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Deontología juridica Definición de derecho notarial


Enviado por   •  27 de Marzo de 2023  •  Ensayos  •  2.063 Palabras (9 Páginas)  •  41 Visitas

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DEONTOLOGÍA JURIDICA

DEFINICIÓN DE DERECHO NOTARIAL

Como definición   para mí, el derecho notarial de forma sencilla es un conjunto de normas jurídicas, principios, valores, doctrina y jurisprudencia que regulan la función notarial. No obstante, aunque de primera vista se denote simplicidad en esta definición, más adelante analizare de forma particular cada uno de los elementos que la componen y su complejidad.  

Su definición no puede reducirse a ser solo un conjunto de normas jurídicas o morales, como se establecía de forma rigurosa en las corrientes del pensamiento jurídico (Ius Naturalismo e Ius Positivismo), dado que actualmente el derecho en general es un concentrado de todo lo mencionado anteriormente. Esto debido que a través del paso del tiempo el derecho tiene que ajustarse ante las nuevas necesidades de la sociedad, las cuales implica una mezcla de connotaciones de las corrientes del pensamiento Ius Naturalismo e Ius Positivismo.

Comienzo con analizar el primer elemento de la definición antes dada, que seria que el derecho notarial es; un conjunto de normas jurídicas, pero el análisis tiene que partir de la definición derecho en general antes de ir a una rama en específico, dado que este elemento también forma parte de la definición del derecho en general.

Anteriormente el derecho era definido solo con este elemento, el cual tenía como fin regular la conducta externa del hombre, además de tener como base la corriente de pensamiento jurídico Ius Positivismo, que sostenía que el derecho debe estar fundando en su validez, es decir una ley es justa solo si es válida, y una ley valida es aquella creada a través de un proceso legislativo.

Dentro del análisis de este elemento hay que hablar también de las normas morales, que tienen como fundamento la corriente del pensamiento jurídico Ius Naturalismo cuyo fin máximo es la realización de la justicia, y sostiene que el derecho solo es válido si es justo. Estas normas son fundamentales en la nueva concepción del derecho, pues existe una estrecha relación entre las normas morales y jurídicas.  

Así entonces, para mi actualmente la definición de derecho tiene que conservar este elemento, pero no en un sentido estricto, donde el conjunto de normas jurídicas son justas solo si son válidas, bajo mi punto de vista las normas jurídicas tienen que tener tintes de moralistas, es decir no concebir de forma cerrada que la norma jurídica no esta basada en una moral, puesto que en nuestro presente  existe y debe seguir existiendo un equilibrio entre estas dos, donde el deber ser como elemento de ius naturalismo este protegido con la obligatoriedad que provee el ius positivismo.

El DERECHO DEL DEBER SER es la base una ideología moralista propia de Ius Naturalismo, pero considero que también debe ser la base del DERECHO DEL SER, pero para que esto ocurra es necesario como ya se menciono anteriormente la validez que prevé el Ius Positivismo, puesto que el mundo del deber ser y su moral sonde observancia personal, y los términos o valores que los rigen son netamente subjetivos, de ello que se genere falta de unificación para considerar que es justo y que no.

Hay que ser conscientes que el inicio de algo nuevo siempre conlleva errores y que con el paso del tiempo se van corrigiendo. Me refiero que al tener normas jurídicas basada en normas morales ha implicado concepciones diferentes de estas, es decir la aplicación de una norma jurídica con tintes moralista no siempre consigue una aceptación general por parte de la sociedad, puesto que al tener esta norma una base moral y esta al ser subjetiva da pie a diversas interpretaciones, dando en algunos casos como resultado cuestionamientos de si es justa no o no su aplicación.

Estas inserciones moralistas en nuestro derecho actual seguirán siendo cuestionadas por su naturaleza subjetiva, pero como lo comenté en el párrafo anterior, son procesos que con el paso del tiempo se deben ir perfeccionando, siendo la unificación de criterios la base para ello, y tal unificación será el resultado de un criterio que procuré el bien común. Todo este análisis es también al aplicable derecho notaria como rama del derecho y no solo al notarial, también a las diversas ramas.

Continuando con el análisis de los elementos de la definición descrita del Derecho Notarial, tenemos a los principios, los cuales los entendemos como reglas o parámetros éticos, morales, y cívicos, de carácter universal, tendientes a orientar una vida en sociedad para la consecución de la armonía. Los principios al igual que los valores tienen como característica principal la subjetividad, pero al contrario de los valores, regularmente estos son máximas unificadas y aceptadas por la gran mayoría de una población en específico.

Es por ello, que tienen que formar parte de la concepción del derecho, dado que se entiende que son principios aceptados por un lugar determinado, no obstante, es importante darles validez jurídica. Algunos de estos principios se ven plasmados según mi criterio en la carta magna en su parte dogmática, otros estarán reflejados en diferentes ordenamientos jurídicos con el fin de garantizar máximas de comportamiento.

Creo que los principios al considerarse aceptados y unificados representan una mayor eficacia en su cumplimiento dentro de una sociedad, dado que la persona crece sujeto a su observancia, y esta entiende que al cumplirlos se genera un equilibrio de convivencia social. No obstante, habrá un sector que cuestione tal observancia y se niegue a su cumplimiento, y si tales principios carecen de coercitividad, no habría sanción ante la violación de estos. Por ello es correcto que a los principios se le otorgue validez jurídica para mantener el equilibrio antes mencionado, por ende, son parte fundamental del Derecho en general y sus ramas.

Continuando con el análisis del siguiente elemento, se tienen a los valores, otro elemento claramente subjetivo, pero como se mencionó en el análisis del anterior, estas normas o cualidades son personales, el individuo según su propio criterio decide actuar de acuerdo con lo que se considera correcto, a diferencia de los principios que son normas de comportamiento o máximas con criterios unificados.

Los valores podrían definirse como aptitudes o cualidades individuales que definen la conducta de un individuo en la sociedad. Estos también son tendientes a clasificarse en diferentes grupos como lo son: valores éticos, morales, religiosos, cívicos, familiares, etc., todos los valores en sus diversas clasificaciones tienen como como finalidad que el comportamiento del individuo sea armonioso dentro de una convivencia social.

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