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Derecho Procesal Laboral


Enviado por   •  14 de Mayo de 2014  •  1.333 Palabras (6 Páginas)  •  241 Visitas

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Derecho Procesal del Trabajo

1 PRINCIPIO DE VERACIDAD:

Denominado Principio de Primacía de la realidad, se persigue que el juez resuelva en base a la realidad de los hechos, privilegiando la verdad de los hechos por encima de la apariencia formal, lo que se encuentra íntimamente vinculado con el principio de irrenunciabilidad de derechos. Ello porque los documentos que pretendan eliminar o disminuir beneficios laborales, aún si estuvieran suscritos por el trabajador, no tendrían validez, ante la evidencia de los hechos; en razón además que la calificación del contrato de trabajo y la relación laboral no es una facultad de las partes sujeta a la autonomía de la voluntad sino que corresponde efectuarla al Juez en cumplimiento de preceptos constitucionales y leyes que son normas de orden público, de ineludible cumplimiento. Por ello, éste principio tiene como correlato la facultad inquisitiva del Juez laboral, que dirige el proceso en busca de la verdad real. Para tal fin, la NLPT señala expresamente que los jueces laborales deben evitar que la desigualdad entre las partes afecte el desarrollo o resultado del proceso, para cumplir con tal cometido, se le reconoce al Juez Laboral una serie de facultades que le permitirán recabar la mayor cantidad de información necesaria para alcanzar la verdad real.

2 PRINCIPIO DE ORALIDAD:

El principio de oralidad se encuentra íntimamente ligado con el desarrollo de los principios de inmediatez, concentración, sencillez e incluso celeridad los cuales se encuentran presentes en el momento en que el juez recibe las declaraciones de las partes, testigos, apreciación de los medios probatorios de manera directa, por cuanto se desarrolla en una sola audiencia varias diligencias, permitiendo una apreciación conjunta de los medios probatorios, convirtiéndolo en un sistema mas fluido y preciso. El nuevo proceso laboral impregnado por la oralidad constituye un cambio de concepción procesal que involucra una nueva forma de entender y asumir el proceso, que depara nuevos roles y destrezas para quienes participan en el mismo, sea en calidad de jueces, auxiliares jurisdiccionales, litigantes, abogados, testigos, etc

3 PRINCIPIO QUE BUSCA HACER MENOR DILIGENCIA: PRINCIPIO DE CONCENTRACIÓN.

A través de este principio se busca reunir el mayor número de actos procesales en el mínimo de diligencias, propiciando la continuidad y unidad de los actos procesales la fin de que estos no se vean afectados por dilaciones que alarguen innecesariamente la duración del proceso. Se pretende reunir los actos procesales de una manera tal que en un breve lapso se cumpla con la sustanciación del procedimiento, realizando la mayor cantidad de actos procesales en una misma audiencia. La NLP pretende darle eficacia real a dicho principio concentrando el menor numero de actos procesales en el diseño de las audiencias previstas tanto en el proceso laboral ordinario como el abreviado laboral, procurando de esta manera que el proceso laboral sea mas rápido, breve y sencillo, lo que contribuirá finalmente a hacer efectivo el principio de celeridad.

4 ESTRUCTURA DEL PROCESO LABORAL.

La Estructura del proceso laboral pretende descubrir cómo está hecho el citado proceso sobre la base de los principios informadores. En el proceso laboral existen dos tipos de procesos principales:

El proceso ordinario.- Proceso de mayor capacidad y complejidad en materia laboral, es de uso exclusivo de los jueces especializados de trabajo.

El proceso Abreviado.- El segundo proceso laboral principal es el abreviado, mas concentrado, mas brece, lo usan principalmente los juzgados de paz letrados. También lo pueden utilizar los jueces especializados de trabajo únicamente en caso las pretensiones se refieran a vulneraciones de la libertad sindical o, la pretensión única sea la reposición.

ESTRUCTURA DEL PROCESO

5 Que casos están previstos en proceso abreviado laboral (reposición, pagos servicios sociales, remuneraciones).

Proceso de reposición

Pagos Servicios Sociales

Remuneraciones).

6 Etapas de Audiencia Única.

1. Conciliación

2. Confrontación de posiciones

3. Actuación probatoria

4. Alegatos

5. (5 días) Sentencia

6. Notificación

7. (30 días hábiles) en forma excepcional continuación audiencia si se requiere información pericial

7 Ver código art. 42 proceso Ordinario. -etapas de la audiencia.

Demanda ------ 20 a 30 días hábiles ------- Audiencia de Conciliación --------- 30 días hábiles Audiencia de Juzgamiento

Audiencia de conciliación

a. Si no asiste el demandante a la Audiencia de Conciliación y el demandado contesta la demanda, continúa la demanda

b. Si no asiste el demandado,

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