Valoracion De Prueba
Enviado por julioic87 • 4 de Marzo de 2012 • 1.082 Palabras (5 Páginas) • 799 Visitas
Sistema de libre convicción
Este sistema, otorga operador de justicia la ABSOLUTA libertad para la valoración y apreciación de los medios de prueba, no solo sin consideración de los requisitos legales, sino pudiendo escoger li¬bremente las máximas de experiencia que han de servir para su valoración.
En otro sentido en este sistema se otorga absoluta libertar al Juez este puede apreciar con eterna libertad las pruebas incluso apartarse de ellas, dictando la sentencia conforme a lo que le dicta su conciencia o íntima convicción. Como consecuencia de esto, el sistema no exige al Juez que exprese las razones por las cuales concede o no eficacia a una prueba.
COUTURE al referirse a este sistema expresa, que el mismo debe reservarse para ciertos casos en los cuales la Ley permita al juez, como ocurren en el ju¬rado criminal, juzgar los hechos sin necesidad de fundamentar racionalmente sus conclusiones, sin servirse de los elementos de convicción que aparecen en el proceso, pudiendo utilizar su saber privado, sin acudir a los medios normales de valoración de la prueba, pudiendo acudir a otros de carácter excepcional,
De esta manera el juez puede valorar las pruebas presentadas o incorporadas a los autos, bien apreciándolas o desechándolas sin tener que dar motivación alguna, por ello se dice que en este sistema, el juez valora la prueba como quiere en tanto que en el sistema de tarifa legal el juez valora la prueba como debe o como se le indica.
Luego, el sistema de libre convicción, también conocido como de íntima convicción, fue producto de los ideólogos de la
Revolución Francesa para ser aplicado a lo* procesos penales de juradas, donde se acabó convirtiendo la valoración de la prueba en una declaración de voluntad y no de certeza o conocimiento.
Los postulados de este sistema son:
► La valoración de las pruebas no consiste en un ejercicio de la razón, sino
en una declaración de voluntad.
► La declaración de voluntad no tiene que ser motivada.
Libro de texto: Tratadi de Derecho Probatorio, Autor: Humberto Henrique Bello Tabares, Pags 392 y 393
Pagina de Internet: http://www.todoiure.com.ar/monografias/mono/procesal/Sistemas_para_apreciar_la_prueba.htm
Azula Camacho, en relación al sistema de libre apreciación o libre convicción, escribe que el sistema consiste en dejar al juez la facultad de establecer el grado de convicción o credibilidad de cada medio probatorio y de todos en conjunto, pero no de manera arbitraria, sino median¬te análisis racional y lógico, dando, desde luego las razones o fundamentos de su conclusión.
De esta manera las decisiones producidas bajo este sistema de valoración, quedan a la voluntad discrecional del operador de justicia, no teniendo que ser motivadas e irracionales, circunstancias éstas que en nuestros tiempos actuales, no solo lesionan los derechos constitucionales de la defensa v del debido proceso contenidos en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sino también el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva previsto en el artículo 26 , pues es garantía de todos los ciudadanos conocer el fundamento o motivación de las decisiones proferidas por los jueces de la República, para saber así cómo se fijaron los hechos, cómo se valoraron las pruebas, cómo se interpretó y aplicó el derecho y cómo fue aplicada la consecuencia jurídica contenida en la norma, para así poder controlar la legalidad y constitucionalidad del fallo, a través del ejercicio de los recursos ordinarios o extraordinarias que prevé la Ley, situación
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