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Caso práctico Master Dirección y Gestión de RRHH


Enviado por   •  25 de Diciembre de 2022  •  Prácticas o problemas  •  1.293 Palabras (6 Páginas)  •  118 Visitas

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Asignatura

Datos del alumno

Fecha

Dirección internacional de personas.

Apellidos:

 11-12-2022

Nombre:

Caso práctico 1[pic 1]

Negociación colectiva en el ámbito internacional: El Comité de Empresa Europeo.

La empresa elegida es Banco Santander, en base a la noticia publicada en La Vanguardia (2022) “El Banco Santander en Brasil impuso una reducción salarial del 55% a 40 líderes sindicales y trabajadores, después de que presentarán una demanda legal para que se les pagarán horas extras”. A continuación, analizaremos diversos aspectos que influyen en la negociación colectiva, así como las similitudes y diferencias que hay entre España y Brasil, países en los que opera El Banco Santander.

En primer lugar, cabe resaltar que España se apoya en la legislación laboral europea. Esta reconoce el derecho a la huelga y a sindicarse para la defensa de los intereses de los trabajadores (Art 28 CE) además el país cuenta con un ET que lo salvaguarda. En cuanto a Brasil y al ámbito latinoamericano, el impacto que tuvo la globalización y su consecuente movilidad laboral debilitaron la legitimidad de protección a los trabajadores permitiendo la violación de los derechos con el fin de evitar el aumento del desempleo (Tokman, 2007). Brasil es además un país que no cuenta con el derecho a hacer huelga y estar afiliado a un sindicato conlleva penalizaciones (pagar menos a sus afiliados o dirigentes p.ej).

Según la Confederación Sindical Internacional (2022) Brasil es considerado como uno de los 10 peores países del mundo para los trabajadores debido a sus medidas de discriminación antisindical y a la violación de los convenios colectivos. Esto queda reflejado en la investigación publicada por El Departamento de Estadística y Estudios Socioeconómicos de Brasil (DIEESE) sobre iniciativas sindicales para aminorar las consecuencias de la pandemia que encontró que tanto el gobierno como las propias empresas no solo no estaban a favor sino que, sus iniciativas eran en perjuicio de los trabajadores (despidos, reducción de salario…).

Respecto a las irregularidades en el caso de Banco Santander Brasil, si las horas extras fueron debidamente autorizadas, el hecho de no pagarlas podría causar inconvenientes al empleador. El trabajador en activo tendrá todo el derecho de acudir a una Junta de Conciliación y Arbitraje a reclamar el pago del tiempo extraordinario laborado (en España) sin que esto suponga ningún perjuicio al empleado. En definitiva, Santander no cumple con el Acuerdo Marco Internacional (OIT, 2007), es decir, no mantienen los estándares mínimos comunes de relaciones laborales en los dos países, en este caso en España sí pero en Brasil no.

En cuanto a los sindicatos su función es defender los intereses económicos, profesionales y sociales vinculados a las tareas que llevan a cabo quienes la componen. Sin embargo, la defensa de estos derechos en ocasiones conlleva un riesgo “injustificado” para sus participantes ya que, suelen chocar con los intereses principalmente económicos de gobiernos y empresas que los consideran como amenazas potenciales. Esta situación se debe a que muchos de los compromisos establecidos mediante la firma de convenios internacionales como la Declaración de los Derechos y Principios Fundamentales de la OIT (Comité de libertad Sindical, 1998) son de naturaleza voluntaria y en la gran mayoría de casos la legislación nacional prevalece sin adecuarse a ellos y entrando en conflicto. De esta manera, la protección de los trabajadores sigue quedando a cargo de la legislación nacional cuyo contenido sobre los estándares laborales fundamentales muchas veces es limitado y se puede apreciar la presente falta de instrumentos coactivos para sancionar a los transgresores. (Bensusán,2009).

Partiendo de lo expuesto, queda demostrado que los sindicatos no ejercen apenas influencia, puesto que, aunque ganaron la sentencia, la cual decía que tenía que haber un aumento del grado salarial, el Banco Santander Brasil incumplió dicha orden. Lamentablemente se siguen dando situaciones mucho más extremas. La información recogida por la Confederación Sindical Internacional muestra que en las Américas es donde ocurren el mayor número de muertes y amenazas de muerte por motivos sindicales, mientras que en Europa las violaciones más frecuentes son los despidos (ITUC, 2007). Un claro ejemplo de la diferencia entre ambos países.

Otro factor a destacar por su gran influencia en las organizaciones es la cultura empresarial. Una multinacional además de una cultura organizacional común posee a su vez diversas culturas nacionales propias de cada región que influyen y son influidas por la cultura organizacional de la empresa, pudiendo afectar a la identidad de la misma. El reto consiste en adaptarse de manera que se mantenga un equilibrio y crear una cultura común compartida.

Para esto, empleando como base el modelo de Hofstede y comparando los resultados obtenidos en la “world values survey 6'' respecto a Brasil y España. Se encuentra que la cultura empresarial nacional brasileña se percibe como más jerarquizada (mayor distancia al poder). Mientras España obtiene menor puntuación por lo que se percibe que el empleado tiene mayor libertad para expresarse y ser escuchado. Por otro lado, España puntúa más alto en individualismo mientras que Brasil, así como el resto de países latinoamericanos es más común la prevalencia de la lealtad hacia el grupo. Por último, las puntuaciones en indulgencia también son superiores en Brasil. Esto obviamente tiene un impacto en la manera en la que son aceptadas por la sociedad distintas situaciones y desigualdades, así como la posibilidad de cambio o perpetuación de las mismas.

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