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Trascendencia hacia una Reforma en la Ley del Impuesto al Valor Agregado

Victor HernándezEnsayo28 de Febrero de 2019

2.954 Palabras (12 Páginas)204 Visitas

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Tema

FISCAL

Titulo

"Trascendencia hacia una Reforma en la Ley del Impuesto al Valor Agregado"

Pseudónimo:

Henry Chinaski


Contenido

Introducción        3

¿Que son los Impuestos?        4

Clasificación de los impuestos        5

Principios Constitucionales.        6

Impuesto al Valor Agregado.        7

Ventajas y desventajas del Impuesto al Valor Agregado        8

Tasas Diferenciales.        8

Conclusión.        9

Bibliografía:        11

Introducción

"Los impuestos son el precio que
pagamos por una sociedad civilizada."  

Oliver Wendell Holmes (1809-1894)

En los últimos años México ha visto una serie de planteamientos hacia una reforma fiscal integral, previstas en las opiniones y propuestas hechas por especialistas en la materia, esto con el objeto de generar un sistema tributario justo, eficiente, simple y que además coadyuve de manera eficiente con la recaudación de ingresos para la federación.

Pero esto se ha visto mermado, ya que un estudio realizado por la OCDE en su publicación Revenue Stadistics 1965-2010, donde la OCDE corrige y actualiza a este último año las cifras comparativas de recaudación fiscal entre sus 34 miembros. Es aquí donde México sigue ostentando, lamentablemente, el título del peor captador de impuestos, tanto en el aspecto de cantidad como de equidad. En 2010, los ingresos tributarios de los 21 países seleccionados promediaron el 34.7% de su PIB. México, por su parte aun con los cuantiosos ingresos fiscales por el petróleo, sólo captó el 18.1 %; menos incluso que Chile que sin petróleo captó 20.9% de su PIB. En el caso del ISR - el mejor y más justo de los gravámenes pues incide con tasa fija sobre ganancias de las empresas y con tasa progresiva sobre los ingresos de las personas -México tiene también la peor captación con apenas 5.2% del PIB, contra 12.2 promedio de los países seleccionados.

Este es un gran problema qué se debe de corregir a nuestros tiempo, y recordando una de las propuestas hechas por especialistas, fue la hecha por parte del llamado Grupo de los 6 integrado por la Academia de Estudios Fiscales de la Contaduría Pública, A.C. (AEFCP), Barra Mexicana. Colegio de Abogados (BMA), Colegio de Contadores Públicos de México, A.C. (CCPM), International Fiscal Association IFA Grupo Mexicano (IFA), Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF).

Donde para lograr un esquema fiscal competente donde la recaudación pueda entrar a niveles como a los de sus similares en el contexto internacional y pueda competir contra estos, seria implementando un IVA generalizado con la cual se puede hacer más eficiente un impuesto indirecto de este tipo y, es la forma de lograr que alcance su potencial máximo de recaudación, que el IETU se elimine ya que el tiempo en el cual ha tenido vigencia no ha alcanzado los niveles de recaudación que se argumentaron para justificar su creación, reducir la tasa del ISR a tasas de estándares internacionales, esto y más en la propuesta hecha por el grupo llamado "El Grupo de los 6" en 2010.

Por tal motivo en este ensayo hablaré específicamente de uno de los impuestos de mayor importancia en nuestro país y en donde se han generado diversas disputas en cuanto a una reforma hacia esta Ley, este impuesto, es el Impuesto al Valor Agregado, que como en la propuesta hecha por "El grupo de los 6" y en algunas otras se ha tratado de generalizar su tasa en todos los bienes de consumo, incluyendo alimentos y medicinas, tema controversial y de gran importancia.

¿Que son los Impuestos?

Antes de adentrarnos en este tema es importante dar una definición lo más clara posible, para que este ensayo sea de total entendimiento para los lectores, como ya sabemos existen muchas definiciones de este concepto, pero de las muchas que existen tomaremos la mencionada por José Luis Pérez de Ayala junto a Eusebio González;

“…prestación coactiva, generalmente pecuniaria, que un ente público tiene derecho a exigir de las personas llamadas por la ley a satisfacerla, cuando realizan determinados presupuestos reveladores de capacidad económica para contribuir al sostenimiento de los gastos públicos …”[1] 


Pero además de esta podemos encontrar específicamente en el Código Fiscal de la Federación en su artículo 2° fracción I que los impuestos son:

"ARTICULO 2 CFF…  I. las contribuciones establecidas en la Ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentren en la situación jurídica o de hecho previstas y que sean distintas de las señaladas en las fracciones I, II Y IV de este artículo. "

Englobando estás definiciones podemos llegar a la conclusión de que el impuesto es el derecho coactivo del estado para exigir a las personas físicas y morales que se encuentren sujetas al pago del mismo, según su condición de sujeto pasivo previstas en las leyes fiscales vigentes y que serán utilizados para satisfacer el gasto público.

Clasificación de los impuestos

Sabemos que todo tiene una explicación, a la par de esta conclusión podemos decir que los impuestos tiene un porqué y se clasifican atendiendo sus particularidades, donde para adentrarnos al tema que nos concierne solo nos ubicaremos en dos tipos de impuestos;

Directos e Indirectos: los primeros son los que no pueden ser trasladados, residiendo en el patrimonio del sujeto pasivo de la relación tributaria y que se encuentra de manera progresiva, un ejemplo el ISR donde las personas que obtengan mayores ingresos serán las que tengan mayores tasas, los segundos por el contrario son aquellos que sí son trasladados y no residen en el sujeto pasivo de la relación tributaria, aquí ubicaremos al IVA, la característica de estos gravámenes es que inciden en el consumo y son de tipo regresivo; el consumidor es quien soporta la carga fiscal y claro no puede ser eludido ni implica resistencia a quienes el gravamen va dirigido – a el consumidor…”[2] 


Principios Constitucionales.

Los principios constitucionales con los que se basan los impuestos en México emanan de nuestra Carta Magna en su artículo 31 fracción IV;

        "ARTICULO 31 CPEUM. Son obligaciones de los mexicanos:……………………………

IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes…”

De este ordenamiento en nuestra Carta Magna se segregan los principios constitucionales que rigen a los impuestos en nuestro país, en los cuales nuestro máximo Tribunal de Justicia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación en ocasiones no ha dado una definición precisa. Los principios a los que se hace referencia se encuentran explicados en la siguiente jurisprudencia:

" ... De acuerdo con el artículo 31, fracción IV, de la Carta Magna, para la validez constitucional de un impuesto se requiere la satisfacción de tres requisitos fundamentales; primero, que sea establecido por la ley; segundo, que sea proporcional y equitativo, y tercero, que se destine al pago de los gastos públicos. Si falta alguno de estos tres requisitos, necesariamente el impuesto será contrario a lo estatuido por la Constitución General. Ahora bien, aun cuando respecto de los requisitos de proporcionalidad y equidad, este Tribunal Pleno no ha precisado una fórmula general para determinar cuando un impuesto cumple dichos requisitos, que traducidos de manera breve quieren decir de justicia tributaria, en cambio, de algunas de las tesis que ha sustentado, pueden desprenderse ciertos criterios. Así se ha sostenido, que, si bien el artículo 31 de la Constitución, que establece los requisitos de proporcionalidad y equidad con derecho de todo contribuyente, no está en el capítulo relativo a las garantías individuales, la lesión de este derecho si es una violación de garantías cuando los tributos que decreta el Poder Legislativo son notoriamente exorbitantes y ruinosos. También este Tribunal Pleno ha considerando que la equidad exige que se respete el principio de igualdad, determinando que es una norma de equidad la de que se encuentren obligados a determinada situación los que se hallen dentro de los establecido por la ley y que no se encuentren es esa misma obligación los que están en situación jurídica diferente o sea, tratar a los iguales de manera igual. Es decir, este Tribunal Pleno ha estimado que se vulnera el derecho del contribuyente a que los tributos sean proporcionales y equitativos, cuando el gravamen es exorbitante y ruinoso y que la equidad exige que se respete el principio de igualdad.[3]

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