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DERECHO DEL TRABAJO


Enviado por   •  20 de Febrero de 2012  •  1.078 Palabras (5 Páginas)  •  355 Visitas

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DERECHO DEL TRABAJO

Con la Ley de Accidentes de Trabajo de 1932, el seguro, que hasta ese momento era de carácter voluntario, se vuelve obligatorio.

El concepto de Accidente de Trabajo, recogido en la Ley de 1900, es un concepto que sigue vigente hasta nuestros días, al igual que el de Recargo de Prestaciones (naturaleza sancionadora y reparadora al mismo tiempo).

En 1900, se crea una Orden, la primera norma preventiva en sentido estricto, ya que las anteriores son normas preventivas indirectas.

Hasta la dictadura franquista, no existen normas preventivas en sentido estricto, sino reparadoras. La primera, en este sentido, es la creada en 1940.

En 1900, única excepción a esta afirmación, surge un catálogo de medidas preventivas, pero sin valor normativo. Era una Orden Ministerial, Catálogo de mecanismos preventivos, donde el legislador se limitaba a exponer una simple enumeración de dichos mecanismos, sin vincular, en ningún momento, al empresario. No obligaba a éste, ni establecía normas de utilización, era meramente descriptivo.

Después de la Ley de 1900, surge otra norma importante. En 1906, se crea el Reglamento de la inspección de Trabajo. Es una norma decisiva, ya que se había concluido que toda la normativa anterior no había tenido una utilidad práctica, al no crear un mecanismo coercitivo para su cumplimiento. Por ello, se crea la Inspección de Trabajo, cuya función principal es la fiscalización del cumplimiento de la Ley de Accidentes de trabajo de 1900. A partir de aquí, se puede hablar de Derecho del Trabajo, en sentido amplio y estricto.

En 1912, se aprueba la Ley de la Silla, norma con la que se comienza a regular la obligación, en los establecimientos no fabriles, de los empresarios de conceder una silla a las trabajadoras durante el desarrollo de la actividad laboral. Es la primera Ley que introduce el Principio de adecuación al trabajo. Años más tarde, este derecho será extendido a los varones.

En 1922, surge la norma que sustituiría a la Ley de Accidentes de trabajo de 1900. Aglutina a esta última e introduce una matización del concepto de Accidente de Trabajo: la imprudencia profesional como causa de Accidente de trabajo protegida por el Ordenamiento. Dos circunstancias romperían el nexo de causalidad, que harían que el Accidente de Trabajo no fuera considerado como tal:

 La actitud dolosa o imprudencia temeraria.

 La fuerza mayor.

Con la dictadura de Primo de Rivera, se sigue manteniendo el talante reparador de la normativa laboral en materia de riesgos laborales. Hasta este período, no existía en nuestro país una regulación seria, que fijase las condiciones de trabajo.

Se crea el Código de Trabajo de 1926, donde se recopilan y fijan las condiciones de trabajo. Además, aglutina la Ley de Accidentes de Trabajo de 1922. Al hablar en ella de prevención, se refiere sólo a la reparación del Accidente de Trabajo.

Por tanto, Primo de Rivera no aporta ninguna novedad legislativa significativa a la materia en Prevención de Riesgos Laborales.

Con la II República, se da un pequeño cambio en la reparación del Accidente de Trabajo, mejorando más el panorama de las relaciones laborales.

Se aprueba el precedente de lo que hoy es el Estatuto de los Trabajadores : la primera Ley del Contrato de Trabajo de 1931.

Le sigue la Ley del Contrato de Trabajo de 1944, ya en la etapa franquista.

Durante

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