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REFLEXIONES ACERCA DEL ADVENIMIENTO DEL NADA LEJANO, COMO APARENTEMENTE INORTODOXO Y EVENTUALMENTE INFUTURIBLE, ESCENARIO DE UN DERECHO ESTADÍSTICO


Enviado por   •  17 de Septiembre de 2014  •  8.655 Palabras (35 Páginas)  •  433 Visitas

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Derecho y Cambio Social

REFLEXIONES ACERCA DEL ADVENIMIENTO DEL NADA LEJANO, COMO APARENTEMENTE INORTODOXO Y EVENTUALMENTE INFUTURIBLE, ESCENARIO DE UN DERECHO ESTADÍSTICO

Jorge Isaac Torres Manrique *

"La estadística es una ciencia que demuestra que si mi vecino tiene dos coches y yo ninguno, los dos tenemos uno".

George Bernard Shaw

SUMARIO:

I. Introducción.- II. La ciencia estadística desde el principio.- III. Definiendo los términos: derecho, estadística y derecho estadístico.- IV. ¿La estadística en todas partes?.- V. Un derecho estadístico en ciernes.- VI. Aplicando la estadística al derecho.- VII. Conclusiones.

* Abogado por la Universidad Católica de Santa María de Arequipa (Perú). Ex Gerente de Asesoría Jurídica del Centro Vacacional de Huampaní. Ex Gerente de Secretaría General de la Municipalidad del distrito de Asia. Egresado de los Doctorados en Derecho y en Administración; de las Maestrías en Derecho Empresarial y Derecho Penal de la Universidad Federico Villarreal, y del I Nivel del VII Curso del Programa de Formación de Aspirantes a Magistrados de la Academia de la Magistratura (Sede Lima). kimblellmen@hotmail.com

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I. INTRODUCCIÓN.-

En primer lugar, es imprescindible anotar que no es si no que a partir de finales del siglo XX que distintas áreas como disciplinas del saber, han emprendido sus empresas orientándolas al mundo del derecho, o mas bien, al mundo en si – aunque a decir verdad, haya sido a la inversa (al hacer uso de ellas)–; a efectos de tornarlo más eficiente (economía, para el análisis económico del derecho1), más limpio y respetuoso (fair play2, en el derecho futbolístico), más humano (globalización, en el derecho global3), más constitucional (constitucionalismo, en el neoconstitucionalismo4), más

1 El análisis económico del derecho se traduce en la aplicación de las teorías y métodos de la economía al sistema jurídico. Se basa en la triada maximización- mercado-eficiencia bajo un enfoque costo- beneficio social; buscando maximizar o hacer más eficientes los recursos en mundo de escaséz de bienes y servicios. El análisis de costo-beneficio no implica únicamente el aspecto económico, sino, los motores de la conducta humana: como bienestar y malestar. El AED analiza la norma, pero no en abstracto, sino, en base a una consecuencia social (TORRES MANRIQUE, Jorge Isaac. Acerca del análisis económico del derecho (AED). “En línea”, recuperado el 07/12/09 de Derechoycambiosocial.com: http://www.derechoycambiosocial.com/revista014/analisis%20economico%20del%20derecho.htm).

2 Fair play es la “realización de la actividad deportiva de forma digna sin perjudicar o dañar intereses ajenos, actuando con la mayor rectitud y probidad, con un comportamiento adecuado y esperado; bajo estos lineamientos el deporte debe ser realizado honradamente, sin dañar a la otra parte, presupone justicia, igualdad, lealtad, honestidad, aceptación y respeto al adversario y por las diferencias de cada uno, entre otros valores morales” (Vide VARSI ROSPIGLIOSI, Enrique. El juego limpio y la incertidumbre de nuestro derecho. En: Legal Express. Año 6. Nº 67, Lima, 2006, p. 19.).

3 El “nuevo sistema jurídico o Derecho Global” se caracteriza por su supremacía sobre los demás Derechos (sin admitir acuerdo en contrario), ya que defiende el interés de la comunidad internacional (general y común), fomentado la solidaridad internacional; configurándose sobre la base de: el derecho convencional, el institucional, la jurisprudencia internacional y la costumbre internacional (TORRES MANRIQUE, Jorge Isaac. Derecho global y neoconstitucionalismo. Teorías jurídicas contemporáneas. “En línea”, recuperado el 07/12/09 de Elnotariado.com: http://www.elnotariado.com/images_db/noticias_archivos/322.doc).

4 El neoconstitucionalismo se constituye en un “saludable despertar o concientización constitucional a favor de los derechos fundamentales y donde los mismos se yerguen como eje central del sistema jurídico, y como sustento de fundamentación universal de irrebatible legitimidad” (que se presenta- a pesar de su denominación- no como una nueva pero si, ciertamente novedosa corriente o teoría jurídica de irradiación mundial), “gracias” al limitado papel de la doctrina jurídica para poder explicar la justificación (o justeza) del Derecho en esta realidad o circunstancia postmoderna. Esta corriente jurídica se reafirma además, como una forma de sintonizar como Estados con un reciente orden jurídico -como consecuencia de la casi generalizada globalización en el mundo-, denominado “Derecho Global” (entendido a su vez, como un “nuevo” orden jurídico que opone una defensa radical

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rentable (marketing, en el marketing jurídico5), más gestionable (management6, en el management jurídico7), más productivo (coaching ontológico en el coaching jurídico), más evolucionado/desarrollado (comparativismo, en el derecho comparado8); y –a propósito de la presente

de la dignidad, de la solidaridad, de la igualdad y de la justicia- seguridad jurídica- de la persona; como principios pilares jurídicos y que precisa de instituciones y de partidos políticos fuertes, transparentes y con amplia credibilidad) (TORRES MANRIQUE, Jorge Isaac. Derecho global y neoconstitucionalismo. Teorías jurídicas contemporáneas. “En línea”, recuperado el 07/12/09 de Teleley.com: http://www.teleley.com/articulos/art-dg.pdf).

5 La finalidad básica del marketing jurídico es crear y conservar clientes, diferenciar al despacho de la competencia y construir una marca, del abogado o del bufete. Un despacho con personalidad y carácter, con marca, implica para la mayoría de los clientes potenciales una garantía de calidad y una reducción del tiempo dedicado a la elección de letrado o de despacho. Disponer de una marca potente evita al abogado la competencia en precios y la erosión de márgenes. Evita que el principal criterio de decisión del cliente a la hora de contratar los servicios del abogado sea, a parte de la lógica recomendación, el precio. Todo esto es lo que se entiende globalmente por el concepto de marketing jurídico (Domínguez, Francesc. El concepto de marketing jurídico. “En línea”, recuperado el 07/12/09 de Legalinfo-panama.com: http://www.legalinfo-panama.com/articulos/articulos_56.htm). 6 En relación al management/gerenciamiento/administración/gestionamiento/organizacionamiento, tenemos que urgente e insoslayablemente, traer a colación el contenido/mensaje de la no tan

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