Competencias Nivel Primario
comodo0120 de Junio de 2014
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Las competencias básicas en la educación primaria
Maestro Educación Primaria-Física
(España) Juan Jesús Ruiz Nebrera
jjruiz@nebrera.com
Resumen
La entrada en vigor de la Ley Orgánica de Educación (LOE, 2006) exige a los profesionales de la educación adaptarse a los nuevos enfoque y retos que conlleva la aplicación de las directrices de la nueva Ley. Una de las novedades más relevantes del nuevo marco educativo nacional es la introducción de las competencias básicas. Así queda establecido ya en el Preámbulo de la Ley: “Especial interés reviste la inclusión de las competencias básicas, por cuanto debe permitir caracterizar de una manera precisa la formación que deben recibir los estudiantes.
A continuación presento en primer lugar una aproximación a las competencias básicas desde el punto de vista conceptual y legislativo, para a continuación, presentar una serie de “herramientas” que le sirvan de pauta para abordar las competencias básicas en las programaciones.
En cada una de las propuestas se ha detallado las competencias básicas a alcanzar, en función de unos descriptores que permiten objetivar la consecución y logro de tales competencias. Estos descriptores están constituidos por una serie de elementos: contenidos, habilidades, actitudes y valores, y estrategias de aprendizaje. No obstante, el profesor puede y debe proponer las modificaciones que considere, con el fin de conseguir que sus alumnos y alumnas alcancen las COMPETENCIAS BÁSICAS.
Palabras clave: Competencias básicas. Educación Primaria. Ley Orgánica de Educación.
Introducción
Los sistemas educativos afrontan dos grandes retos (Pérez Gómez, 2007): consolidar una escuela comprensiva y formar sujetos autónomos. Como consecuencia de estos desafíos se intensifica la preocupación internacional por la reforma de los sistemas educativos.
De esta forma aparece el proyecto de la OCDE denominado DeSeCo (Definición y Selección de Competencias) cuya versión definitiva se difunde en el año 2003. La OCDE es la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. Actualmente cuenta con 30 países miembros y su finalidad es analizar y establecer orientaciones y normas sobre temas económicos, educacionales, ambientales, etc. Los representantes de los países miembros intercambian información y armonizan sus políticas. El celebre informe PISA es de la OCDE.
DeSeCo define las competencias básicas como conjunto complejo de conocimientos, habilidades, actitudes, valores, emociones y motivaciones que cada individuo o cada grupo pone en acción en un contexto concreto para hacer frente a las demandas peculiares de cada situación. Así, se consideran competencias fundamentales aquellas competencias imprescindibles que necesitan todos los seres humanos para hacer frente a las exigencias de los diferentes contextos de su vida como ciudadanos. Las competencias fundamentales o “key competencias” son aquellas que son importantes para muchas áreas de la vida, que contribuyen a una vida satisfactoria y al buen funcionamiento de la comunidad social.
A partir del proyecto DeSeCo la mayoría de los países de la OCDE, entre ellos la Unión Europea y España, comienzan a reformular el currículo escolar en torno al concepto de competencias. Así, la Unión Europea (a partir del año 2004) se plantea la necesidad de establecer una serie de competencias clave que sirvieran como referencia para los sistemas educativos de los países miembros. Las competencias propuestas por La Unión Europea difieren de las establecidas por la OCDE en el proyecto DeSeCo, ya que se aproximan más en su formulación a las áreas y materias tradicionales de los currículos escolares.
El nuevo currículo básico establecido por el MEC apuesta por una orientación de la enseñanza obligatoria hacia el desarrollo de competencias básicas. El Ministerio toma como referente teórico el Proyecto DeSeCo pero para presentar las competencias básicas del currículo español el propio MEC señala: “Se ha partido de la propuesta realizada por la Unión Europea, aunque tratando de adaptar ese marco general de referencia a las circunstancias específicas y a las características del sistema educativo español”. El resultado son las 8 competencias básicas que hoy configuran el marco legal en que debemos desenvolvernos.
La selección de competencias fundamentales o básicas es un ejercicio social y político estrechamente vinculado a los valores que cada comunidad social considera imprescindibles para el desarrollo de la ciudadanía.
2. Las competencias básicas en el currículo de la Educación Primaria (Real Decreto 1513/2006)
Teniendo en cuenta el artículo 6 de la LOE (2/2006) así como el artículo 5 del Real Decreto 1513/2006 por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, se entiende por currículo, el conjunto de objetivos, COMPETENCIAS BÁSICAS, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas.
El Anexo I del Real Decreto 1513/07 define las COMPETENCIAS como aquellos aprendizajes que se consideran imprescindibles, desde un planteamiento integrador y orientado a la aplicación de los saberes adquiridos. Éstas son las que debe haber desarrollado un joven o una joven al finalizar la enseñanza obligatoria para poder lograr su realización personal, ejercer la ciudadanía activa, incorporarse a la vida adulta de manera satisfactoria y ser capaz de desarrollar un aprendizaje permanente a lo largo de la vida.
El artículo 6 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación primaria en Andalucía (BOJA 8-10-2007) entiende por COMPETENCIAS BÁSICAS de la educación primaria: “el conjunto de destrezas, conocimientos y actitudes adecuados al contexto que todo alumnado que cursa esta etapa educativa debe alcanzar para su realización y desarrollo personal, así como para la ciudadanía activa y la integración social”. Según el artículo 2 del Decreto 230/07 en dicha etapa educativa se pondrá especial énfasis, entre otros aspectos, en la adquisición de las competencias básicas.
La inclusión de las competencias básicas en el currículo tiene varias finalidades fundamentales:
• Integrar los diferentes aprendizajes, tanto los formales, incorporados a las diferentes áreas, como los informales y no formales.
• Permitir a todos los alumnos y alumnas integrar sus aprendizajes, ponerlos en relación con distintos tipos de contenidos y utilizarlos de manera efectiva cuando les resulten necesarios en diferentes situaciones y contextos.
• Orientar la enseñanza al permitir identificar los contenidos y los criterios de evaluación que tienen carácter imprescindible y, en general, inspirar las distintas decisiones relativas al proceso de enseñanza y aprendizaje.
Con las áreas del currículo se pretende que todos los alumnos y alumnas alcancen los objetivos educativos y, consecuentemente, también que adquieran las competencias básicas. Sin embargo, no existe una relación unívoca entre la enseñanza de distintas áreas y el desarrollo de ciertas competencias. Cada una de las áreas contribuye al desarrollo de diferentes competencias y, a su vez, cada una de las competencias básicas se alcanzará como consecuencia del trabajo en varias áreas.
En las áreas de conocimiento encontramos los referentes que permiten el desarrollo de las competencias. En cada área se incluyen referencias explícitas acerca de su contribución a aquellas competencias básicas a las que se orienta en mayor medida. Los objetivos y los contenidos contribuyen a la adquisición y desarrollo de las competencias mientras que los criterios de evaluación sirven de referencia para valorar el progreso en su adquisición.
El artículo 7 del Real Decreto 1513/06 establece:
• Las competencias básicas se deberán adquirir en la enseñanza básica y a su logro debe contribuir la educación primaria.
• Las enseñanzas mínimas, los currículos establecidos por las Comunidades Autónomas y su concreción contribuirán a desarrollar las Competencias Básicas.
• El trabajo en las áreas del currículo para contribuir al desarrollo de las competencias básicas debe contemplarse con diversas medidas organizativas y funcionales, imprescindibles para su desarrollo. La organización y funcionamiento de los centros, las actividades docentes, las formas de relación que se establezcan entre los integrantes de la comunidad educativa y las actividades complementarias y extraescolares puede facilitar también el logro de las competencias básicas. Incidiendo en este mismo aspecto y con muy parecidos términos, el anexo I del Real Decreto 1513/06 concreta que determinados aspectos pueden favorecer o dificultar el desarrollo de competencias asociadas a la comunicación, al análisis del entorno físico, la creación, la convivencia y la ciudadanía, o la alfabetización digital, a saber:
o La organización y funcionamiento de los centros y aulas
o La participación del alumnado
o Las normas de régimen interno
o El uso de determinadas metodologías y recursos didácticos
o La concepción, organización y funcionamiento de la biblioteca escolar
• Por otro lado, la acción tutorial permanente puede contribuir de modo determinante a la adquisición de competencias relacionadas con la regulación de los aprendizajes, el desarrollo emocional o las habilidades sociales. Por último, la planificación de las actividades extraescolares
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