Derecho Penal, Autoevaluacion 1
luunnaa8 de Noviembre de 2011
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AUTOEVALUACIÓN TEMA I
1. QUE SE ENTIENDE POR DOGMÁTICA JURÍDICO PENAL O CIENCIA PENAL?
La ciencia del derecho penal es el conjunto sistemático de principios relativos al delito, a la pena y a las medidas de seguridad. Por otro lado decimos que la ley tiene carácter de dogma ya que esta solo establece delitos y penas determinándolo así el Art. 14 constitucional
Art.. 14 constitucional.-A ninguna ley se dará efecto retroactivo en prejuicio de persona alguna.
Nadie podrá ser privado de la vida. De la libertad o de sus propiedades posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho. En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía y aun por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito que se trata. En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a la falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho.
La dogmático jurídico penal es la disciplina cuyo objeto consiste en descubrir, construir y sistematizar los principios rectores del ordenamiento penal positivo.
2. COMO SE DIVIDEN LOS CONCEPTOS JURÍDICOS?
Son instrumentos imprescindibles del jurista y del legislador para pensar y resolver cualquier problema jurídico.
Sujeto
- Supuesto
- Relación jurídica
- Objeto (prestación)
- Consecuencia
- Derecho subjetivo
- Deber jurídico
- Sanción/Coacción
- Cópula “deber ser”
Hecho
- Prestación
- Facultades (D. Subjetivo)
3. EXPLICA ¿QUÉ SIGNIFICA QUE EL DERECHO PENAL TENGA CARÁCTER PÙBLICO?
CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO PENAL
1-.Positivo o jurídico.-por que es un derecho escrito
2. -Publico.- subordinado
3. -Constitutivo o sancionador.-se aplica una sanción.
4.-Original. - por que es único
5. -Autónomo.- no depende de otra rama
6. -Normativo.- constituido por normas
7. -Valorativo.- se valora (pena mínima o máxima)
8. -Cultural.-difiere según la cultura.
9. -Finalista.- fin orden social
10. -Imperativo.- no se puede transigir.
11. -Personal.-no se puede acusar a agrupaciones.
12. -Social.-dirigida a toda la sociedad.
13. -Político.-
14. -Preventivo-
4. ¿QUÉ SE ENTIENDE POR DERECHO PENAL?
Conjunto de leyes que determinan los delitos y las penas que el poder social impone al delincuente.
Conjunto de reglas jurídicas establecidas por el Estado, que asocian el crimen como hecho, a la pena como legítima consecuencia."y las penas que el poder social impone al delincuente
5. ¿QUÉ PRETENDE PRESERVAR EL DERECHO PENAL?
6. CITE ALGUNAS RAMAS DEL DERECHO CON LAS QUE, EN SU OPINIÓN TIENE MÀS RELACIÓN EL DERECHO PENAL?
Si bien el Derecho es un todo, en el cual es imposible escindir totalmente unas normas de otras, por cuestiones didácticas, pedagógicas, y también prácticas a la hora de su aplicación, se lo divide en diferentes ramas. Con cada una de ellas el derecho penal tiene vinculaciones:
• Derecho constitucional: la Constitución de cada Estado es la que fija las bases y los límites a los que el derecho penal deberá sujetarse (limitaciones al ius puniendi), con principios como el de presunción de inocencia, debido proceso, entre otros.
• Derecho civil: muchas de las nociones que se utilizan en el derecho penal provienen o son definidas en el derecho civil. Para que haya adulterio, por ejemplo, debe haber matrimonio, y este es un concepto civil; o para que haya robo, debe haber propiedad.
• Derecho mercantil: sucede lo mismo que en el caso anterior. Podemos ejemplificar con el delito de estafa con cheque, para lo cual es necesario tomar del derecho comercial el concepto de cheque.
• Derecho administrativo: por una parte, el derecho penal protege la actividad administrativa sancionando las conductas que atentan contra su debido funcionamiento; por otra, generalmente, el hecho de revestir el autor del delito autoridad administrativa agrava la pena. Luego, el ejercicio de la persecución penal, al estar a cargo de órganos administrativos, acerca también a estas dos ramas del derecho. Por último, cuando los órganos administrativos imponen sanciones, se ha entendido que los principios y garantías del derecho penal son también aplicables en el ejercicio de esta potestad, aunque con matices.
7. ¿QUÉ ES LA LEY PENAL?
8. ¿CUÁLES SON LA FUENTES DEL DERECHO PENAL?
La fuente del Derecho es aquello de donde el mismo emana, de donde y cómo se produce la norma jurídica. Entonces,la única fuente del Derecho penal en los sistemas en los que impera el principio de legalidad es la Ley, de la cual emana el poder para la construcción de las demás normas y su respectiva aplicación, por lo tanto, sólo ésta puede ser la creadora y fuente directa del derecho penal.
Costumbre:la costumbre no es fuente del Derecho penal -ni en su vertiente positiva ni como desuetudo- en los sistemas penales denominados continentales, es decir, en aquellos en los que impera el principio de legalidad, aunque pueda serlo de otras ramas del derecho.
Otra cosa sucede en los sistemas penales del Common Law -o en la Corte Penal Internacional-. Para estos sistemas penales el "antecedente judicial" es fuente de derecho, aunque son cada vez más, por razones de seguridad jurídica, los estados que adoptan el modelo del "sistema maestro" o codificación. Inglaterra, que necesitaba un Derecho en constante evolución por ser un país marítimo y no poder esperar la creación de leyes para adecuarlas a su comercio, adoptó la costumbre como fuente del Derecho; en Derecho penal, sin embargo, la costumbre no puede operar como creadora de delitos y penas.
A pesar de lo anteriormente dicho, algunos autores admiten la'adecuación social, como causa de exclusión de la tipicidad. En base a este argumento se afirma que en determinados casos, una conducta que pareciera típica, sin embargo, por fuerza de la actividad social se la considera "atípica" o permitida. Sin embargo, otros autores se posicionan francamente en contra, por entender que admitir la adecuación social es aceptar la desuetudo como fuente del derecho (DE LA CUESTA AGUADO). El caso típico que se pretende permitir en base a la adecuación social es el de los pequeños regalos a los funcionarios, conductas que entran de lleno en delitos de corrupción, conductas gravísimas incluso en sus más leves manifestaciones que afectan a las propias bases del sistema social y lo convierten en injusto.
Jurisprudencia: fuente clásica en el derecho anglosajón (Common law. La jurisprudencia es la reiteración de decisiones sobre un mismo asunto de forma similar, no es una sola decisión, tiene que ver con una actividad plural de decisiones que consolidan una tendencia para la solución de un caso. No sólo en Estados Unidos o en Inglaterra la jurisprudencia es utilizada para la toma de decisiones, sino que todos los abogados tienden a buscar precedentes jurisprudenciales porque son los que le indican cómo interpretan los tribunales una determinada norma. Ahora bien, en los sistemas penales continentales la jurisprudencia no es fuente de derecho, así como tampoco lo es la analogía.
Doctrina: No es fuente del Derecho penal aunque cumple importantes funciones de cara a la creación e interpretación de la ley penal.
Principios generales del Derecho: Tampoco pueden ser considerados fuente del Derecho penal, aunque cumplen otras funciones al orientan y limitar la actividad legislativa; la interpretación o la aplicación de la ley penal.
9. ¿QUÉ SE ENTIENDE POR INTERPRETACIÓN DE LA LEY?
Interpretar la ley es descubrir, no la voluntad del legislador, como a veces suele decirse, sino la voluntad propia de la ley.
Son tres criterios a través de los cuales se realiza la interpretación de la ley: tomando en cuenta su origen; de acuerdo a su método y, por cuanto a los Resultados.
INTERPRETACIÓN DE LA LEY PENAL
Por su origen o por los sujetos que la realizan, la interpretación de la ley penal se divide:
doctrinal o privada
judicial o jurisdiccional
autentica o legislativa
por los medios o métodos empleados la ley penal se divide:
gramatical
lógica o teleológica
por los resultados la interpretación se divide:
declarativa
restrictiva
extintiva
progresiva
Interpretar una ley es entenderla, precisar su contenido o desentrañar su sentido. Se dice que es doctrinal o privada cuando es hecha por los estudiosos o es realizada por los particulares, por los datos de la materia, sea tratados, artículos en revistas o periódicos o en la cátedra frecuentemente sirve de guía a los juzgadores para formar su criterio.
Es judicial o jurisdiccional por que es la que hacen los jueces y tribunales para impartir justicia. Generalmente toma en cuenta la interpretación legislativa si es que existe y la doctrinal si la hay, así como su propio criterio resultando así una interpretación
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