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ASPECTOS GENERALES DE LA REFORMA LABORAL


Enviado por   •  1 de Diciembre de 2012  •  2.682 Palabras (11 Páginas)  •  383 Visitas

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ASPECTOS GENERALES DE LA REFORMA LABORAL

Pasamos a desarrollar, entre otras, las siguientes aspectos generales de interés para las empresas que son reguladas en el Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral:

1.- Se autoriza a las empresas de trabajo temporal (ETT), a actuar como agencias de colocación garantizando, a los trabajadores, la gratuidad del servicio.

2.- Se modifica la regulación del contrato de formación y aprendizaje.

3.-. Se potencia, y facilita el acceso de los trabajadores a la formación vinculada al puesto de trabajo, mediante la creación de un permiso retribuido de 20 horas anuales acumulables por periodos de 3 años, inscribiéndose la formación recibida por el trabajador a lo largo de su vida laboral, en una “cuenta de formación” vinculada al número de afiliación a la Seguridad Social.

4.- Se crea el contrato de trabajo de apoyo al emprendedor.

5.-. Se hace una breve regulación del teletrabajo, o “trabajo a distancia”.

6.- Se fijan bonificaciones por transformación de contratos en prácticas, de relevo y de sustitución en indefinidos.

7.- Se agiliza la tramitación para que la empresa pueda suspender el contrato, o reducir la jornada de trabajo. Si bien se mantiene el procedimiento administrativo, ya no es necesaria la autorización dela Autoridad Laboral para su ejecución. De alcanzarse un acuerdo con los trabajadores, se presumirá que concurre la causa justificativa de la suspensión o reducción de jornada. De no alcanzarse un acuerdo con los trabajadores durante el periodo de consultas, la empresa notificará su decisión a los trabajadores y ala Autoridad Laboral. Contra dicha decisión los trabajadores podrán reclamar ante la jurisdicción social, que declara la medida justificada o injustificada.

8.- Se reduce la indemnización por despido improcedente, ya sea disciplinario o por causas objetivas, a una cuantía equivalente a 33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año, hasta un máximo de 24 mensualidades. Dicha indemnización será de aplicación a los contratos suscritos a partir del 12/02/2012.

Para los contratos suscritos con anterioridad a la referida fecha del 12/02/2012, se calculará a razón de 45 días de salario por año de servicio, por el tiempo de prestación de servicios anterior al 12/02/2012, y a razón de 33 de salario por año de servicio, por el tiempo de prestación de servicios posterior, sin que dicho importe pueda ser superior a 720 días de salario, salvo que del cálculo de la indemnización por el periodo anterior resultase un número de días superior, en cuyo caso se aplicará éste como importe indemnizatorio máximo, sin que en ningún caso dicho importe pueda ser superior a 42 mensualidades.

9.- En la declaración de despido improcedente, se suprime el abono de los salarios de tramitación, salvo para los supuestos de readmisión, y para los despidos improcedentes de representantes legales de los trabajadores o delegado sindical.

TALMUD

Este nombre se deriva de la raíz hebrea lmd (enseñar) y equivale a " enseñanza". Con él se designa a una obra compuesta de varios tratados relativos a diversos aspectos de la vida, vistos en la perspectiva de la religiosidad judía.

Se trata en particular de normas que interpretan la ley mosaica, pero también de anécdotas. aforismos, anotaciones, que lo convierten en una especie de Summa del judaísmo. Los tratados son: Zeraim (semillas): sobre la agricultura: Moed (estaciones): sobre las festividades: Nashim (mujeres); sobre el matrimonio y el divorcio; Nezikim (daíios): sobre -las responsabilidades civiles y penales: Kodashim (cosas santas): sobre los lugares y los objetos sagrados y sobre los ritos; Torohot (purezas): a propósito de la limpieza ritual.

El Talmud se ha ido formando a través de un largo proceso de crecimiento mediante la aportación de sentencias de los más cotizados maestros del judaísmo, desde los tiempos de Esdras (por el 450 a.C.) hasta mediados del siglo VI d.C. El punto de partida es la legislación bíblica sobre la que los rabinos se pronunciaron, bien sea para precisar su contenido, bien para adaptarla a los nuevos cambios de vida. Hubo al principio una colección de sentencias, primero orales y luego escritas (la Misná), a la que se añadió un suplemento (la Tosefta), Sobre estas dos colecciones desarrollaron luego los rabinos sus reflexiones, dando origen a la Gemarah, de donde proviene el Talmud. Del Talmud existen dos recensiones: el «Talmud palestino» (o de Jerusalén fue recopilado en Palestina por el siglo 111 d.C.: la tradición lo atribuye a R. Johannan ben Nappoha, muerto en el 279): es incompleto, bastante descarnado, mal conservado, pero importante para seguir el desarrollo de la halakah y de la haggadah. Está además el «Talmud babilonio»., escrito en arameo en Mesopotamia, donde florecía una numerosa colonia judía con una renombrada escuela rabínica; el iniciador de este Talmud, según la tradición, fue R. Akira (muerto en el 247 a.C.), llamado «Rab», el maestro por excelencia, por su sabiduría. El Talmud babilonio es más rico, más completo, y está mejor conservado.

LA TORAH

La Torah, también conocida como La Ley de Moisés, es el documento más importante de la religión judía, el cual está escrito en hebreo. La Torah está compuesta por los cinco primeros libros de la Biblia (pentateuco): Génesis, Éxodo, Levítico, Números, y Deuteronomio. Estos libros contienen los 613 mandamientos de los judíos, así como la historia de los inicios de esta religión. De acuerdo con la visión judía, las historias relatadas en este documento, están en un orden conceptual más allá que cronológico.

De acuerdo con la visión judía los contenidos de la Torah fueron revelados por Dios a Moisés en el monte Sinaí alrededor del año 1280 a.c. Según los historiadores, esta fue escrita entre los siglos V a.c. y II a.c. Existen varias interpretaciones por parte de los judíos acerca del momento en que fue revelado el libro sagrado. La visión más radical, cree que la Torah fue revelada textualmente a Moisés palabra por palabra. La visión clásica en tanto, sostiene que fue revelada por Dios al patriarca a lo largo de toda su vida. Otra visión sostiene que fue escrita por Moisés, y que posteriormente fue continuada por Josué, quien fuera el lugarteniente de Moisés. A pesar de todas estas interpretaciones, existe la coincidencia en la gente de religión Judía en que

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