Derecho comercial resumen
Joel Mendoza MartinezResumen1 de Noviembre de 2021
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Resumen comercial 6 corte 1
Comerciante: son todas aquellas personas naturaleza o jurídicas que ejercen actos de comercio y hacen de él, su profesión, art 10
Cámara de comercio: son instituciones de orden legal con personería jurídica, creadas por el gobierno nacional, de oficio o a petición de los comerciantes del territorio donde hayan de operar. Dichas entidades serán representadas por sus respectivas presidentes
Derecho comercial: es el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales, y las relaciones jurídicas derivadas de las realizaciones de estos
Acto de comercio: es el ejercicio de las actividades comerciales, por la persona que lo cumple, estando sometidos a las normas del derecho comercial. Art 20
Establecimiento de comercio: conjunto de bienes organizados por el empresario, para realizar los fines de la empresa.
Empresa: actividad económica organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes para la prestación de servicios
Costumbre mercantil: es el conjunto de prácticas que se repiten y aplican reiteradamente por un grupo de personas frente a un hecho o tema determinado y adquieren obligatoriedad por el hecho mismo de ser una norma creada para uso sociales, siempre que estas no sean contrarias a la ley y se ejecuten de manera reiterada
Registro mercantil: es aquel en el que se inscriben los hechos y actos relativos a los empresarios individuales y a las sociedades mercantiles, con el fin de dar publicidad a los mismo de forma que puedan ser conocidos por las personas que contraten con ellos.
Matricula mercantil: es la inscripción que se hace en el registro mercantil de las personas naturales o jurídicas, que realizan actividades comerciales o mercantiles, así como de su establecimiento de comercio.
Capacidad legal: la capacidad legal de una persona consiste en poderse obligar por si misma y sin el ministerio o autorización de otra. La ley señala para que una persona pueda obligarse por si misma debe observarse lo siguiente: que sea legalmente capaz, que consienta en dicho acto o declaración y su consentimiento no adolezca de vacíos que recaiga sobre un objeto licito y tenga una causa licita
Incapacidad: es en términos generales la falta de aptitud legal para adquirir derechos o contraer obligaciones
Inhabilidades: constituyen unas limitantes para todos aquellos que no obstante su capacidad legal, no pueden sin embargo ejecutar determinados actos mercantiles, como sería por ejemplo el caso de un funcionario público que siendo plenamente capaz no puede celebrar ciertos contratos con la entidad donde elabora.
Persona natural: es todo individuo de la especie humana, cualquiera que sea su raza, sexo, estereotipo o condición
Persona jurídica: es una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones, y de ser representada judicial y extrajudicialmente.
¿Qué es el consentimiento? Es un concepto jurídico que hace referencia a la exteriorización de la voluntad entre dos o varias personas para aceptar derechos y obligaciones.
¿Qué es la ley comercial? Es un conjunto de elementos unitarios, ordenado y sistematizado de normas de derecho mercantil, es decir un cuerpo legal que tiene por objeto regular las relaciones mercantiles y comerciales.
¿Qué es el deber? Es una responsabilidad establecida previamente a su cumplimiento
Comprobante de contabilidad: es el documento que se debe elaborar previamente al registro de cualquier operación y en el cual se indicara el numero fecha origen descripción y cuantía de la operación.
Asiento de contabilidad: es el registro que se hace en la contabilidad de un hecho económico determinado en la empresa. Es contabilizar un movimiento en el cual debe reflejar todas las partidas que forman parte de una operación.
Objetivo del registro mercantil: tiene como objetivo llevar la matricula mercantil de los comerciantes personas naturales y jurídicas y de los establecimientos de comercio, así como la inscripción de todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exige esa formalidad, adicionalmente servir de medio legal de publicidad
Escritura social: en un instrumento público que contiene declaraciones de voluntades encaminados a producir efectos jurídicos y de ser otorgados ante un funcionario público denominado notario público.
Definición de superintendencia de industria y comercio: es la entidad adscrita el ministerio de comercio, industria y turismo, que atiende todo lo relacionado con el fortalecimiento del desarrollo empresarial y todo lo relacionado con el consumo de bienes y servicio.
Contraloría general de la república: es el máximo órgano de control fiscal del estado. Como tal tiene la misión de procurar el buen uso de los recursos y bienes públicos y contribuir a la modernización del estado, mediante acciones de mejoramiento continuo en las distintas entidades publicas
Que es la contabilidad: Es el sistema de control y registro de los gastos e ingresos y demás operaciones económicas que se realizan dentro de una empresa o entidad.
Libros de comercio: para todos los efectos legales, cuando se haga referencia a los libros de contabilidad se entenderán por tales los que determine la ley como obligatorios y los auxiliares necesarios para el completo entendimiento de aquellos.
Clase numero 1
Articulo 1 APLICABILIDAD DE LA LEY COMERCIAL Los comerciantes y los asuntos mercantiles se regirán por las disposiciones de la ley comercial, y los casos no regulados expresamente en ella serán decididos por analogía de sus normas.
ARTICULO 2 APLICACION DE LA LEGISLACION CIVIL En las cuestiones comerciales que no pudieren regularse conforme a la regla anterior, se aplicarán las disposiciones de la legislación civil.
ARTICULO 10. <COMERCIANTES - CONCEPTO - CALIDAD>. Son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles.
La calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad mercantil se ejerza por medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona.
ARTICULO 11. <APLICACION DE LAS NORMAS COMERCIALES A OPERACIONES MERCANTILES DE NO COMERCIANTES>. Las personas que ejecuten ocasionalmente operaciones mercantiles no se considerarán comerciantes, pero estarán sujetas a las normas comerciales en cuanto a dichas operaciones.
ARTICULO 12. <PERSONAS HABILITADAS E INHABILITADAS PARA EJERCER EL COMERCIO>. Toda persona que según las leyes comunes tenga capacidad para contratar y obligarse, es hábil para ejercer el comercio; las que con arreglo a esas mismas leyes sean incapaces, son inhábiles para ejecutar actos comerciales.
El menor habilitado de edad puede ejercer libremente el comercio y enajenar o gravar, en desarrollo del mismo, toda clase de bienes.
Los menores no habilitados de edad que hayan cumplido 18 años y tengan peculio profesional, pueden ejercer el comercio y obligarse en desarrollo del mismo hasta concurrencia de dicho peculio.
Los menores adultos pueden, con autorización de sus representantes legales, ocuparse en actividades mercantiles en nombre o por cuenta de otras personas y bajo la dirección y responsabilidad de éstas.
ARTICULO 13. <PRESUNCION DE ESTAR EJERCIENDO EL COMERCIO>. Para todos los efectos legales se presume que una persona ejerce el comercio en los siguientes casos:
1) Cuando se halle inscrita en el registro mercantil;
2) Cuando tenga establecimiento de comercio abierto, y
3) Cuando se anuncie al público como comerciante por cualquier medio.
ARTICULO 14. <PERSONAS INHABILES PARA EJERCER EL COMERCIO>. Son inhábiles para ejercer el comercio, directamente o por interpuesta persona:
1) Los comerciantes declarados en quiebra, mientras no obtengan su rehabilitación;
2) Los funcionarios de entidades oficiales y semioficiales respecto de actividades mercantiles que tengan relación con sus funciones, y
3) Las demás personas a quienes por ley o sentencia judicial se prohíba el ejercicio de actividades mercantiles.
Si el comercio o determinada actividad mercantil se ejerciere por persona inhábil, ésta será sancionada con multas sucesivas hasta de cincuenta mil pesos que impondrá el juez civil del circuito del domicilio del infractor, de oficio o a solicitud de cualquiera persona, sin perjuicio de las penas establecidas por normas especiales
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