, fundamentalmente, el trabajo y la solidaridad.

Los recursos que nutren el patrimonio de las cooperativas provienen, en su mayoría, de un esfuerzo adicional de los trabajadores, quienes por otra parte, asumen por la vía de las deducciones laborales las cargas impositivas fijadas por el Estado. De allí que la pretensión de gravar la “renta” en las cooperativas, además de desconocer el carácter no lucrativo de la actividad cooperativa implica un duro golpe que desestimula la democracia económica, la propiedad solidaria y el ahorro popular, cuyo exponente mayor en Colombia es el modelo cooperativo.

Por otra parte, la reforma tributaria está encaminada a gravar el factor trabajo, a través de mayores deducciones al salario y la imposición de un gravamen a las pensiones o a incrementar el IVA, en perjuicio del ingreso y del ahorro de los trabajadores y, adicionalmente, pretende equiparar el régimen tributario especial de las cooperativas, cuyos asociados son los mismos trabajadores, al de las sociedades

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