Legislacion Publicitaria En Mexico
Marco07212 de Noviembre de 2012
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“LEGISLACIÓN PUBLICITARIA EN MÉXICO”
La publicidad, es un arma de la mercadotecnia la cual conjunta todas las actividades necesarias para presentar a una audiencia un mensaje impersonal y pagado por un patrocinador identificado que se refiere a un producto o a una organización.
La relación que guarda la publicidad con consumidores potenciales de un producto o servicio, es muy estrecha, por tal motivo, la forma en que se presentarán los anuncios publicitarios (radio , tv, medios gráficos, etc) deberán cubrir una serie de requisitos.
No obstante, todas las agencias publicitarias en la República Mexicana, deberán estar afiladas a la Asociación Mexicana de Agencias de Publicidad, Consejo Nacional de Publicidad y a la Asociación Nacional de la Publicidad. Ya que gracias a estas afiliaciones se podrá tener un estándar de formato para hacer publicidad en México.
Las siguientes son Regulaciones disponibles en materia de publicidad en México
* Ley Federal de Radio y Televisión.
* Ley de Espectáculos Públicos del Distrito Federal (14 Enero 1997).
* Ley General de Salud (DOF 7 Febrero 1984); la Ley General de Salud contiene disposiciones en Materia de Publicidad.
* Ley de Salud para el Distrito Federal (15 Enero 1987)
* Ley Federal de Protección al Consumidor (24 Diciembre 1992; con reformas).
* Ley Federal de Aeropuertos (Publicidad en Aeropuertos).
* Ley Federal de Derechos y otras disposiciones fiscales.
* Ley Bancaria (Publicidad de los Bancos, Artículo 94)
* Estatuto Orgánico de la PROFECO en materia de Comunicación Social.
* Reglamento De La Ley Federal de Radio Y Televisión y de la Ley de la Industria Cinematográfica, Relativo al Contenido de las Transmisiones en Radio y Televisión.
* Reglamento de Anuncios para el Distrito Federal (2 Septiembre 1988).
* Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Control Sanitario de la Publicidad (DOF 26 Septiembre 1986).
* Reglamento de Publicidad para Alimentos, Bebidas y Medicamentos (expedido el 26 de Septiembre de 1986; reformas 10 Junio 1993).
* Reglamento sobre Promociones y Ofertas (26 Septiembre 1990).
* Circular que contiene disposiciones de carácter general aplicables a la publicidad y propaganda en materia de fianzas (DOF 14 Febrero 1991).
* Circular que contiene disposiciones de carácter general aplicables a la Publicidad y propaganda en materia de seguros (DOF 13 Febrero 1991).
* Circular CONSAR. Reglas Generales sobre Publicidad y Promociones que realicen las Administraciones de Fondos para el Retiro (DOF 10 Octubre 1996).
* NOM – Existe una Norma Oficial Mexicana similar a las normas ISO (International Standards Organization), en varias materias: en publicidad aplican diversas normas, singularmente en materia de empaquetado y de leyendas relativas a productos
En todas estas leyes podemos encontrar que la publicidad debe:
* Ser congruente con su uso, aplicación o prestación de servicio.
* Ser orientadora y educativa.
* No atentar o poner en riesgo la seguridad o integridad de las personas.
* No inducir a error u ocultar contraindicaciones.
* No utilizar publicidad subliminal.
Propósitos de la regulación (Arts.16-19):
* Congruencia entre los estudios realizados y el servicio que se ofrece.
* Evitar prácticas riesgosas.
* Detección de servicios fraudulentos.
* Evitar publicidad engañosa.
La publicidad para :
Alimentos y bebidas no alcohólicas (Arts. 23-26):
* No deben atribuirles un valor nutrimental superior que los alimentos naturales.
* No promover hábitos de alimentación nocivos.
* No asociarse con alcohol o tabaco.
* Incluir mensaje precautorio promotor de buenos hábitos higiénicos y alimenticios.
* Se regula la publicidad de fórmulas para lactantes.
Suplementos alimenticios (Arts. 27-28):
* Su finalidad debe ser incrementar la ingesta dietética total.
* Se sujeta a autorización previa la publicidad
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