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Autoevaluacion 1 DERECHO I. PRIVADO

ancelabiga23 de Junio de 2014

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AUTOEVALUACIÓN DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

TEMA I CIENCIA DEL DERECHO

1. ¿Qué es el derecho?

El Derecho es el conjunto de normas jurídicas generales positivas que surgen de la sociedad como un producto cultural generada dentro de leyes y que tienen la finalidad de regular la convivencia entre los miembros de esa sociedad—las personas—y de estos con el Estado. –

2.¿Cuàl es el derecho positivo?

El Derecho Positivo es el conjunto de disposiciones legales escritas, vigentes en un Estado, dictadas por sus órganos competentes; en general el Poder Legislativo, Congreso o Parlamento, de aplicación coactiva a sus habitantes, y que éstos deben cumplir, sin poder alegar su desconocimiento, pues se publican antes de entrar en vigencia.

3. ¿Cuáles son los tipos de Derecho como ciencia?

La ciencia del Derecho cumple con las etapas que le dan el carácter científico del fenómeno estudiado, o sea que tiene un objeto de estudio, tiene sus métodos de investigación y enuncia leyes y/o principios generales.

Entendemos que el Derecho se relaciona con las demás ciencias por su objetividad, sea pública o privada.

4. ¿Por qué se dice que el Derecho es ciencia?

El derecho se define como ciencia, porque constituye un conjunto de

conocimientos ordenados, sistematizados, de carácter racional de los hechos

o fenómenos sociales que tienen implicancias jurídicas o de las operaciones

generales por esos mismos hechos los cuales constituyen sus objetos o campos

de estudio, además se rigen por principios.

El derecho es una ciencia que está basado en los hechos y no en la teoría y constituye un conjunto de conocimientos ordenados y sistematizados.

5. ¿Cuáles son las distinciones del Derecho Internacional Privado y el Derecho Interno?

El derecho público tiene carácter exclusivamente territorial; el derecho privado se aplica normas y leyes extranjeras donde el sujeto pertenece.

6. ¿De qué trata el Derecho Interno Público?

Este comprende todas las reglas que dentro de un estado determinado presiden la Organización misma de ese estado y reglamenta las relaciones del estado y sus funcionarios con los particulares del Estado.

7. ¿Cuál es el Derecho Interno Privado?

Derecho interno privado

Reglas que Gobiernan relaciones entre individuos dentro de un estado cuyas fuentes y Sanciones son propias de ese estado. Particulares como personas físicas o como colectividades.

El derecho civil constituye dentro del derecho interno privado lo esencial de todas esas reglas del derecho civil, por eso se dice que es el derecho privado por excelencia.

8. ¿Qué es el Derecho Internacional Privado?

El Derecho Internacional Privado es la rama del derecho que se ocupa del estudio del llamado derecho de gentes o derecho que regula la situación jurídica de las personas en el ámbito internacional.

El objeto de estudio del Derecho Internacional Privado son las normas internas de los estados en materia civil, los tratados internacionales, los convenios y acuerdos entre las naciones, así como el papel que desempeñan los organismos internacionales en materia de regulación del derecho de las personas.

9. ¿Cuál es el Derecho Internacional Privado?

Rama del derecho que tiene por objeto resolver acerca de las normas que se aplican y los tribunales que conocerán los asuntos con elementos internacionales relevantes; regular los efectos de las sentencias extrajeras y determinar la nacionalidad de las personas naturales y jurídicas y la condición jurídica de los extranjeros.

10. ¿Cómo se dividen el Derecho Internacional Privado?

EL DERECHO INTERNACIONAL POR SU CONTENIDO SE DIVIDE EN:

• ADMINISTRATIVO, normas que reglamentan el funcionamiento de los organismos internacionales.

• PENAL, conjunto de sistemas que tienen como objetivo sancionar y reprimir la delincuencia internacional.

• CONSTITUCIONAL, se refiere a la inserción de normas fundamentales adoptadas por el derecho internacional en el derecho público de cada estado.

• ECONÓMICO, conjunto de tratados convenios y prácticas que regulan el aspecto económico de las relaciones entre los estados.

11. ¿Cuál es el objeto del DIP?

El objeto de estudio del Derecho Internacional Privado son las normas internas de los estados en materia civil, los tratados internacionales, los convenios y acuerdos entre las naciones, así como el papel que desempeñan los organismos internacionales en materia de regulación del derecho de las personas.

12. ¿Cuáles son los conflictos que se presentan ante las Leyes?

Es la situación que se produce a causa de las legislaciones aplicables sucesivamente en un mismo lugar o en lugares distintos, o también en un mismo lugar con referencia a grupos distintos de individuos, ósea, que los conflictos de leyes nacen o surgen de las diferencias entre las legislaciones.

Conflictos de Leyes en el tiempo: es el conflicto entre dos leyes sucesivas de un mismo país.

Cuando una ley modifica o deroga otra anterior, no hay conflicto alguno: la única ley vigente es la última. Sólo puede existir un conflicto de leyes de tiempo cuando la constitución estableciera normas de derecho transitorio, en este caso la ley anterior no podría ser derogada sino en la medida que lo permitiera el texto constitucional, que le estaría prestando vigor, no obstante haber sido sustituida por una ley nueva. Son contadas las constituciones que contienen normas de derecho transitorio.

Conflictos de Leyes en el espacio: es el conflicto entre las leyes que se hayan simultáneamente en vigor en dos lugares distintos.

Conflictos de Leyes personales: es el conflicto entre las leyes de los diversos grupos en que las colonias y países de protectorado continúan sometidos al régimen de personalidad del derecho, ej, Los musulmanes y los Israelitas.

Cuando surge un conflicto entre diferentes legislaciones, es necesario determinar que norma jurídica tiene vigencia cuando normas jurídicas de más de un Estado pretenden regir una relación concreta para resolver el conflicto.

13. ¿Cuál es la finalidad del Derecho Internacional Privado?

Resolver conflictos de jurisdicción internacionales; conflictos ley aplicable y los conflictos de ejecución y determinar la condición jurídica de los extranjeros.

14.- ¿Cuales son los métodos de estudio?

15. ¿Cuáles son los métodos de solución de conflictos?

La solución de conflictos constituye una de las principales funciones con que debe cumplir la diplomacia y para ello se ha oscilado entre el derecho y el uso de la fuerza con una instancia intermedia que es la negociación.

Los métodos de solución de conflicto pueden clasificarse en:

A. Procedimientos políticos o diplomáticos

B. Negociación

C. Mecanismos jurídicos

Paralelamente, a nivel regional, se han ido desarrollando distintos sistemas para la solución pacífica de controversias que consisten en convenios multilaterales que contemplan diversos mecanismos como los buenos oficios, la mediación, la investigación, la consulta, la conciliación y el arbitraje. Todos estos sistemas elaborados bajo el marco de la Carta de las Naciones Unidas y reconocidos y estimulados por dicha organización.

LAS SOLUCIONES NEGOCIADAS: Existen alternativas o elementos menos formales que la negociación, como la investigación, la consulta, los buenos oficios, la discusión y la concertación. Todos estos son a la vez una opción y un componente de la negociación. Sin embargo, la diferencia fundamental se establece entre las negociaciones conflictivas y las cooperativas. Pero antes de pasar a la tipología de la negociación enunciaremos sus elementos esenciales.

16. ¿Cuáles son los métodos de la relación jurídica que suscrito el conflicto de Leyes?

En principio, el Derecho internacional privado lo que efectivamente regula son los conflictos de leyes en el espacio. Se trata de resolver sí prevalece la ley que rige en el espacio o soberanía española o en el espacio de otro país. Las reglas de conflicto resuelven a que espacio hay que atenerse para resolver el caso planteado.

El conflicto de leyes por excelencia es el conflicto internacional, pero no es el único, junto a éste existen distintos tipos de conflictos de leyes:

Se ha visto que a los conflictos de leyes en el espacio se les denomina también conflictos INTER-TERRITORIALES y en estos casos se trata de saber qué reglas o qué leyes se han de aplicar cuando hay varias soberanías o Estados implicados. Ya que cada Estado tiene su propio Ordenamiento Jurídico.

Ahora bien, aparecen otros conflictos de leyes en aquellos Estados en que son plurilegislativos, es decir que tienen varias legislaciones dentro del mismo Estado, y en estos casos, pueden aparecer conflictos internos dentro de ese Estado, con lo que se estaría ante conflictos inter-estatales o inter-territoriales internos. Por ejemplo los conflictos que se dan entre legislaciones de Estados miembros de una Federación, como es el caso de Brasil, compuesto por una serie de Estados: Amazonas, Rio de Janeiro, Sao Paulo, Bahía... o el caso de Estados Unidos: Montana, Oregón, Texas, Nuevo México, Arizona..., o el caso de México, compuesto por una serie de Estados como Sonora, Veracruz, Chiapas, Jalisco... Los conflictos de leyes que se produjeran entre los diversos Estados serían intra-estatales o intra-nacionales.

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