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Facultad de economía y empresas Derecho Comercial

ActualidadTaubTrabajo11 de Julio de 2016

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Universidad Diego portales

Escuela de auditoría

Facultad de economía y empresas

Derecho Comercial

                                                                               

                           

                                           

Índice

Introducción………………………………………………………………… Pág. 3

Conceptos Derecho Comercial…………………………………………… Pág. 4

Principios Derecho Comercial……………………………………………  Pág. 5

Fuentes Derecho Comercial……………………………………………… Pág. 7

Características Derecho Comercial……………………………………… Pág.10

Cuadro Resumen……………………………………………………………Pág. 12

Conclusión……………………………………………………………………Pág. 13

Bibliografía…………………………………………………………………...Pág.14

Introducción:

En el siguiente trabajo de investigación para el ramo de Fundamentos del Derecho empresarial, se abordara el Derecho comercial, sus conceptos, características, principios y fuentes. Se buscara ampliar nuestros conocimientos, aún más con esta investigación, para posteriormente ponerla en práctica como futuros egresados de Auditoria. Con este trabajo lo que quiere lograr es, por sobre todo, el manejo optimo del tema, para demostrar así nuestros conocimientos  aprendidos, además de que este trabajo sea leído, y reconocido por individuos externos al mismo grupo creador de este, logrando así que interioricen los contenidos desarrollados en este, ya que el tema que abarca es fundamental para la sociedad en que vivimos, una sociedad cada vez más ligada a la economía.

Para comenzar, se definirá que es el Derecho Comercial.

El Derecho Mercantil o más conocido como Derecho comercial es una rama privada del Derecho, es una disciplina jurídica que compone y rige ciertas partes de las actividades comerciales, las transacciones financieras, el comercio, y todas las relaciones o actividades que provengan de este.

El comercio nace o se crea cuando un grupo de personas que poseen excedentes de algún tipo de bien y escases de otro y se abren económicamente para hacer trueques o permutaciones de los bienes o productos, ahí estamos en presencia de una economía abierta y un nacimiento del comercio, porque en vez de satisfacerse a uno mismo, te abres para satisfacer las necesidades de los demás y al mismo tiempo las tuyas. Hoy en día podemos definir comercio o intercambio de bienes como “actividad de intermediación entre productores y consumidores realizada con propósito lucrativo[1] Posterior a la apertura del comercio nace el derecho comercial y todas las legislaciones mercantiles, leyes, contratos, fuentes, principios, etc.

Conceptos del Derecho Comercial:

El Derecho Comercial es una disciplina jurídica que rige las actividades económicas, el comercio y las relaciones que nacen de su ejercicio[2]

Entendemos por esta definición un conjunto de normas, leyes o regulaciones que se establecen en el ámbito económico con el fin de controlar las relaciones o vínculos que se establecen entre dos o más entidades con fines comerciales y de intercambio económico, este intercambio puede representar ganancia o lucros.         

Entre las actividades económicas principales encontramos el comercio, sujetos activos, organizaciones jurídicas, personas e instituciones auxiliares, instrumentos monetarios, entre otros. En otras palabras son normas jurídicas que regulan la actividad comercial de diversas índoles

Durante la historia, el derecho comercial, ha sufrido muchas modificaciones, ya que en su comienzo no era considerado una rama jurídica propiamente tal, sino que formaba parte del derecho civil. Con el transcurso del tiempo el derecho comercial fue adquiriendo mayor independencia del derecho civil hasta convertirse en un una rama independiente que proviene del derecho privado (regula la relación de los individuos en un plano de igualdad, tanto entre personas como entre personas y el estado).

Para ilustrar la materia expuesta anteriormente, se plantearan los siguientes ejemplos:

  1. Un civil puede celebrar un acto jurídico a los 18 años, o puede disponer de un patrimonio personal a esa edad, en cambio, un comerciante puede celebrar un acto a los 16 años, o puede disponer de un patrimonio a esa edad proveniente de su industria.

  1. Los comerciantes tienen ciertas obligaciones, que los civiles no tienen, como por ejemplo: los comerciantes deben llevar contabilidad, implica los 4 libros; libro de balance e inventarios, libro copiador de cartas, libro diario y libro mayor.

  1.  Los comerciantes deben inscribir   ciertos documentos en determinados registros, como por ejemplo los mandatos, Rut para realizar actividades lucrativas, pagar patentes municipales y poderes en el registro del comercio.

Cada país o región posee su propio derecho comercial, que tiende a regular las relaciones al interior de su territorio, sin embargo las relaciones comerciales no solo son a nivel regional o local, sino que también internacional. Se puede concluir que toda actividad económica se involucra dentro de un marco de seguridad, confianza y de estabilidad.    

Principios del Derecho Comercial:

Son postulados generales, que orientan el orden jurídico de carácter impersonal, sirven de instrumento para determinar el sentido y alcances de las normas cuando hay vacíos legales y no se entiende o se sabe qué hacer. 

1) Principio de la consensualidad: Es un principio que es importante y evidente en los contratos, como por ejemplo en los civiles, comerciales y laborales. La consensualidad se refiere al acuerdo entre dos o más partes. Como mencionamos anteriormente es importante o podemos denominarlo crucial en el tema de los negocios, ya que estos pueden ser posibles si las dos partes están de acuerdo y si hay voluntad en aceptar como ley las condiciones del negocio. “las legislaciones de todos casi los países consideran su violación como una causa suficiente para dejar sin efecto legal cualquier contrato”[3], Esto quiere decir, que en muchos países el no cumplimiento de este principio, es una causa para dejar sin efecto cualquier contrato legal.

 2)  Principio de la onerosidad: En todo contrato existe una contraprestación, quiere decir que, en un contrato hay un beneficio o ganancia para las dos partes. Por ejemplo en las compraventas puede regir de contratos onerosos ya que el comprador obtiene lo que quiere, pero a su vez le entrega dinero al vendedor, que lo que este quiere.

Es que se pague, que requiera un sacrificio de ambas partes, y que se obtenga por lo tanto un "beneficio" también para ambos, o que se crea que se obtendrá. Esto no significa quiere que necesariamente va a ser justo y conmutativo el acto jurídico de comercio, ya que  puede que se esté comprando la suerte. Pero la idea es que no sea gratuito, es decir que solamente una parte se grave en beneficio de la otra.

3) Principio de la buena fe en los actos y contrato: Consiste en la honradez y respeto, de las dos partes al momento de realizar cualquier tipo de negociación mercantil, además este principio no solo está presente al momento de celebrar los contratos, sino que también, durante la realización de lo que dice en este, en otras palabras, tiene que ver con que  se actúe de forma recta cuando se realizan los intercambios de bienes y servicios, o cuando las empresas y comerciantes al ejecutar estos actos de comercio, o las sociedades actúen honradamente tanto entre ellos como con las personas que son consumidores. 

Se puede hacer la diferencia, entre la relación que tienen los comerciantes entre sí, y la que tienen con el público en general, ya que por ejemplo la ley del consumidor mezcla el derecho comercial con el derecho público.

Con respecto a buena fe, es que los actos y contratos se realicen de forma transparente, que no haya inconvenientes  entre ellos, para que así no se afecte al consentimiento de las personas, que están negociando

4)Principio de la solidaridad: Se pueden dar distintos tipos de formas de responder frente a las obligaciones, una de ellas es, la forma "solidaria" que es por ejemplo, cuando los dos firmamos un contrato, y somos codeudores solidarios con el banco, entonces el banco podría pedirme todo el crédito a mi o a ti, completo. Después, entre nosotros nos vemos como lo arreglamos, pero así se le garantiza al acreedor que se le responderá de todo, y que tiene dos patrimonios de donde sacar la plata para que le paguen. En otras palabras hay varios deudores frente a una misma deuda y hay que empatizar en la deuda de una de las dos o más partes.

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