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DERECHO PESQUERO


Enviado por   •  14 de Octubre de 2013  •  Tesis  •  1.280 Palabras (6 Páginas)  •  261 Visitas

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DERECHO PESQUERO

1. CONCEPTO.

El Derecho Pesquero es una de las tantas ramas del Derecho cuyo objeto es el estudio de la normatividad jurídica procesal que se aplica a todas las relaciones jurídicas que tienen el mar por escenario y la explotación de sus recursos hidrobiológicos como objeto.

En toda definición se filtran irremediablemente elementos subjetivos, que a juicio de que la realiza, explican el justo significado del objeto de estudio, y el campo de lo jurídico no es la excepción, lo que conlleva a que nos encontremos con tantos autores hayan escrito sobre la materia.

Para Roberto Torres Córdoba, el Derecho pesquero es el conjunto de normas pertenecientes al derecho público que tienen por objeto regular la actividad humana referida a la captura o sustracción de las especies o elementos biológicos que hacen vida normal en el agua.

A nuestro juicio el Derecho pesquero puede ser definido como el conjunto de normas de derecho público que determinan la forma racional de explotación de los recursos hidrobiológicos, los requisitos que se deben cubrir para poder aprovechar dichos recursos, y las facultades que poseen las autoridades en esta materia.

Decimos que es el conjunto de normas que pertenecen al derecho público en cuanto a que, sin entrar en la polémica que implica la división del derecho, no podemos pensar en normas de derecho privado, cuando la relación entablada para poder explotar los recursos naturales no se entiende sin intervención estatal, sin la subordinación con que actúan los particulares frente a las disposiciones establecidas en la norma de derecho.

Por otra parte hay que subrayar un elemento fundamental en nuestra definición: la explotación "racional" de los elementos hidrobiológicos, en cuanto a que el derecho pesquero pretende una explotación de las especies, pero con un justo equilibrio, es decir, el aprovechamiento de los recursos económicos, sin llegar al extremo de ponerlos en peligro de extinción o que el ecosistema sufra grave deterioro.

Para ello, la legislación pesquera prohíbe el uso de sustancias toxicas en la captura de las especies acuáticas; fija los lapsos de veta, atendiendo a los periodos de reproducción, determina el uso de redes que solo permitan la captura de especies bajo ciertas medidas; impulsa la acuicultura, así como los estudios científicos y tecnológicos, etc.

También, establece los requisitos y condiciones que deben cubrir las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, para poder aprovechar los recursos hidrobiológicos.

Finalmente, establece las facultades que poseen las autoridades para que los principios contenidos en la legislación pesquera se cumplan aplicando, en su caso, las sanciones correspondientes

2. TODAS LAS LEYES DE PESCA QUE EXISTEN HASTA LA ACTUALIDAD.

- LEY N° 18810 “LEY GENERAL DE PESQUERÍA”, se promulgo el 25 de marzo de 1971, que constaba de 129 artículos, seis disposiciones transitorias, dos disposiciones finales y cinco definiciones.

Las declaraciones contenidas en los considerandos de la Ley General de Pesquería, nos parecen sumamente importantes. Así, por ejemplo se declaraba que era "política del Gobierno Revolucionario de la Fuerza Armada alcanzar, al más breve plazo, el máximo desarrollo de la pesquería nacional, compatible con el principio de la explotación racional de los recursos hidrobiológicos de nuestro mar jurisdiccional hasta las 200 millas y de las aguas continentales del país, a fin de obtener la elevación de los índices nutricionales y del nivel de vida del pueblo peruano, así como el afianzamiento de la jurisdicción sobre el mar peruano".

- LEY GENERAL DE PESCA N° 24790

Esta Ley, que sustituyó a la Ley N° 18810, también declaraba en sus normas básicas que los recursos hidrobiológicos contenidos en el mar adyacente a sus costas, así como su lecho hasta la distancia de las 200 millas marinas, medidas desde la línea de base que establece la ley, pertenecen al Estado. Declaraba, además, que pertenecían al Estado, las especies hidrobiológicas naturales existentes en las aguas continentales del territorio nacional (art.1).

Proclamó que la actividad pesquera era de utilidad nacional y de interés social, que comprendía la explotación racional de los recursos hidrobiológicos

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