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Derecho Procesal Laboral


Enviado por   •  14 de Junio de 2014  •  1.061 Palabras (5 Páginas)  •  236 Visitas

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EL DESALOJO

Se denomina desalojo o desalojamiento a una acción autorizada legalmente, realizada por medio de la fuerza pública del país, que permite obligar a abandonar los inmuebles, como edificios, fábricas u otros recintos ocupados ilegalmente, básicamente sin la existencia de contrato o autorización de sus dueños, a las personas que la están habitando.

La ley protege la propiedad en sus diversos modos de actuación en la vida pública, por distintos medios, por ejemplo:

El dominio, por la acción reivindicatoria.

La posesión, por las acciones posesorias.

La tenencia, por los interdictos.

El Uso, por el proceso de desalojo.

Como podemos observar en los modos de protección de los bienes, el proceso de desalojo ocupa el último puesto, pero en la práctica del derecho es de aplicación más frecuente que cualquiera de los otros. No es un medio de ejecución forzosa, pero es necesario establecer, a fin de precisar los conceptos, que no se trata de un procedimiento de ejecución como salía decirse, al exigirse la rescisión previa en proceso de conocimiento del contrato de arrendamiento en caso de incumplimiento, afirmando que usar del procedimiento de desalojo importa por parte de quien así procede substituirse a los jueces y declarar la propia autoridad, sin forma ni figura de juicio, la anticipada terminación del contrato.

En el proceso de desalojo existe un periodo de conocimiento, en que el juez después de oír a las partes y examinar las pruebas, dicta sentencia, haciendo lugar o rechazando en el caso de que el demandado no cumpla voluntariamente la sentencia, se procede a su ejecución forzada, en la misma forma que en el proceso de rescisión del contrato cuando la sentencia manda entregar el bien.

3.1 OBJETO DEL DESALOJO.

a) Protección del uso y goce de los bienes.- El objeto de desalojo tiene por objeto asegurar la libre disposición de ciertos bienes, cuando son detentados sin título alguno contra la voluntad de quienes tienen derecho a ella. Su objeto es entonces, dejar libre el uso de los bienes materia del litigio, substrayéndolos con el auxilio de la fuerza pública si fuese necesario, a la acción de sus detentores.

b) Exclusión de otras cuestiones.- Por esta razón, no son admisibles en el cuestiones que puedan ser sometidas a la decisión judicial mediante otros trámites parecidos para los procesos de conocimiento y así, en el proceso de desalojo no puede discutirse ni la propiedad ni la posesión, aun cuando pueda negarse la calidad de propietario o poseedor que se invoca para fundar la acción, porque esa negativa no supone una pretensión.

3.2 BIENES QUE PUEDEN SER MATERIA DEL PROCESO.

a) existiendo contrato se dará el desalojo el término que acuerda el código civil. teniendo en consideración la naturaleza del predio arrendado, se desprende que el proceso de desalojo es procedente sin ninguna duda tratándose de inmuebles, sin distinción entre predios rústicos o urbanos, edificados o sin edificar.

3.3 A QUIENES SE ACUERDA LA ACCION.

a) Propietario: El proceso de desalojo puede ser promovido, en primer término, por el propietario, pues el uso y goce del bien es la forma primaria de ejercicio del dominio, que puede accederse a titulo oneroso o gratuito.

b) Arrendatario principal : De acuerdo al artículo

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