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AMS TRABAJOS DE AGROEXPORTACIO

ka77ia6 de Noviembre de 2012

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TRABAJO GRUPAL

Que son los Marketing Orders y qué propósito tienen.

Que es un Marketing Order?

Son acuerdos de comercialización autorizados por el Acuerdo de Comercialización Agrícola 1937. (Agricultural Marketing Agreement Act of 1937)

Qué son los Acuerdos de Comercialización

Los acuerdos de comercialización y marketing orders son instrumentos legales autorizados por el acuerdo de comercialización agrícola 1937 y en sus modificaciones posteriores. El secretario de la Agricultura posee la facultad de ejercer el uso de estos instrumentos de forma de regular la comercialización de los productos elegibles – frutas –hortalizas, cultivos especializados, y la leche en determinadas formas. Los marketing order son vinculantes para todas las personas y empresas que se clasifican como “handlers” en la zona cubierta por la orden. Los marketing orden se distinguen de los acuerdos de comercialización en el sentido de que estos últimos solo vincula a los handlers que son partes firmantes de los acuerdos La definición handlers y el manejo depende del programa en particular . en la mayor parte de los acuerdos y ordenes, un handler se define como aquel que recibe el commodity delos productores, que le aplica clasificaciones de calidad y los envasa, transporta o quien coloca productos en canales de comercialización. Los programas de comercialización ofrecen cierta flexibilidad en el diseño y modificación de los requisitos de forma a reflejar la evolución en las prácticas de producción y manejo. Por ejemplo los programas pueden incluir la autoridad para regular el grado, tamaño, calidad, empaque, inspección y el volumen de manejado de determinados productos agrícolas. Asimismo, dependiendo de las necesidades de una determinada industria, la investigación en términos de producción y comercialización, el desarrollo de mercado y actividades de promoción también pueden ser autorizados

Indique el listado completo de Marketing Orders que existen.

Listado completo de Marketing Orders:

• Almendras

• Albaricoques

• Aguacates

• Cerezas [dulce] [Tarta]

• Cítricos [Florida] [de Texas]

• Arándanos agrios

• Fechas

• Uvas

• Avellanas

• Kiwi

• Nectarinas

• Aceitunas

• Cebollas [Idaho-E. Oregon] [S. De Texas] [Vidalia] [Walla Walla]

• Duraznos

• Peras [Oregon-Washington]

• Pistachos

• Ciruelas / ciruelas pasas [California] [Washington]

• Patatas [Idaho-E. Oregon][Washington] [Oregon-California] [Colorado][Virginia y Carolina del Norte]

• Pasas

• Aceite de menta verde

• Tomate

2.- LEY DE MERCANCIAS DE PRODUCTOS PERECEDEROS (THE PERISHABLE AGRICULTURAL COMMODITIES ACT) LEY PACA

Qué es la Ley PACA y a quién protege. Realice un resumen de la referida ley.

Ley de productos agrícolas perecederos - PACA

La Ley de Mercancía Agrícola Perecedera, conocida por sus siglas, PACA, es la ley estadounidense que gobierna el comercio interestatal e internacional de frutas y vegetales frescos. Si los perecederos son embarcados a otros estados o fuera de los Estados Unidos, esta ley federal uniforme se aplica a la venta o distribución de los productos. Amenos que sea renunciado en un contrato escrito, PACA contiene ciertas protecciones, incluyendo requerimientos de inspección del producto si un recibidor quiere rechazar o presentar una demanda contra el comprador, los términos de pago automático, y requerimientos que deben ser seguidos que deben ser seguidos cuando el producto es embarcado en consignación. PACA es una ley uniforme; se aplica parejamente a través de los Estados Unidos. PACA también requiere que los que compran o reciben productos en comercio interestatal o internacionalmente, obtenga una licencia emitida por el Departamento de Agricultura delos Estados Unidos, USDA. Establece reglas de comercio, licencias, disposiciones sobre la recepción, atención de los reclamos que pudieran presentarse.

Esta ley no es aplicable a productos cárnicos, lácteos, hidrobiológicos ni flores

A quien protege la ley - PACA

Su objetivo es proteger al productor agrícola, tanto nacional como extranjero, de los posibles abusos de los distribuidores, corredores (brokers) y agentes comisionistas. Aplica a casi todos los compradores comerciales de frutas u hortalizas, frescas o congeladas

Resumen de la ley PACA

LEY DE PRODUCTOS AGRICOLAS PERECEDEROS – PACA

1. CONDUCTA DESLEAL

En cualquier transacción de comercio interestatal, será ilegal:

1. No pagar total y prontamente los productos adquiridos2.No determinar correctamente la cantidad y calidad de los productos3.Rechazar o no entregar el producto sin causas razonables4.Dar información engañosa relacionada con una transacción internacional5.Prácticas desleales, discriminatorias o engañosas en conexión con el peso o cuantía de los productos6.Destruir sin causa justificada, cualquier producto agrícola perecedero.

2. PRODUCTOS PRODUCIDOS EN ZONAS GEOGRÁFICAS BIEN DETERMINADAS

Cuando se trate de un producto agrícola perecedero

Estará sujeto a una orden federal de comercialización enmarcada en el Acuerdo de Comercialización de Productos del Agro de 1937.

Ninguna persona podrá utilizar el nombre o la designación geográfica que distinguen a ese producto para promover la venta de un producto similar producido fuera de esa zona, estado o región.

3. LICENCIAS

a) Licencia requerida

Ninguna persona podrá, en ningún momento, realizar actividades empresariales como comerciante comisionista, negociante o corredor sin contar en ese momento con una licencia válida y vigente. Todo aquel que viole cualquier disposición de esta subsección sufrirá una pena de hasta US$1.200 por cada infracción de ese género y de hastaUS$350 por cada día en que la infracción persista

b) Solicitud de licencia:

Deberá presentar su solicitud ante el secretario cargos por otorgamiento de licencia: el solicitante deberá pagar los cargos por el otorgamiento de la licencia, para cubrir los gastos de administración de la presente ley y de la ley de prevención de la destrucción de productos del agro.

Cargo por única vez para detallistas y mayoristas

El detallista o mayorista de productos alimenticios que efectúe una solicitud inicial de licencia conforme a la presente sección deberá pagar un cargo de administración equivalente a US$100. En cualquiera de esos dos casos, el detallista o mayorista de productos alimenticios que pague un cargo conforme a este párrafo no estará obligado a pagar ningún cargo por renovación de la licencia para años sucesivos. Fondo de la ley de productos agrícolas perecederos. El cobro de ese cargo se efectuará mediante depósito en la Tesorería de los Estados Unidos, en un fondo especial, sin limitación de ejercicios, que se denominará "Fondo de la Ley de Productos Agrícolas Perecederos", con cuyos recursos podrán cubrirse todos los gastos necesarios para la administración de la presente Ley y de la ley aprobada el 3 de marzo de 1927,

c) Utilización de nombres comerciales

Todo titular de una licencia podrá realizar operaciones comerciales bajo más de un nombre comercial, o cambiar el nombre que distingue a la actividad comercial, sin que ello requiera la obtención de una licencia adicional o de una nueva licencia.

4. EXPEDICIÓN DE LICENCIAS

a) Deberá expedir a ese solicitante una licencia, que dará derecho a su titular a realizar operaciones comerciales como comerciante comisionista y/o negociante y/o corredor, a menos que esa licencia sea suspendida o revocada por el Secretario conforme a las disposiciones de la presente Ley

b) Denegación de licencia. El Secretario deberá rehusarse a conceder una licencia a un solicitante si llega a la conclusión de que al solicitante, o a cualquier persona responsablemente conexa con él, le está prohibido emplearse con un titular de una licencia conforme a la sección 8(b), o es una persona que esté o haya estado responsablemente conexa con una persona

c) Suspensión de licencia durante investigación, se suspenderá la expedición de licencia por un periodo de treinta días, si el solicitante está inhabilitado para realizar operaciones comerciales, como corredor o comisionista, o si la solicitud tiene una declaración falsa.

d) Denegación de licencia, se reusara la licencia si el solicitante es una sociedad anónima que haya sido declarada como quebrada.

5. RESPONSABILIDAD FRENTE A PERSONAS PERJUDICIADAS

a. Monto de los daños y perjuicios. Si el comerciante comisionista viola cualquiera de las disposiciones de la sección 2, será responsable por la totalidad de los danos y perjuicios.

b. Correctivos. Esa responsabilidad se hará efectiva mediante denuncia al secretario conforme o una demanda a los tribunales competentes.

c. Fideicomiso del producto de bienes y ventas en beneficio de los proveedores, vendedores o agentes que no hayan recibido el pago; preservación del fideicomiso; competencia de los tribunales de justicia

6. RECLAMOS, NOTIFICACIONES ESCRITAS

Toda persona que desee formular una reclamación por cualquier infracción de cualquier disposición de la sección 2 cometida por un comerciante comisionista, negociante ocorredor, podrá, en cualquier momento, dentro de un plazo de nueve meses contado apartir de la fecha en que se produzca el hecho en que se funda la acción, presentar

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