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Mediación Virtual


Enviado por   •  21 de Agosto de 2018  •  Ensayos  •  1.339 Palabras (6 Páginas)  •  118 Visitas

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DERECHO

“Mediación Virtual”

MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN

Bryan Gabriel                Ñaupa Barreda

X Semestre

2018

“El alumno declara haber realizado el presente trabajo de  acuerdo a las normas de la Universidad Católica San Pablo”

MEDIACIÓN VIRTUAL

La mediación puede ser definida como un procedimiento informal y flexible, que no puede dejar enmarcado dentro de reglas fijas únicas. En efecto, en cada proceso de mediación se dan múltiples características propias que no permiten asimilar un proceso anterior a casos futuros.[1] 

Por otra parte, no es un secreto que estamos viviendo una época donde Internet se ha vuelto necesaria en la vida cotidiana de las personas, hoy en día todos hacemos uso de la red y de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC). En consecuencia, las MARC no se quedan de lado a este efecto, por lo que apareció lo que en España y Estados Unidos se denomina como Online Dispute Resolution (ODR)  o, en español, Resolución de Disputas en Línea (RDL), por medio del cual se realizan las MARC a través de herramientas como la videoconferencia.[2] 

En atención a lo explicado en el párrafo anterior, la RDL cuenta con algunas diferencias abismales de los MARC clásicos; en primer lugar, se tiene que ya no hay necesidad que las partes y el tercero neutral hagan uso de su tiempo y dinero  para reunirse en el mismo espacio físico y a la misma hora; en segundo lugar, se tiene que, en consecuencia de la anterior diferencia, ya no sería necesaria tampoco una comunicación presencial entre las partes, por lo que es normal que existan opiniones divididas en cuanto a esta diferencia ya que lo esencial de la Mediación es su comunicación. [3]

Sin embargo, en un supuesto donde ambas partes se encuentren en áreas geográficas distintas y hubo una disputa que se originó en una transacción en línea y, por ende, ambas partes no se llegaron a conocer personalmente o simplemente una de las partes se rehúsa a  reunirse para poner solución al conflicto suscitado, la mediación virtual tiene relevancia. Actualmente, varias empresas y compañías de Internet (como Ebay) implantaron una lista de mediadores capacitados para solucionar conflictos en línea, actualmente, también se utiliza para conflictos laborales y de familia. [4]

Sin embargo, debe considerarse que un papel importante del mediador es de generar confianza en las partes para establecer una buena relación, cosa que es más compleja en una mediación virtual ya que, como lo mencioné, el mediador ni las partes no van a poder tener un contacto personal, por lo que estas conversaciones carecen de confianza y son propensas a malentendidos. Se debe considerar también que los mediadores virtuales deben recibir una capacitación más cuidadosa y avanzada ya que deben procurar que las partes se sientan más comprometidas con el acuerdo que han tomado, para lo cual deben generar diversas estrategias siendo una de ellas el ralentizar el ritmo de las respuestas que puedan brindar ante las diversas reacciones de las partes, nivelando de esta manera el “campo de juego”  entre ellas. [5]

A pesar de las ventajas que hemos podido observar de la mediación virtual y en general de las RDL, cabe mencionar algunas desventajas también. Diversos críticos consideran que la mediación virtual pierde la dinámica de la mediación tradicional al producirse a distancia y con una pantalla como barrera física, en lugar de la mediación presencial clásica. Al no existir una conexión ni un contacto personal previo entre las partes es difícil generar una buena relación y aún más, es difícil generar confianza, considerando también que la relación no tendrá un futuro tampoco. Otra desventaja también radica en la protección y confidencialidad de datos y comunicaciones, si bien en estos años avanzamos con el uso de la tecnología, también avanzaron los delitos informáticos con ella, por lo que no es novedad el ‘hackeo’ de datos  o diversas formas de violar el registro de comunicaciones, por lo que los registros de la mediación virtual deben tener un sistema de seguridad y resguardo adecuados y dispuestos a afrontar los diversos delitos informáticos. Por último, otra desventaja se encuentra referida al acceso a los ordenadores o dispositivos conectados a internet, debemos considerar la Brecha Digital que aun afronta Latinoamérica y sobre todo nuestro país (que es de un 30%) es aún grande, por lo que la mediación virtual no podría tener lugar en varias partes del Perú considerando que la brecha digital no sólo está referido a la falta de infraestructura y equipos digitales, sino también se encuentra referida al conocimiento referido a saber utilizar estos medios, por lo que estas tres desventajas son considerables en nuestro país siendo la más importante, en mi opinión la primera.[6] 

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