ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

RESUMEN DERECHO COMERCIAL


Enviado por   •  10 de Junio de 2022  •  Resúmenes  •  1.376 Palabras (6 Páginas)  •  41 Visitas

Página 1 de 6

RESUMEN DERECHO COMERCIAL

  • Derecho: conjunto de normas que rige la conducta de una sociedad logrando el bien común – organizar la sociedad

Clasificación del derecho:

  • Positivo: conjunto de normas que regulan la sociedad – ej: ley general de sociedades
  • Publico: conjunto de normas que regulan las relaciones jurídicas del estado con otros estados
  • Privado: conjunto de normas que regulan las relaciones jurídicas entre personas jurídicas y humanas de carácter privado
  • Natural: conjunto de normas universales – ej: derecho a la vida
  • Objetivo: conjunto de normas que regulan la sociedad – ej: leyes
  • Subjetivo: conjunto de normas que da a las personas la aptitud, capacidad o facultad de ejercer los derechos que las leyes nos otorgan

Derecho comercial: rama del derecho privado. Conjunto de normas que regulan las relaciones jurídicas entre personas dentro de la actividad comercial

Fuentes del derecho: [pic 1][pic 2]

  • Ley: surge de una autoridad competente (congreso).

Porque la CN es la fuente del derecho? Porque es la que faculta al poder legislativo a sancionar las leyes

  • Jurisprudencia: fallos dictados por jueces que son utilizados para casos futuros similares
  • Doctrina: interpretaciones de entendidos en la materia
  • Usos y costumbres: conductas repetidas por un grupo social y aceptadas como necesarias. Su función es cubrir las lagunas del derecho

Fuentes del derecho comercial: CN/Leyes comerciales/leyes civiles/jurisprudencia/doctrina/usos y costumbres

Ley Gral de Sociedades:

ART 1º Habrá sociedad si una o más personas en forma organizada conforme a uno de los tipos previstos en esta ley, se obligan a realizar aportes para aplicarlos a la producción o intercambio de bienes o servicios, participando de los beneficios y soportando las pérdidas.

 La sociedad unipersonal sólo se podrá constituir como sociedad anónima, no puede constituirse por una sociedad unipersonal.

Tipos Legales:

  1. Sociedad colectiva
  2. Sociedad en comandita simple
  3. Sociedad de capital e industria
  4. SRL
  5. SA
  6. Sociedad en comandita por acciones

Responsabilidad de los socios:

- Responsabilidad Ilimitada: los acreedores pueden ir contra los bienes personales de los socios.

 - Solidaria: el acreedor puede ir en contra de los bienes de 1 de los socios (el que tenga más posibilidades de cancelar la deuda y luego le cobrará/pedirá el reintegro a los demás socios) Ese socio que responde en forma solidaria, lo hace con ambos bienes (personales y sociales). Si son varios socios voy a elegir al que tenga un mayor patrimonio.

-responsabilidad mancomunada: todos responden por el % que este determinado en el contrato.

 - Subsidiaria: implica que los socios tienen la facultad de solicitar que primero se cancele la obligación con los bienes de la sociedad y luego si con esos no se puede responder ya que no alcanza, se vaya con los bienes personales. Es una facultad que se le da a los socios para que sus bienes personales estén protegidos.

 - Responsabilidad Limitada: los socios son responsables en forma limitada. Los socios NO responden con bienes personales, solo con los bienes de la sociedad. Responsabilidad Limitada a los aportes suscriptos. Una SA responden solo con los bienes de la sociedad

Suscripción de aportes: bienes que el socio promete aportar

Integración de aportes: cumplimiento de los aportes que prometieron

Puede realizarse el 25% al momento de la constitución de la sociedad y el 75% restante en un plazo de 2 años que es lo que estipula la ley

¿Qué es una sociedad? ART 2º La sociedad es un sujeto de derecho con el alcance fijado en esta Ley. Es una persona jurídica (sujeto del derecho) capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones de acuerdo al objeto por el cual fue constituida.

ART 3º — Las asociaciones, cualquiera fuere su objeto, que adopten la forma de sociedad bajo algunos de los tipos previstos, quedan sujetas a sus disposiciones.

ART 4º constitución— El contrato por el cual se constituya o modifique una sociedad, se otorgará por instrumento público o privado. Excepción: la SA se tiene que constituir por instrumento público.

 - Instrumento público: se realiza a través de un funcionario público. Por ejemplo: acta de nacimiento, porque hay un funcionario responsable de esa inscripción; registro de la venta de un automotor, escribano.

- Instrumento privado: se constituye sin requerir un funcionario público. es un acuerdo entre las partes.

Pasos para la constitución de una sociedad:

Una sociedad se constituye por un inst público o privado >> se firma y se registra >> a partir de ahí la sociedad tiene vida

ART 5º — El acto constitutivo, su modificación y el reglamento, si lo hubiese, se inscribirán en el Registro Público del domicilio social y en el Registro que corresponda al asiento de cada sucursal

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (8.9 Kb)   pdf (66.7 Kb)   docx (13.9 Kb)  
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com