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REGLAMENTO DE EVALUACION DEL APRENDIZAJE


Enviado por   •  15 de Junio de 2015  •  3.524 Palabras (15 Páginas)  •  299 Visitas

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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE EN EL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE MICHOACÁN

Agosto de 2011

ÍNDICE

Página

Marco Legal

4

Capítulo Primero: Disposiciones Generales

5

Capítulo Segundo: Evaluación del Aprendizaje

6

Capítulo Tercero: Evaluación de la Práctica Docente y Administrativa

9

Transitorios

11

CONSIDERANDO

Se requiere contar con un Reglamento Específico del Colegio de Bachilleres del Estado de Michoacán que norme la evaluación permanente del aprendizaje, de la práctica docente y administrativa para mejorar la planeación, diseño y aplicación de estrategias e instrumentos de evaluación, incidiendo directamente en la calidad del proceso educativo.

El Colegio de Bachilleres del Estado de Michoacán cuenta con el Departamento de Evaluación, encargado de implementar procedimientos de evaluación y metaevaluación institucional orientada a la práctica docente, prácticas de trabajo, valoración del grado de satisfacción de los grupos de interés y del aprendizaje.

El presente Reglamento comprende los objetivos, disposiciones generales y rubros de interés que permita, elevar los indicadores de desempeño académico para el logro de la misión y visión institucionales.

INTRODUCCIÓN

La Dirección General del Colegio de Bachilleres del Estado de Michoacán, a través de la Dirección Académica y el Departamento de Evaluación, implementa el proceso de evaluación del aprendizaje con enfoque vigente en el Bachillerato General; se pretende que el alcance contemple todo el proceso enseñanza-aprendizaje involucrado en un aula, y a los diferentes actores o grupos de interés que intervienen en él, como son los estudiantes, docentes, directivos y personal de apoyo.

Una adecuada evaluación del aprendizaje de forma institucional, no sólo debe evaluar el aprovechamiento del estudiante, también las técnicas e instrumentos utilizados y evaluar la práctica docente como medio de búsqueda de áreas de oportunidad y mejora, porque perfeccionando el “medio ambiente educativo”, se facilita el logro de la calidad educativa, reflejándose en el aprendizaje del estudiante, fundamento de la “metaevaluación” contemplada en la actual Reforma Integral de la Educación Media Superior.

MARCO LEGAL

• Artículo 3o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

• Ley General de Educación.

• Acuerdo No 442 de la Secretaría de Educación Pública, por el que se establece el Sistema Nacional de Bachillerato, en un marco de diversidad, publicado el 26 de Septiembre del 2008, en el Diario Oficial de la Federación.

• Acuerdo No 444 de la Secretaría de Educación Pública, por el que se establecen las competencias que constituyen el Marco Curricular Común del Sistema Nacional del Bachillerato, publicado el 21 de Octubre del 2008, en el Diario Oficial de la Federación.

• Acuerdo No 445 de la Secretaría de Educación Pública, por el que se conceptualizan y definen para la Educación Media Superior las opciones educativas en las diferentes modalidades, publicado el 21 de Octubre del 2008, en el Diario Oficial de la Federación.

• Acuerdo No 480 de la Secretaría de Educación Pública, por el que se establecen los lineamientos para el ingreso de instituciones educativas al Sistema Nacional de Bachillerato, publicado el 23 de Enero del 2009, en el Diario Oficial de la Federación

• Acuerdo No 488 de la Secretaría de Educación Pública, por el que se modifican los diversos acuerdos 442, 444 y 447 por los que se establecen: el Sistema Nacional de Bachillerato en un marco de diversidad; las competencias que constituyen el marco curricular común del Sistema Nacional de Bachillerato, así como las competencias docentes para quienes impartan educación media superior en la modalidad escolarizada, respectivamente.

• Decreto de Creación del Colegio de Bachilleres del Estado de Michoacán.

• Estatuto General del Colegio de Bachilleres del Estado de Michoacán.

• Reglamento del Personal Académico del Colegio de Bachilleres del Estado de Michoacán.

• Reglamento de Academias de Profesores del Colegio de Bachilleres del Estado de Michoacán.

CAPÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º. El presente Reglamento se expide de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, fracción XI del Decreto de Creación del Colegio de Bachilleres del Estado de Michoacán y su reforma; artículos 29 y 30 del Reglamento Académico; artículos 5, 6 y 7 del Reglamento General de las Academias.

Artículo 1º Bis. Para efectos del presente reglamento se entenderá por:

I. Centro Educativo: Planteles de la Modalidad Escolarizada y sus extensiones, Unidades de Enseñanza no Escolarizada y Planteles Incorporados al Colegio de Bachilleres del Estado de Michoacán.

II. Titular del Centro Educativo: Director de Plantel de la Modalidad Escolarizada y sus extensiones, Coordinador de Unidad de Enseñanza no Escolarizada y Director de Plantel Incorporado al Colegio de Bachilleres del Estado de Michoacán.

III. COBAEM: Colegio de Bachilleres del Estado de Michoacán.

IV. Presidente de Academia: Presidente de Academia del Centro Educativo.

V. DENE: Dirección de Educación no Escolarizada.

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