Anatomia Del Derecho Ambiental
1258078819 de Enero de 2014
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ASPECTOS NORMATIVOS RESPONSABLES DE LAS REGIONES AMBIENTALES EN VENEZUELA
El marco legal ambiental en Venezuela es considerado muy avanzado en términos de sus normas ambientales y de su alcance. La Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) de 1999, dedica todo un capítulo a los derechos ambientales (capitulo IX) en tal sentido en su artículo 127, contempla el derecho y el deber de cada generación de proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro.
Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado; el Estado tendrá el deber de proteger el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica; igualmente el Estado venezolano junto con la activa participación de la sociedad civil, deben garantizar un ambiente libre de contaminación y la protección especial de los recursos naturales.
Por otra parte, la Constitución en el artículo 107 establece que la educación ambiental es obligatoria en todos los niveles y modalidades del sistema educativo, así como en la educación ciudadana no formal. Este artículo formaliza la universalidad de la educación ambiental, debido a que se especifica como sujeto a ser educado ambientalmente, no sólo a los participantes del sistema escolarizado, sino a todos los venezolanos de toda condición y en todas las circunstancias de enseñanza y aprendizaje.
Así mismo, la nueva doctrina constitucional promueve y establece la participación ciudadana como política de estado en todos los ámbitos sociales y en especial en el de la gestión ambiental.
Otro aspecto de interés en la nueva Constitución es que asume los principios del desarrollo sustentable, al respecto los artículos 128 y 326 establecen que las políticas de ordenamiento del territorio y los principios de seguridad de la Nación estarán orientados por los principios del desarrollo sustentable. El mandato constitucional exige definir políticas institucionales que establezcan pautas claras para la implementación de procesos educativos y de participación, así como la integración de un enfoque de sustentabilidad en todas las acciones que conforman la gestión ambiental de la nación.
Es importante destacar que la constitución en su artículo 129 establece la obligación de efectuar un estudio de impacto ambiental y socio cultural a todas aquellas actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas, igualmente establece la obligación del Estado venezolano de impedir la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas.
En este mismo artículo se prevé la obligación, en los contratos que la República celebre con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras y en los permisos que se otorguen que afecten los recursos naturales, de considerar incluida aun cuando no estuviese expresa, la conservación del equilibrio ecológico, permitir el acceso a la tecnología y la trasferencia de la misma en condiciones mutuamente convenidas y de restablecer el ambiente a su estado natural si éste resultara alterado, en los términos que fije la Ley.
A lo largo del texto constitucional la variable ambiental se incluye en aspectos como la soberanía nacional, la política fronteriza, los hábitats indígenas, el régimen socioeconómico de la nación, y los estados de excepción, de lo cual se deduce que la materia ambiental constituye un eje transversal que debe ser considerado en las acciones de progreso de la nación bajo el enfoque del desarrollo sustentable.
Ahora bien, Venezuela cuenta con una legislación marco en materia de protección ambiental bien sistematizada, que incluye aspectos civiles, administrativos y penales, incluyendo los tratados internacionales, igualmente existe legislación sectorial en otras áreas relevantes para el desarrollo del país que contiene regulaciones en materia de protección ambiental.
Impacto social y ambiental de las Política de integración de los estados unidos ante Latinoamérica y Venezuela.
La política exterior Calderista en la promoción de la unidad latinoamericana y el nacionalismo democrático, promulgando a la vez la defensa de la soberanía sobre los recursos naturales de las naciones del Tercer Mundo, para asegurar que el producto de su explotación fuese destinado a su propio desarrollo.
Una vez consolidada la plataforma democrática en lo interno, el gobierno se propuso ampliar los nexos con el exterior, tratando de revertir los efectos causados por la política exterior de Betancourt. Se establecieron entonces relaciones diplomáticas con países de las más variadas inclinaciones ideológicas, entre los que destacan la República Popular de Hungría (1969), la República Democrática y Popular de Argelia (1971), Australia (31.5.1973); también se reanudaron con países como Perú (1969), Argentina (1969), la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (1970).
La política exterior de Caldera se centró también en la búsqueda de una solución a la controversia limítrofe mantenida con las Repúblicas de Colombia y Guyana, por lo que se optó por continuar las negociaciones sobre la delimitación de áreas marinas y submarinas con Colombia y diferir las discusiones con Guyana durante un lapso de 12 años, mediante la firma del llamado Protocolo de Puerto España firmado en 1970 tras el vencimiento del Acuerdo de Ginebra de 1966.
En marzo de 1974, Carlos Andrés Pérez asumió la presidencia de la República bajo condiciones internas que dieron a las relaciones exteriores de Venezuela un nuevo rumbo. En general se trató de una actitud de ampliación de las iniciativas adelantadas durante el período de gobierno de Caldera.
Esta actitud obedeció primordialmente a hechos de carácter económico entre los que destaca el estallido de la guerra árabe-israelí de 1973, pues dicho conflicto provocó un inesperado aumento en los precios del petróleo. Este acontecimiento fue complementado más tarde en Venezuela con la nacionalización petrolera en 1974.
Desde el punto de vista institucional se fortalecieron las relaciones con los países miembros de la OPEP y se declaró abiertamente la importancia de la riqueza petrolera como herramienta para establecer un nuevo orden económico internacional que permitiera el desarrollo de las naciones del Tercer Mundo.
La extensión de la política pluralista iniciada por Rafael Caldera se expresó en el restablecimiento de relaciones diplomáticas con Cuba en 1974. Como nota negativa se destacó un incidente diplomático que causó la suspensión de relaciones con Uruguay en 1976.
El diálogo Norte-Sur propuesto también por Caldera fue parcialmente sustituido por el entendimiento Sur-Sur. Con este fin, el presidente Pérez visitó gran número de países, entre los que se encuentran: Perú (1974), Colombia (1975, 1977 y 1978), México (1975), Panamá (1975 y1978), Argelia (1975), República Dominicana (1976 y 1977), Brasil (1977), Reino de Arabia Saudita (1977), Irak (1977) Irán. Visitó además España (1976), la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (1976), Italia (1976), Gran Bretaña (1976) y la Santa Sede, siendo el primer mandatario venezolano que lo hizo (1976).
En 1979 llegó a la presidencia Luis Herrera Campins inaugurándose otra etapa en la política exterior venezolana. A la base doctrinal fundada por Rafael Caldera se adicionó un nuevo principio: el de la institucionalización de la libertad y la democracia.
Esta orientación significó un paso decisivo del gobierno para promocionar el ascenso al poder de gobiernos demócrata-cristianos en el área de Centroamérica y el Caribe. Esta política, apoyada inicialmente por Estados Unidos, se abandonó tras la derrota de José Napoleón Duarte y el triunfo de un sector ultraderechista en El Salvador.
Un cambio circunstancial de orientación fue evidente durante la guerra de las Malvinas, en 1982, cuando Venezuela ofreció su apoyo absoluto a la dictadura militar que gobernaba para ese momento en Argentina. Respecto a la política de fronteras, el gobierno se vio en la obligación de sortear el problema de la delimitación marítima con Colombia, y la reclamación del Esquivo. Sobre lo primero, se logró en octubre de 1980 un proyecto de acuerdo, conocido como Hipótesis de Caraballeda el cual fue rechazado por considerarse que lesionaba la integridad territorial del país en el área del golfo de Venezuela.
En cuanto a la reclamación del Esquivo, se decidió no prorrogar el Protocolo de Puerto España. En el plano diplomático, Herrera Campins visitó Costa Rica (1980), Honduras (1980 y 1982), México (1981), Nicaragua (1980 y 1982), Colombia (1983) y la República Federativa de Yugoslavia (1983).
La grave crisis económica originada en 1983 como consecuencia de la caída de los precios del petróleo, unida a una fuerte devaluación del Bolívar en relación al Dólar, llevó al gobierno de Jaime Lusinchi a dejar en segundo plano el desarrollo de una política exterior estructural, por lo que el desarrollo fue coyuntural.
Aun cuando se preservaron los principios básicos de la diplomacia desarrollada en la década de 1970, reivindicados por la Cancillería de Herrera Campins en la segunda mitad de su administración, la política exterior no mantuvo la misma profundidad, debido a las dificultades económicas ya señaladas.
Se intensificaron los viajes de las misiones económicas que buscaban un acuerdo de refinanciamiento de la deuda con la banca acreedora internacional.
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