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Mercados Internacionales


Enviado por   •  23 de Septiembre de 2014  •  1.057 Palabras (5 Páginas)  •  141 Visitas

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Unidad 1. Leyes que impulsaron el comercio internacional colombiano

El comercio internacional colombiano ha venido pasado por una serie de etapas evolutivas que lo han llevado a reestructurar todo su marco legal a fin de adaptarlo a las nueva condiciones de las economías globalizadas, por lo tanto es de gran valor e importancia reconocer las normas que permitieron la vinculación de la economía colombiana a la economía globalizada.

Inicialmente se van a identificar las normas históricas colombianas, pero sin nombrarlas, ni profundizarlas todas, sólo se van a reconocer las más fundamentales e impactantes en el sector empresarial. Luego se pasa a la identificación de las normas marcos del impulso al comercio internacional y el marco legal de las operaciones cambiarias en Colombia, para después finalizar con el marco legal para el manejo de los aranceles en Colombia.

Marco histórico del comercio internacional

Ley marco de aduanas (ley 6 de 1971 Artículo 1)

Busca dictar todas las normas y disposiciones en materia arancelaria y régimen de aduanas, para lo cual se debe comprender que todas las actividades relacionadas, según la ley 6 de 1971 son:

a) Actualización de la nomenclatura, así como de sus correspondientes reglas de interpretación, notas legales y notas explicativas, para lo cual podrá adoptar las modificaciones que establezca el Consejo de Cooperación Aduanera de Bruselas y establecer las notas adicionales o complementarias de las notas legales que estime conveniente. b) Reestructuración de los desdoblamientos de las posiciones de la Nomenclatura, teniendo en cuenta las modificaciones que sea necesario introducir en las posiciones principales y la conveniencia de establecer desdoblamientos específicos respecto de determinadas mercancías según sea su importancia para el desarrollo económico del país.

c) Actualización de las normas de valorización de mercancías, para lo cual podrá incorporar los ajustes que periódicamente acuerde el Consejo de Cooperación Aduanera de Bruselas tanto de la definición del valor, como de sus respectivas notas legales e interpretativas y establecer los mecanismos y reglamentaciones conducentes a la percepción adecuada y regular de los gravámenes arancelarios. d) Restricción o derogatoria de exenciones de derechos arancelarios de importación, cuando sean incompatibles con la protección que debe otorgarse a la producción y al trabajo nacionales. e) Variación en la tarifa, con miras a la consecución de los siguientes objetivos: 1) Estimular el crecimiento económico del país, de acuerdo con los planes y programas adoptados para el desarrollo-económico y social. 2) Otorgar una razonable y adecuada protección a la industria nacional, en forma que le permita abastecer a precios justos las necesidades del consumo interno y competir satisfactoriamente en los mercados externos. 3) Regular las importaciones con miras al adecuado aprovechamiento de las disponibilidades de divisas. 4) Promover la sustitución de importaciones en los sectores de materias primas, bienes de consumo, intermedios y de capital, que puedan producirse económicamente en el país. 5) Propiciar las inversiones y propender por el empleo óptimo de los equipos existentes que incrementen la utilización de los recursos naturales, la creación de nuevas fuentes de trabajo y el aumento de las exportaciones. 6) Servir de instrumento de control en la política de precios internos que adelante el Gobierno en defensa del consumidor y velar por el

mejoramiento de la posición

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