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Analisis Cirque Du Soleil

nataliaivette15 de Julio de 2015

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¿QUÉ TIPO DE SOCIEDAD CONFORMAMOS?

Nuestra empresa “JNK consultoría y asesoría de empresa limitada”, es una sociedad responsabilidad limitada, las ventajas de estas sociedades son que los socios responden hasta el monto de sus aportes, no requiere monto mínimo para su constitución, son más fáciles de administrar que otras sociedades. Se deben cumplir con menos regulaciones que las sociedades anónimas, no requieren de un directorio y no es necesario que celebren juntas. Otra ventaja de nuestra sociedad es que al momento de preparar los estatutos de la sociedad, las sociedades de responsabilidad limitada ofrecen gran flexibilidad por ejemplo:

• el objeto de la sociedad puede ser tan amplio como los socios quieran,

• el monto del capital puede ser el que los socios quieran y pagarse en el tiempo que los socios quieran

• las utilidades pueden ser distribuidas en la forma que los socios decidan.

JNK CONSULTORÍA Y ASESORÍA DE EMPRESA LIMITADA

Nuestra sociedad está constituido de tres socios, que cada integrante tendrá un aporte de capital de 33,3%. por un monto total de $30.000.000.-

La responsabilidad de nuestra sociedad es la supervisión y control de la empresa, el administrador, el gerente de depto. Administración y finanzas, el gerente depto. Asesoría y consultoría, serán encargados los socios

Nuestra oficina se encuentra ubicada en el 6º piso del edificio ubicado en agustinas 1291 comuna de Santiago.

El equipo jnk consultoría y asesoría de empresa está formado, un administrador, un asistente ejecutivo bilingüe, contador auditor, Ing. gestión de recursos humanos, técnico en gestión comercial, contador general y asistentes para cada áreas

Se contrataran:

• asistente ejecutivo bilingüe

• técnico en gestión comercial

• contador general.

• asistentes

DETALLES GASTO FIJO GASTO VARIABLE PATRIMONIO MONTO

ARRIENDO DE OFICINA  400.000

LUZ  40.000

AGUA  36.233

INTERNET  64.500

LINEA TELEFONICA 45.000

GASTO DE OFICINA  40.000

MUEBLES  385.000

SILLAS  70.000

NOTEBOOK  1.400.000

IMPRESORAS  500.000

GASTOS TRAMITES LEGALES CONSTITUCION, PATENTE Y OTROS  650.000

SUELDOS  4.500.000

TOTAL 8.130.000

COSTO INICIAL

JNK CONSULTORÍA Y ASESORÍA DE EMPRESA LIMITADA

Realizo una series pasos y formalidades legales como:

1. Constitución de de la sociedades:

Este documento es un contratos de que dejan los acuerdos como, que tipo de sociedad conformaremos, los aportes de capital de cada uno, La forma de repartición de las utilidades y cómo se responderá en caso de pérdida

2. Publicación diario oficial:

El Extracto de la Escritura Pública debe ser publicado en el Diario Oficial. Los socios de la empresa tienen un plazo de 60 días desde la fecha de la Escritura Pública para publicar el extracto en el Diario Oficial. El costo es 1 UTM o cero para las empresas cuyo capital es inferior a UF 5.000.

3. Inscripción en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces:

Para acreditar la existencia de la sociedad, los socios deberán llevar al menos dos copias del extracto de la escritura pública al Conservador de Bienes Raíces del domicilio de la sociedad, de manera de inscribirlo en el Registro de Comercio. El costo total de este trámite es de $ 70.000 aproximadamente

4. Protocolización:

Este proceso no es obligatorio pero sí muy útil. Consiste en llevar a la notaría todos los documentos hasta ahora obtenidos para que se genere un archivo que dé cuenta de los trámites efectuados y para mayor seguridad se guarda una copia en la misma notaría.

5. Inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos:

La solicitud de Inscripción en el Rol Único Tributario (RUT) es un trámite que se realiza en cumplimiento de lo señalado en el artículo 66 del Código Tributario y se solicita simultáneamente con el aviso de Inicio de Actividades.

Este trámite marca el inicio de tus obligaciones como contribuyente sujeto a impuestos. La Declaración de Inicio de Actividades debe entenderse como la formalización ante el SII de la intención de emprender cualquier tipo de actividad comercial o profesional por el formulario 4415.

6. Tramites de patente municipal:

El permiso necesario para emprender cualquier actividad comercial que necesita un local fijo. Lo otorga la municipalidad del lugar donde se instalará el negocio.

Nuestra empresa tramito por la patente profesional en la comuna de Santiago centro, los requisito que nos pidieron fue:

Escritura de constitución de sociedad,

protocolización del extracto y publicación en Diario Oficial, si la solicitud corresponde a una persona jurídica.

• Inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), que lo autoriza a iniciar cualquier emprendimiento comercial, si es que pide patente por primera vez.

• Documento que acredite el título por el que se ocupa el local: contrato de arriendo, certificado de dominio, etc

CONTRATO DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

En Santiago , a 28 de junio de 2015 Comparecen don/ña Natalia xxx, de nacionalidad chilena , de profesión contador general, estado civil soltera, domiciliado/a en Manuel Montt Nº 0152, oficina/departamento Nº 13, de la ciudad de Santiago, cédula nacional de identidad Nº 17.333.222-3, y don/ña Juan xxx, de nacionalidad chileno, de profesión contador general, estado civil soltero, domiciliado/a en la dehesa , Nº 1530, oficina/departamento Nº 23, de la ciudad de Santiago, cédula nacional de identidad Nº 17.444.555-4, y don/ña Kenji kohatsu buratovich, de nacionalidad chileno, de profesión contador general, estado civil soltero, domiciliado/a en los leones , Nº 777, oficina/departamento Nº 55, de la ciudad de Santiago, cédula nacional de identidad Nº 18.656.223-8, todos mayores de edad, y exponen que han convenido en el siguiente contrato de sociedad: PRIMERO: Por el presente instrumento, los comparecientes constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada, en conformidad a las prescripciones de la ley Nº 3.918 de Marzo de 1932 y sus modificaciones, teniendo además , presentes las disposiciones del Código Civil y de Comercio que versan sobre la materia, en todo lo que no se hubiese estipulado en este contrato. SEGUNDO: El objeto de la sociedad es asesoría y gestión de empresas y toda otra actividad relacionada con lo anterior. TERCERO: La razón social será "JNK consultoría y asesoría de empresa Limitada". Sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de "JNK consultoría y asesoría de empresa Ltda.". CUARTO: La administración y el uso de la razón social corresponderán al socio don/ña Kenji Kohatsu Buratovich, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos; y sin que la enumeración sea taxativa, podrá comprar toda clase de establecimiento, negocios, marcas, patentes, derechos y privilegios sobre productos o materias primas; comprar y vender bienes raíces y muebles y darlos y tomarlos en arrendamiento; celebrar con bancos, instituciones financieras o de créditos, sociedades civiles y comerciales y personas naturales y jurídicas, según fuere procedente, contratos de préstamos, mutuos, depósitos, cuentas corrientes bancarias y mercantiles, de depósito y de crédito, girar y sobregirar en estas cuentas, girar, cobrar y depositar, endosar revalidar y protestar cheques, girar, aceptar, receptar , endosar en cobranza en garantía y documentos de embarque, retirar valores en custodia o en garantía; dar poderes generales y especiales, nombrar liquidadores y árbitros y darles el carácter de arbitradores y, en general, ejecutar toda clase de operaciones bancarias y comerciales que la práctica sancione, sin que la enumeración anterior importe limitación alguna. En el orden judicial tendrá todas las facultades que enumera el artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil en sus dos incisos, que se dan por expresamente reproducidas, con declaración de que la facultad de transigir comprende también la transacción extrajudicial. QUINTO: El capital social será la suma de $ 30.000.000.- (treinta millones de pesos), que se aporta en la siguiente forma: a) don/ña Natalia xxx suscribe el 50% en efectivo, pagado con la suma de $5.000.000- (cinco millones de pesos) en dinero efectivo que ha ingresado en la caja social; siendo el restante 50% a integrar dentro del plazo de 12 meses a la fecha de la firma del presente contrato. b) don/ña Juan xxx suscribe el 60 % en efectivo, pagado con la suma de $ 6.000.000- (seis millones de pesos) en dinero efectivo que ha ingresado en la caja social; siendo el restante 40% a integrar dentro del plazo de 12 meses a la fecha de la firma del presente contrato. c) don/ña Kenji Kohatsu Buratovich suscribe el 50 % en efectivo, pagado con la suma de $ 5.000.000- (cinco millones de pesos) en dinero efectivo que ha ingresado en la caja social; siendo el restante 50% a integrar dentro del plazo de 12 meses a la fecha de la firma del presente contrato. SEXTO: En caso de que los socios no integran las cuotas sociales suscritas por ellos, en el plazo

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