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Supremacia Constitucional


Enviado por   •  9 de Abril de 2014  •  1.852 Palabras (8 Páginas)  •  317 Visitas

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SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL

¿QUÉ ES LA SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL?

Para comprender el significado se supremacía constitucional es necesario analizar los elementos que la conforman. El término supremacía proviene de la raíz inglesa supremacy, que significa superioridad de grado, jerarquía o autoridad, mientras que el adjetivo constitucional, alude a la Constitución de un estado. Por ello, la expresión “supremacía constitucional” se refiere a que la Constitución de un Estado es jerárquicamente superior a cualquier otra norma de orden jurídico.

Conforme al principio de “supremacía constitucional”, la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 133) es la Ley Suprema, es decir, está situada por encima de las demás normas jurídicas del país y de los tratados internacionales celebrados con otros países.

Una de las consecuencias más importantes del principio de supremacía constitucional es que todas las normas de nuestro país deben ser acordes con la Carta Magna, de modo que si una disposición de una ley o tratado fuera contraria a lo establecido por la constitución, ésta última debe prevalecer sobre aquélla debido a su superioridad jerárquica.

La supremacía constitucional desde el punto de vista material hace referencia al hecho de que la Constitución es la base sobrela cual descansa el sistema jurídico de un Estado, legitimando la actividad de los órganos estatales y dotándolos de competencia.

Es la cualidad política de toda Constitución, como conjunto de reglas fundamentales esenciales para la perpetuación de la forma política. La Constitución, entendida como norma jurídica, deriva su superioridad política de esta supremacía y de la supralegalidad.

Una de las características de la normativa de la Constitución es que constituye el parámetro de validez de las demás normas del sistema jurídico, por lo que la supremacía constitucional implica la subordinación del orden jurídico a la Constitución. La supremacía tiene dos aspectos: uno es la superioridad política y el otro, la supremacía legal o supralegalidad.

JERARQUÍA NORMATIVA Y PIRÁMIDE KELSIANA

La constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos está situada por encima de las demás normas jurídicas. En segundo plano, por debajo de la Constitución, se encuentran los tratados por ejemplo el Tratado de libre comercio, internacionales suscritos por nuestro país. En un tercer nivel, también subordinadas a la Constitución, están las leyes generales (son aquellos ordenamientos expedidos por el Congreso de la Unión que resultan obligatorios tanto en el ámbito federal, como en el de las entidades federativas, Distrito Federal y los municipios y son emitidas porque la propia constitución así lo dispone por ejemplo La Ley Federal del Trabajo y Ley General de Salud). Por lo que respecta al cuarto nivel, encontramos a las normas ordinarias*por ejemplo, Código Penal. En el quinto peldaño se localizan las diversas normas reglamentarias o disposiciones ordinarias*, dentro de los cuales pueden señalarse los reglamentos, decretos y circulares. Finalmente, en el último nivel se colocan las normas individualizadas*, contenidas en sentencias, contratos, testamentos entre otros. La misma clasificación se hace a nivel local con algunas diferencias.

Junto al reconocimiento que hace el artículo 133 de la supremacía de la Constitución DEBE MENCIONARSE EL ARTÍCULO 103, QUE FACULTA A LOS TRIBUNALES FEDERALES PARA NULIFICAR LOS ACTOS DE LOS PODERES PÚBLICOS DE TODOS LOS NIVELES DE GOBIERNO QUE VIOLEN GARANTÍAS INDIVIDUALES O QUE INVADAN EL SISTEMA CONSTITUCIONAL DE COMPETENCIAS A QUE SE ENCUENTRAN SUBORDINADOS. SIN ESTA garantía, la proclamación del artículo 133 sería mera retórica constitucional. LOS PRINCIPALES PROCESOS CONSTITUCIONALES A QUE DAN LUGAR LAS VIOLACIONES A LA CONSTITUCIÓN MENCIONADAS EN DICHO ARTÍCULO SE ENCUENTRAN REGULADOS EN LOS ARTÍCULOS 105 (CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES Y ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD) Y 107 ( JUICIO DE AMPARO) .

Derivado de lo antes expuesto, podemos establecer que en los diferentes sistemas jurídicos que existen en el mundo, en ninguno de ellos la soberanía se ejerce directamente a través del pueblo, sino que es a través de los denominados poderes constituidos

POSIBLE CONTRADICCIÓN ENTRE LEYES CONSTITUCIONALES Y TRATADOS.

La supremacía constitucional —contenida en el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos— dispone que la Constitución, las leyes del Congreso de la Unión y los tratados celebrados y que se celebren por el presidente de la república, con aprobación del Senado, "serán la Ley Suprema de toda la Unión". Sin embargo, en la interpretación de este precepto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha aclarado que tanto las leyes como los tratados están por debajo de la Constitución, puesto que se requiere que las primeras "emanen de ella" y los segundos "estén de acuerdo con la misma".

En su momento, la controversia sobre la jerarquía normativa giraba en torno a si las leyes y los tratados ocupaban el mismo rango inmediatamente inferior a la Constitución o no. De acuerdo con el criterio tradicional de la Suprema Corte, las leyes y los tratados tienen la misma jerarquía, pero a partir de la tesis adoptada en 1999, la corte sostiene que los tratados están por encima de las leyes y en un segundo plano respecto a la Constitución.

La pregunta prima facie es la misma que antes, .¿ Cuál es la jerarquía normativa de las leyes y tratados? Como el último criterio parecería sugerir que todos los tratados están por encima de todas las leyes, ahora la cuestión constitucional pendiente sería saber 1) si efectivamente todos los tratados están —y deben estar— por encima de todas las leyes, o 2) si algunos tratados están —y deben estar— por encima de a) todas

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