Caso de vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido y cobro de prestaciones laborales y otros
Leslie Ruiz FuentesDocumentos de Investigación18 de Octubre de 2023
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“CASO DE VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES
CON OCASIÓN DEL DESPIDO Y COBRO DE PRESTACIONES LABORALES Y OTROS”
RIT:T- 8-2010
CARATULA:“Sanhueza con Sociedad Comercial Torres Díaz Limitada”
Carrera: Técnico en Administración
Asignatura: Legislación 202661-2
Índice
Introducción P.2
Desarrollo:
- Demanda P.5
- Contesta de Demanda P.9
- Conciliación Parcial P.12
- Notificación de sentencia P.14
- Resolución Nulidad P.16
- Decreto de Corte P.18
- Sentencia Fallo Reemplazo P.19
Conclusión P.20
Anexo de documentos P.21
Referencia Bibliográfica P.22
Introducción
En este trabajo presenta un desarrollo, análisis y la interpretación de un caso de relevancia jurídica en materia de “indicios en procedimiento de tutela, por vulneración de los derechos fundamentales de garantía de indemnidad”. Para ello, hemos dividido el informe en tres partes.
La primera destinada a la Demanda propiamente tal; donde se describe la cronología desde el inicio de la relación laboral y su término, las circunstancias de los hechos de vulneración de los derechos fundamentales, argumentos de hecho y derecho, las peticiones concretas y las conclusiones de esta primera instancia.
La segunda destinada a la Contesta de demanda que es generada por la parte demanda la cual rechaza en su totalidad el pago de lo descrito en demanda, demostrando además que el fundamento principal de la demanda se encuentra en un error tipográfico en la descripción del argumento de respaldo de derecho laboral.
Argumento a favor del demandado, y deja en clara evidencia los actos sin consistencia en su contestación.
La Tercera parte nos muestra la 1| sentencia abordada por el tribunal, la cual es desestimada en su mismo acto por Recurso de Nulidad que eleva el demandante.
Este recurso lleva a analizar cada documento con el objetivo de resumir este caso laboral, basándonos en los argumentos de hechos y de derecho que se podrán encontrar en las hojas subsiguientes explicando de manera formal pero sencilla al momento de análisis de estos documentos.
Caso
“Denuncia vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido y cobro de prestaciones laborales; en subsidio debido indebido y cobro de prestaciones.”
Caratula | “Sanhueza con Sociedad Comercial Torres Díaz Limitada” |
Tribunal | Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua |
Juez Titular | Alonso Fredes Hernández |
RIT | T- 8- 2010 |
ROL | 102- 2010 |
Fecha | 25-03-2010 |
Demandante | Raúl Antonio Sanhueza Fernández |
RUT | 13.605.367-1 |
Abogado 01 | Zulema Diaz Castro |
RUT | 7.985.163-9 |
Abogado 02 | Karina Román Silva |
RUT | 11.636.179-5 |
Demandado | Sociedad Comercial Torres Díaz Limitada |
RUT | 76.050.487-4 |
Representante Legal | Julio Torres Unda |
RUT | 5.371.009-3 |
Abogado | Danilo Briones Quiñones |
RUT | 16.654.436-K |
En lo principal: “Denuncia vulneración de derechos fundamentales”.
Primer Otrosi: “Demanda subsidiaria por despido indebido y cobro de prestaciones laborales”.
Argumentos de Hecho:
Que el trabajador Raúl Antonio Sanhueza Fernández interpone una denuncia de tutela en motivo del despido y cobro de prestaciones laborales en contra de Sociedad Comercial Díaz Torres Ltda. representada por don Julio Torres Unda, cabe señalar que la relación laboral comienza el 14 de abril de 2009 hasta el día 29 de diciembre de 2009, siendo despedido de manera verbal como represalía a una denuncia interpuesta en la inspección del trabajo con motivo por el no pago íntegro de la remuneración de noviembre lo que terminó con una multa para el empleador de $516.082. Lo anterior descrito atenta contra la garantía de indemnidad, por lo cual se solicita que se declare y se le condene al pago de las prestaciones, remuneración del mes de noviembre de 2009, por $206.250; remuneración del mes de diciembre de 2009, por $199.375; feriado proporcional, por el periodo comprendido entre el 14 de abril al 29 de diciembre de 2009, correspondientes a 10,62 días hábiles, por la suma de $107.388; indemnización sustitutiva del aviso previo, por $206.250; reajustes, intereses, y costas; o las sumas que se estimen ajustadas al mérito del proceso.
Argumentos de Derecho:
En lo principal: “Denuncia vulneración de derechos fundamentales.”
Los derechos fundamentales del trabajador son derechos y libertades que posee como persona, en materia específica los que protegen la actividad organizativa del trabajador y los inespecíficos que lo protegen en su calidad de ciudadano inserto en una sociedad democrática, este último tiene un efecto inmediato en nuestro ordenamiento y que se denomina “eficiencia horizontal de los derechos fundamentales” de la fuerza normativa de la constitución(1) o “vinculación directa”.
La vigencia de los derechos fundamentales y la relación laboral entre trabajador y el empleador como se describe en los hechos su ex empleador ha vulnerado sus derechos fundamentales protegidos por la acción de tutela, citando el Artículo 19 N°14º de nuestra carta fundamental, que refiere a “derecho de presentar peticiones a la autoridad, sobre cualquier asunto de interés público o privado, sin otra limitación que la de proceder en términos respetuoso o convenientes” es con esto argumenta que que su ex empleador le informa de manera verbal su despido sin argumentar causa legal, pero esta determinación se aplica posterior a la denuncia realizada ante la autoridad fiscalizadora (Dirección del Trabajo), seguido de la fiscalización que se le realiza en la estación y multa administrativa que se le aplicó.
- Aros Chia, R. M. (2016). La fuerza normativa de la Constitución: un principio vinculante de la judicatura constitucional. Revista De Derecho Público, (66), Págs. 145–161. https://doi.org/10.5354/rdpu.v0i66.41666
El plazo para la interposición de denuncia, la norma establece 60 días desde el acto de separación de las partes, caso que fue dado el 29 de diciembre del 2009, reclamo administrativo se hizo efectivo el día 4 de enero y culminó el 18 de enero, ambas fecha del año 2010 y su plazo de caducidad el 25 de marzo del mismo año.
Los indicios de vulneración de derechos en nuestra legislación Artículo 493 del Código del Trabajo, se establece “cuando de los antecedentes aportados por la parte denunciante resulten indicios suficientes de que se ha producido la vulneración de los derechos fundamentales, corresponderá al denunciado explicar los fundamentos de las medidas adoptadas y de su proporcionalidad”.
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