Derecho Laboral Individual
chechox201219 de Octubre de 2012
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HISTORIA
TEMA 1
DERECHO LABORAL
El Derecho laboral (también llamado Derecho del trabajo o Derecho social) es una rama del Derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano realizado en forma libre, por cuenta ajena, en relación de dependencia y a cambio de una contraprestación. Es un sistema normativo heterónomo y autónomo que regula determinados tipos de trabajo dependiente y de relaciones laborales.
De esta manera, el concepto de trabajo al que presta atención el Derecho laboral es la actividad realizada por un ser humano que produce una modificación del mundo exterior, a través de la cual aquél se provee de los medios materiales o bienes económicos que precisa para su subsistencia, en una actividad cuyos frutos son atribuidos directamente a un tercero.
El trabajo asalariado genera relaciones asimétricas entre las partes contratantes, en las que existe una parte fuerte (el empleador) y una parte débil (el empleado). Por ello, el Derecho laboral tiene una función tuitiva con respecto al trabajador, tendiendo sus normas a poner límites a la libertad de empresa para proteger a la parte débil frente a la fuerte.
El fenómeno laboral a través de la historia
El estudio del derecho laboral, debe comprender dos etapas:
a) Época a la formación del Derecho Laboral;
b) Época que comprende desde sus primeras manifestaciones en el siglo pasado, hasta tener la configuración que actualmente tiene.
Es claro que en la primera etapa no podemos hablar de un derecho laboral, pues su propio desarrollo no toma en consideración aspectos de tipo humanitario ni tutelar, por lo tanto, en le época que podemos identificar como ³prehistoria laboral´ no hay derecho laboral propiamente dicho.
Sin embargo, el estudio de estas etapas previas nos sirve para tener una interpretación de cómo fue regulado el hecho de la prestación de servicios en las diferentes culturas que se han venido desarrollando a través de la historia de la humanidad. Puede decirse que no existe una correlación o efecto de continuidad.
Los fenómenos laborales se han dado dentro del esquema de cada cultura en forma aislada y ha sido poca su incidencia intercultural, salvo instituciones determinadas como la esclavitud, que era casi el único medio para obligar a los hombres a obedecer y a cooperar en el trabajo armónicamente, que se repite regularmente en todas las civilizaciones. La esclavitud domina el esquema del trabajo subordinado de la antigüedad. El prisionero de guerra representaba una fuente barata de mano de obra, que por lo mismo pasó a ocupar la mayoría de los puestos de trabajo. Pero era por definición un trabajo forzado y el trabajo como ahora lo interpretamos es un principio, un acto de libre voluntad entre las pates.
No es mucho pues lo que se puede hablar de la normativa laboral en la antigüedad; primero lugar porque no estaba configurado el trabajo tal como ahora lo interpretamos, no estaba inspirado en los principios tutelares ahora vigentes; y en segundo lugar, porque son pocas las fuentes históricas que sobre la materia han sobrevivido a la facha.
Como resultado del sistema feudal, existía una proliferación de pequeñas ciudades que eran todo un universo para sus habitantes.
Cada ciudad tenía sus artesanos y su clientela; aquellos se agruparon en asociaciones que se denominaron guildas, corporaciones o gremios. Estaban formadas por los jefes de taller, y en cada taller había tres o más categorías de trabajadores:
Maestros
Oficiales
Compañeros
Aprendices
Estas asociaciones tenían un mercado espíritu monopolista y mutualistas. Eran monopolios ya que dominaban por imperio de la ley, no importando el arte u oficio de que se tratara; ningún artesano podía ejercer su oficio libremente por bueno que fuera; debía de someterse al sistema gremial vigente en su ciudad y empezando la escala jerárquica por el puesto de aprendiz. Era a su vez un sistema mutualista en cuanto a la asistencia que mutuamente se brindaban los agremiados. Vemos aquí los antecedentes embrionarios de dos instituciones hoy día: por un lado los colegios y gremios profesionales, marcados por un principio de protección a sus miembros así como a sus actividades (colegios de médicos, colegio de abogados, cámaras de periodistas) y previsión social por el otro.
Cuando la economía feudal fue cediendo pasó a ser un sistema de mayor intercomunicación entre las ciudades, se incremento la competencia comercial y laboral. Los maestros, en plan defensivo, hicieron más rígida la jerarquía del gremio. El surgimiento del maquinismo, la expansión del comercio y los descubrimientos de nuevas regiones, crearon nuevas condiciones de económicas. Destacan los llamados fisiócratas, el gobierno de la naturaleza, que decían que las leyes de la naturaleza son sabias. A la luz de las ideas libertarias, en 1791, la asamblea
Constituyente votó por una ley de supresión.
Como monopolio, los gremios dejaron marcada su huella en la forma en que se regulo la actividad con exclusión ± legal- de cualquier otro interesado.
Durante la época colonial prevaleció en Guatemala el sistema gremial. A partir de este momento se habla del maestro Martin de Porras, o el maestro Quirio
Cataño. Resabios de este sistema todavía son percibidos: los maestros de obra, propios de las construcciones; la misma figura de los compañeros, prestó elementos del antiguo sistema. Es claro que un sistema de ese tipo haya sentado la pauta del trabajo. Si bien pueden invocarse algunas razones favorables, sobre todo si se toma en cuenta el momento histórico en su conjunto, no puede negarse que el sistema gremial no podía continuar por mucho tiempo. La acometida contra el sistema gremial en el continente, se empezó a sentir en los años previos al estadillo de la Revolución Francesa. Turgot, ministerio de Finanzas de Luis XVI, hizo ver a este el grave deterioro de la economía, que atribuyo precisamente al anquilosado sistema de producción dominado por los gremios. Por ello promovió en1766 la emisión del llamado Edicto de Turgot, que abolía los gremios, sin embargo, poca atención se brindó a dicho edicto y los hechos se fueron precipitando hasta desembocar en la célebre revolución. Una vez triúnfate el nuevo orden, o más bien, una vez abolido el viejo régimen, una de las primeras leyes fue precisamente la de eliminar totalmente cualquier limitación a la libertad individual de dedicarse a cualquier actividad económica licita; por lo mismo, el principal valladar de esa libertad, los gremios, quedaron totalmente abolidos. Irónicamente fue ese mismo principio el que, pocos años después, se pone en contra de los incipientes movimientos colectivos de los trabajadores. Los primeros intentos de sindicatos se toparon en contra de esa línea liberal de pensamiento, plasmada en leyes como la citada
Chapelier, que deslegitimaba toda componenda opresión en el libre juego económico. Las coaliciones obreras, embrión de los sindicatos, en el fondo pretendían mejorar salarios y las condiciones de vida; con el fin de ejercer influencia o presión ene l libre juego que fija los montos de los salarios.
Etapas en el desarrollo del derecho de trabajo
En el movimiento colectivo laboral, se reconocen tres etapas que varían según el país. Esas etapas son:
De represión
De tolerancia
De legislación
Etapa de la Represión:
En esta primera fase, se proscribió todo intento de los trabajadores de presionar en el mercado; se calificó de sedición, conspiración y otras figuras delictivas, los intentos de huelga y de organización. Se persiguió a los líderes obreros y se trato de sofocar esos movimientos. En plena vigencia de la plena libertad de comercio y trabajo, cualquier presión o interferencia eran mal vistas.
Etapa de la tolerancia:
Obedece a un cambio en la orientación del Estado. Ya no se perseguía a los movimientos obreros, pero tampoco se les protegía ni se creaban leyes que los regulasen. Sencillamente se les ignoraba, salvo cuando con sus actuaciones afectaban el orden público. Se empezaba a aceptar que el derecho de Libre Asociación también podría ser invocado por los trabajadores como por cualesquiera otros ciudadanos. Se imponía si, el encuadramiento de sus actividades perjudicaba el orden público establecido.
Etapa de la Legislación:
A principios del siglo XX, emergió el concepto de derechos sociales y comienzan los gobiernos a reconocer el empuje del movimiento colectivo laboral. Quizá la realidad de no poderse oponer al mismo, o el interés político de aprovechar ese movimiento, o las mismas presiones sociales tan convulsionadas, a finales de siglo, el hecho fue que aquellos movimientos anteriormente perseguidos, marginados, e ignorados, ahora serían reconocidos por la ley. Ese movimiento legislativo tuvo á su vez dos frases: el de reconocimiento a nivel ordinario y una culminación de que fue llamada
Constitucionalización.
Evolución de las Normas Laborales en Guatemala:
El mismo proceso evolutivo que diseño en otras latitudes el desarrollo del Derecho Laboral, tuvo aquí, aunque con algún retraso, su propia dinámica. De la manera precolombina son pocos los puntos que se pueden consignar, ya que se cuenta con fuentes certeras y especificas. Los textos escritos son escasos, escuetos en información general y con mayor razón respecto a esta materia; las inscripciones
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