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LA TRADICIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO ROMANO


Enviado por   •  15 de Diciembre de 2017  •  Ensayos  •  2.073 Palabras (9 Páginas)  •  817 Visitas

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RESUMEN DE LA EXPOSICIÓN

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DERECHO ROMANO

LIC. MELISSA ORTIZ MORALES

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ÍNDICE:

INTRODUCCIÓN:        1

LA TRADICIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO ROMANO:        2

CONCEPTO DE DERECHO ROMANO:        2

DERECHO ROMANO        3

PRIVATISMO:        3

HISTORIA E INSTITUCIONES :        3

RECEPCIÓN DEL DERECHO ROMANO:        3

HISTORICISMO EN EL ESTUDIO ROMANÍSTICO        4

ETAPAS HISTÓRICAS DEL DERECHO ROMANO        4

ÉPOCA ARCAICA, CLÁSICA Y POST-CLÁSICA:        4

ETAPAS DE LA ÉPOCA CLÁSICA:        5

ETAPAS DE LA ÉPOCA POST-CLÁSICA        6

SIGNIFICACIÓN HISTÓRICO-CULTURAL DEL DERECHO ROMANO        6

CONCLUSIÓN        8

BIBLIOGRAFÍA        8

INTRODUCCIÓN:

El Derecho Romano es una materia fundamental para la formación de juristas modernos, ya que se estudiaran las enseñanzas del Derecho de la Roma clásica, es el Derecho que fundamenta la legislación civil de gran parte de Europa y toda América Latina.  

Roma fue el pueblo creador del término  de ius, derecho, así como los términos “iustitia”, “iustum”, “iniustum”, iniuria, iurisprudentia, etc.

El Derecho Romano es la estructura a todo Derecho Civil hispano-americano y gran parte del europeo. A pesar de los siglos transcurridos desde el apogeo del gran imperio romano, hoy en día la influencia que tiene éste en muchos aspectos culturales, religiosos, académicos, etc., siguen aún vigentes en la actualidad.

 LA TRADICIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO ROMANO:

¿Por qué es tanta la importancia de su estudio hasta nuestra época?

Principalmente porque nuestro derecho actual tiene sobre todo, por orígenes: las costumbres y el Derecho Romano. Títulos enteros de nuestro código civil han sido sacados del Derecho Romano; es por eso que es de suma importancia comprender bien sus disposiciones, saber de dónde nace, para así apreciar el valor de estas.  Debe ser estudiado como un modelo ya que las aplicaciones que se hicieron por los jurisconsultos se distinguen por una lógica notable, análisis y deducción.

Debemos entender que al estudiarlo no lo analizaremos como un derecho vigente, sino como un método para entender que nos conduce a nuestro derecho actual.

El Derecho consiste siempre en tratar de encontrar “soluciones de justicia” a los problemas que nos plantea la realidad, en la medida en que cambie en su configuración antropológica, sociológica y económica, también las soluciones de justicia pueden cambiar.  

El Derecho Romano es la fuente de la mayoría de las instituciones, por lo que debemos aprender cómo es que se originaron las instituciones, las reglas y los principios jurídicos.

CONCEPTO DE DERECHO ROMANO:

El Derecho Romano “es el conjunto de normas,  instituciones jurídicas, ideas, experiencias y muchos otros aspectos éticos, sociales, religiosos, políticos, etc., que tuvieron vigencia a través de las diversas etapas de la historia del pueblo romano (monarquía, republica e imperio).”

El Derecho Romano “es el conjunto de los principios del Derecho  que han regido la sociedad romana en las diversas épocas de su existencia, desde su origen hasta la muerte del  Emperador Justiniano”. “Eugéne Petit- Tratado Elemental de Derecho Romano”.

 DERECHO ROMANO:

Durante los primeros siglos de Roma el Derecho está subordinado a la religión; sin embargo los romanos tuvieron a bien separar las instituciones que ellos consideraban de origen divino y las que emanaban de los hombres.

Ellos lo separaron en “fas”  derecho sagrado “lex” divina;  “ius”  al derecho en toda su integridad. Y para los Romanos el conjunto de reglas fijadas por la autoridad estaban obligados a obedecer.        

 PRIVATISMO:

Es por referirse a intereses personales se llaman privados (iuidicia privata) se resolvían conflictos causados por el aprovechamiento de las cosas; a este derecho también se le puede llamar patrimonial.

HISTORIA E INSTITUCIONES:

Se le llama instituciones al estudio elemental del Derecho, pero también a las materias del estudio del derecho, y el conjunto de reglas jurídicas que se refieren a ellas.

Se habla como institución de la propiedad, la herencia, el matrimonio, o de las divisiones menores (compra-venta, colación, dote, etc.).

La facultad de reclamar judicialmente es el momento principal de toda relación jurídica, de ahí que el estudio de las instituciones sea el de las acciones procesales típicas de cada relación.

RECEPCIÓN DEL DERECHO ROMANO:

Consta de un proceso lento, paulatino e inconsciente. El Corpus Iuris Civilis (Justiniano) tiene un valor de suma importancia ya que gracias a éste el Derecho Romano alcanza definitivamente consagración y perdurabilidad, aunque el Imperio Romano sucumbiese, el Derecho Romano le sobreviviría.

La recepción es el establecimiento de un sistema jurídico, en un determinado pueblo, ajeno a la cultura de ese pueblo receptor. El proceso de recepción puede ser por imposición o por aceptación.

Siglo XII se estudia Derecho Romano en toda la Península Itálica. Toda Europa. Alemania (Código Civil Alemán 1899).  Francia (Código Civil Napoleónico) Inglaterra (jurado) España (Alfonso X, promulgo la Ley de las siete partidas)

Países Iberoamericanos: Haití, Republica Dominicana y Bolivia, Cuba, Panamá, Puerto Rico, Honduras. México, Chile, Argentina y Perú.

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