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CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD


Enviado por   •  16 de Julio de 2014  •  1.341 Palabras (6 Páginas)  •  350 Visitas

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El presente convenio se suscribe en fecha 08-ocho de julio del año 2014- dos mil catorce, entre

(“LA PARTE DIVULGANTE”), e Instalaciones Industriales Completas (“LA RECEPTORA”); al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:

D E C L A R A C I O N E S

I. DECLARA LA PARTE DIVULGANTE que para el inicio, desarrollo y cumplimiento de proyectos con la PARTE RECEPTORA, es necesario compartir cierta información de manera conjunta, razón por la cual se les tiene celebrando el presente convenio de confidencialidad.

II. Continúa declarando que dicha información es de naturaleza confidencial y que es su interés protegerla de divulgaciones no autorizadas.

III. Asimismo, manifiesta que el presente convenio de confidencialidad busca proteger los intereses mutuos de las PARTES, por lo que en lo sucesivo, se tendrá por “PARTES” lo siguiente:

a) PARTE DIVULGANTE. Tendrá tal carácter la parte que ponga a disposición de la otra parte información confidencial que, al hacerse del conocimiento de un tercero, sin su previo consentimiento, le ocasione un daño o perjuicio económico.

b) PARTE RECEPTORA. Tendrá tal carácter la parte que reciba a su resguardo información confidencial propiedad de la PARTE DIVULGANTE, la cual se obliga a no hacerla del conocimiento de un tercero, bajo pena de indemnizar a la PARTE DIVULGANTE en los términos y condiciones que en este convenio se establecen.

Expuesto lo anterior, las partes están conformes en obligarse de acuerdo con las siguientes:

C L Á U S U L A S

1. Confidencialidad

1.1 Definición. “Información Confidencial” significará toda la información y material que no sea del dominio público, relacionada con LA PARTE DIVULGANTE, sus afiliadas y/o subsidiarias, y sus respectivos productos y servicios; ya sea que conste en documentos, medios electrónicos o magnéticos, discos ópticos; microfilmes, películas u otros instrumentos similares, o bien que se transmita en forma oral, sin limitación alguna e independientemente de que esté o no específicamente etiquetada como “confidencial”, incluyendo: a) toda la información y materiales relacionados con sus negocios, planes, prospectos, personal, contratistas y términos contractuales; b) todos los secretos comerciales, tecnología, planos, técnicas y métodos; c) toda la información y materiales relativos a procedimientos de negocios, impuestos, estructura, organización y dirección de la entidad; y d) toda la información y materiales relativos a planes, prospectos, proyecciones, presupuestos, mercados y planes de mercadeo, financieros, técnicos y comerciales. La Información Confidencial no incluirá información, datos técnicos o tecnología que (i) ya estuviera en poder de LA RECEPTORA en el momento en que se le proporcione, según lo acredite con los expedientes y registros inmediatamente previos a la revelación; (ii) con anterioridad a o después del momento de la revelación, se convierta en parte del conocimiento o literatura pública, pero no como resultado de un acto u omisión de LA RECEPTORA en incumplimiento de este convenio; o (iii) su divulgación sea aprobada por escrito por LA PARTE DIVULGANTE.

1.2 No Divulgación de la Información Confidencial. LA RECEPTORA conviene en no usar la Información Confidencial para ningún propósito distinto al establecido en el presente. LA RECEPTORA no divulgará la misma a terceros (excepto a los Consejeros, funcionarios, empleados, asesores y agentes de LA RECEPTORA que requieran tener la información para llevar a cabo el objeto establecido en el presente). LA RECEPTORA ha hecho o hará que (antes de recibir de LA PARTE DIVULGANTE cualquier Información Confidencial) sus Consejeros, funcionarios, empleados, asesores y agentes a quienes les proporcione Información Confidencial, firmen un Convenio de Confidencialidad con un contenido similar al del presente; y notificará por escrito inmediatamente a LA PARTE DIVULGANTE el nombre de cada una de las personas que firmen dicho convenio tan pronto como esto haya sucedido. Sin perjuicio de las penas en que pudiera incurrir conforme al Capítulo I del Título Noveno del Código Penal Federal, LA RECEPTORA se obliga y hará que las personas autorizadas se obliguen a tomar todas las medidas razonables para proteger la confidencialidad y evitar la divulgación o uso de la Información Confidencial, con el objeto de impedir que caiga en el dominio público o en posesión de personas distintas a las autorizadas para tener dicha Información conforme al presente.

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