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Procesal Laboral


Enviado por   •  15 de Septiembre de 2013  •  1.982 Palabras (8 Páginas)  •  293 Visitas

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Introducción

Etimológicamente la palabra trabajo proviene del latín trabis, que significa traba, dificultad, impedimento el cual nace por la necesidad de evolución y desarrollo del hombre por y para el surgimiento de su familia y el suyo propio; el trabajo es considerado como un factor de producción que supone el intercambio de bienes y servicios para la satisfacción de las necesidades humanas, este hecho social crea la necesidad de regulación y es por ello que surge dentro del Derecho la rama del Derecho del Trabajo que no es más que el conjunto de Normas de orden público que regulan las relaciones jurídicas que tienen por causa el trabajo como hecho social y que por gozar de un sistema homogéneo de estas normas, además de un sistema administrativo y judicial propio lo hacen ser autónomo de las demás ramas, claro está que relacionándose con ellas.

Este Derecho del Trabajo no surge de la noche a la mañana, tiene un período de evolución histórica que se irá desarrollando a lo largo del presente manuscrito, pasando por la época antigua, edad media, edad moderna y contemporánea, llegando a América y comparando su evolución con respecto a las antiguas potencias europeas, en donde se observa mayor evolución de las normas en América Latina que con respecto a los países europeos. Finalmente se destaca la Ley Orgánica del Trabajo Venezolana de 1997, se convierte en el instrumento que rige las relaciones de trabajo hasta nuestros días.

 Antecedentes históricos del derecho colectivo en Venezuela.

A lo largo de la historia el hombre se ha visto unido al trabajo, el cual ha confrontado intereses sociales con económicos por lo que ha sido necesario buscar mecanismos para arbitrar dichos intereses. El derecho laboral colectivo, surge con el comienzo del fenómeno laboral y fue como consecuencia directa de la injusticia y la explotación a la que eran sometidos los trabajadores desde lejanos tiempos; por ello es que el trabajador tuvo necesidad de agruparse con otros trabajadores para compensar, de alguna manera, la inferioridad en que se encontraba frente el empleador e incluso frente a la legislación existente. Al principio la unión engendró la atención pública sobre el fenómeno, de la cual derivó la legislación del trabajo.

Esta fue reconociendo la realidad social y sindical, lo que significó suprimir las trabas para la unión y en segundo momento, crear estímulos para la unión de trabajadores. En la medida en que se formaron asociaciones profesionales surgió una nueva forma de creación del derecho del trabajo: la extraetática; como nueva rama del Derecho que contempla las relaciones colectivas no tiene en cuenta directamente al trabajador individual sino el interés colectivo, o sea el de una pluralidad de sujetos hacia un bien capaz de satisfacer una necesidad común: no es la suma de intereses individuales sino su combinación, y es indivisible; dicha rama conocida así puesto que en el derecho del trabajo hay un punto de partida: la unión de los trabajadores; y un punto de llegada, el mejoramiento de las condiciones de los trabajadores, siendo derecho individual y colectivo distintas sendas para llegar a ello.

Deviene de un fenómeno social, político y económico llamado “Revolución Industrial” a finales del siglo XVIII; con el cual surgen efectos positivos: cambios de forma de producir, facilidad al transporte, etc… y efectos negativos como: desplazamiento de mano de obra, nacimiento de dos clases la burguesía y el proletariado, pobreza y marginación. Jhon Locke fue el pensador que impulso a la sociedad naciente con su obra “Cartas sobre la tolerancia y el Gobierno Civil” decía que el hombre nace con tres derechos: Vida, Libertad y Propiedad, así como que el gobierno tenía que garantizar los mencionados derechos, siempre haciendo hincapié en que el más importante es la Propiedad. Surge el concepto “Propiedad Privada” como derecho sagrado. Este concepto impulso al Derecho Colectivo, y en ese tiempo si un trabajador se inconformaba y presentaba él solo una queja, no sucedía nada, más si se quejaban varios se consideraba un DELITO en contra de la Propiedad ya que el patrón perdía patrimonio si muchos dejaban de laborar, cabe el atentado a la propiedad de este.

Leyes contra Agrupaciones de trabajadores Ley Francesa “Chapelier” (1791): Prohibía sindicatos, coaliciones y demás instituciones por atentar contra la Propiedad del patrón. Leyes Inglesas sobre Coaliciones (1799 y 1800): Consideraba delito conglomerarse por parte de los trabajadores, prohibía se quejaran grupos de trabajadores. Código Penal Francés (1810): Prohibía las huelgas y las coaliciones, manejaba como delito el estar en una huelga con penas de prisión de 1 a 3 meses por participar y de 2 a 5 años por organizarlas.

Después de este tiempo en varios países se dio la llamada etapa de tolerancia en donde se admitían agrupaciones de los trabajadores sin que estos influyeran en las leyes dictadas por el estado. La época de tolerancia fue sucedida por el derecho sindical a finales del siglo XIX. El primer país que reconoció el derecho a la unión sindical fue Inglaterra, en 1824.

Desde los años 1950 y 1960 la historia sindical ha sido redefinida y expandida por un gran número de historiadores, como E. P. Thompson y Eric Hobsbawm en Europa, y Julio Godio en América Latina que comenzaron a prestar mayor atención a las condiciones sociales de vida y trabajo concreta de los trabajadores, así como los entornos sociopolíticos en que se desarrollan:

En Venezuela:

Ley de Indias: Llamadas así a la recopilación de Cédulas , cartas, provisiones y leyes ordenadas por Carlos II DE España el 18 de Mayo de 1680 , con el propósito de unificar y divulgar las disposiciones dictadas hasta entonces en materia de gobierno, justicia guerra , hacienda y las penas aplicables a los transgresores; en especial dicha ley procuro asegurar a los indios la percepción efectiva del salario; donde se logro el reconocimiento a los indios su categoría de seres humanos, pero en la vida social, económica y política, no eran los iguales.

Antecedentes Post Coloniales: Constitución de 1830 y Códigos Civiles. Primer Período 1830-1917:

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