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Contratos Y Garantias


Enviado por   •  27 de Mayo de 2015  •  1.122 Palabras (5 Páginas)  •  176 Visitas

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1) Contrato principal es aquel contrato que existe por sí mismo. Así, con el contrato principal es, por ejemplo, un contrato de compraventa en que el vendedor se obliga a entregar la cosa vendida y el comprador, a pagar el precio vendido. Su objetivo se constituye para garantizar el cumplimiento de una obligación principal.

Contrato accesorio es aquel que depende de un contrato principal. Es también llamado como contrato de garantía, generalmente puede ser personal (como la fianza, donde a una persona se obliga a pagar por el deudor, si este no lo hace) o real (como el de hipoteca, en que se constituye un derecho real sobre un bien enajenable, para garantizar el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago). Su objetivo es seguir la suerte de lo principal porque la nulidad o la inexistencia de los primeros originan a su vez, la nulidad o la existencia del contrato accesorio.

2) El contrato de garantía es un acuerdo escrito o verbal asociado como un segundo o un contrato al lado, hecho entre las partes originales, o entre un tercero y una persona del contrato original. Esto ocurre típicamente antes o al mismo tiempo que se hace el primer contrato o contrato principal. Por lo que este contrato de garantía es independiente y separado del contrato principal. Y encontramos que las garantías son accesorias, su existencia depende una obligación principal, por lo tanto, como accesorias que son, siguen la suerte de esa obligación.

Los contratos de garantía se dividen en tres contratos accesorios principalmente:

- Contrato de fianza

- Contrato de depósito

- Contrato de hipoteca

3) Los contratos de garantía sirven para asegurar al acreedor el pago de su crédito y para que confíe en el deudor quienes contratan con él. Asegura el cumplimiento de una obligación principal sin la que no puede subsistir.

4) Los contratos de garantía se dividen en tres contratos accesorios:

- Contrato de fianza: Es un contrato por el cual una persona se compromete con el acreedor a pagar por el deudor si este no lo hace, es decir, el contrato de fianza es un contrato de accesorio (Características: Unilateral, gratuito, accesorio, oneroso por excepción cuando el acreedor reporta como obligación retribuir al fiador)

- Contrato de depósito: Es un contrato real accesorio por virtud del cual el deudor o un tercero entregan al acreedor una cosa mueble, enajenable, determinada para garantizar el cumplimiento de una obligación principal y su preferencia en el pago, concediéndole además los derechos de persecución y de venta sobre los citados bienes en caso de incumplimiento. Para que este depósito surta sus efectos contra tercero necesitara inscribirse en el registro público que corresponda.

- Contrato de hipoteca: La hipoteca es una garantía real constituida sobre bienes que no se entregan al acreedor, y que da derecho a este, en caso de incumplimiento de la obligación garantizada a ser pagado con el valor de los bienes, en el grado de preferencia establecido por la ley.

5) La naturaleza de las garantías son:

- La garantía real (A diferencia de una persona, garantía personal) es un contrato o negocio jurídico accesorio que liga inmediata y directamente al acreedor con la cosa especialmente sujeta al cumplimiento de una determinada obligación principal. Cumplidos los requisitos constituidos, la garantía real es por sí misma un derecho real.

- La garantía personal, la cual es en virtud de la cual a través de un fiador se garantiza el cumplimiento de una obligación determinada. El fiador es una tercera persona, ajena de la obligación principal, que garantiza su cumplimiento, comprometiéndose a cumplir lo que el mismo deudor no haya cumplido por sí mismo.

6) Garantía es un contrato bilateral por implicar obligaciones y derechos de ambas partes (comprador y vendedor) mientras que los de fianza son de mandato irrevocable, de depósito (prenda) sin tendencia, de crédito stand by, que no exigen indispensablemente la aceptación previa del acreedor para que en su beneficio se constituya una garantía.

7) El criterio interpretativo

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