ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Glosario De Terminos Juridicos

Margs31958 de Abril de 2015

783 Palabras (4 Páginas)270 Visitas

Página 1 de 4

Glosario de términos jurídicos

Acción legitimada

Requisito para presentar una causa de acción, el cual implica que el demandante, además de la capacidad jurídica para demandar, tiene que demostrar un interés legítimo para hacerlo. En inglés:”standing”.

Acusado-

Persona imputada de delito contra quien se ha presentado ya una acusación. Mientras la acusación no se haya presentado se le debe llamar imputado. En caso de delito menos grave, tan pronto se determina la existencia de causa probable para arrestar, la denuncia sirve como pliego acusatorio; pero si el delito es grave, tiene que haber una vista preliminar para determinar causa probable para acusar. Es sólo después de ésta que el fiscal puede presentar la acusación.

Consolidación

Acción y efecto de reunir dos o más casos relacionados a los fines de atenderlos conjuntamente. La determinación de consolidar es judicial.

Daños

En Derecho Penal, delito que implica la comisión de actos que lesionan la propiedad ajena. Comúnmente se conoce con el nombre de vandalismo.

Denuncia

Es la querella que formula la policía, la cual sirve de base para la determinación de causa probable para arrestar. No es lo mismo que acusación, aunque, en delito menos grave, una vez se ha determinado la existencia de causa probable para arrestar, la denuncia se puede utilizar como pliego acusatorio. No así en el caso de delito grave. Véase acusación.

Desistimiento

Aplicado a causa de acción, solicitud o reclamación, significa abandonarla, no insistir en ella. Se confunde en ocasiones con “desestimación”.

Entredicho

Es una prohibición, mandamiento para no hacer o no decir una cosa. Es la forma española del cultismo “interdicto” (del latín interdictum). Corresponde a la voz inglesa “injunction”. Aunque en principio son voces sinónimas, en la práctica se ha especializado un tanto su uso. La voz entredicho se usa, sobre todo, en la expresión "entredicho provisional".

Evidencia

Voz anglicada derivada de "evidence" cuyo uso se ha generalizado en Puerto Rico en lugar de la voz "prueba". De allí que se hable de "Derecho Evidenciario" en lugar de "Derecho Probatorio"; de Ley de Evidencia, en lugar de Ley de Medios de Prueba como ocurre en el mundo civilista.

Fallo

Es el pronunciamiento hecho por un tribunal por el que se condena o absuelve al acusado. Distíngase en lo penal de "sentencia" y de "veredicto".

Juicio por jurado

Juicio que se celebra ante determinado número de ciudadanos seleccionados de conformidad con la ley –doce en Puerto Rico- y juramentados para actuar como juzgadores de hechos. Sobre la base de la prueba presentada y admitida por el tribunal, el jurado determina si unos hechos se pueden considerar probados o no. El jurado no interviene en la interpretación y aplicación del derecho, aspecto que le corresponde al juez. En Puerto Rico, a diferencia de Estados Unidos, no existe juicio por jurado en el ámbito civil, excepto en la Corte de Distrito federal. En el ámbito criminal, en Puerto Rico el juicio por jurado sólo aplica a delitos graves y el jurado puede rendir un veredicto que puede ser de culpabilidad o de no culpabilidad. Para el primero se requiere una mayoría de nueve de los doce miembros que integran el jurado. La persona convicta siempre puede apelar el veredicto de culpabilidad ante un tribunal de jurisdicción superior. Un veredicto de no culpabilidad no es apelable por el Ministerio Público excepto en circunstancias muy particulares. El término “juicio por jurado” se contrapone al de “juicio por tribunal de derecho”.

Resolución

Aunque en general significa cualquier decreto, providencia, auto

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb)
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com