ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DERECHO PENAL 1

patriciaderecho29 de Agosto de 2012

4.141 Palabras (17 Páginas)515 Visitas

Página 1 de 17

DEL DERECHO EN GENERAL. El Derecho tiene como finalidad encauzar la conducta humana para hacer posible la vida gregaria; manifestándose como un conjunto de normas que rigen la conducta externa de los hombres en sociedad, las cuales pueden imponerse a sus destinatarios mediante el empleo de la fuerza de que dispone el Estado. Se ha expresado que el Derecho no es sino la sistematización del ejercicio del poder coactivo del Estado, más indudablemente tal sistematización se inspira en ideas del más alto valor ético y cultural para realizar su fin primordial, de carácter mediato: la paz y seguridad sociales.

1.- EL DERECHO PENAL.

OBJETIVO: Analizar el concepto denominación del Derecho Penal; el papel que desempeñan las ramas del derecho; así como las ciencias auxiliares y su división.

CONCEPTO: El Derecho Penal es el conjunto de las normas que describen los crímenes o delitos y establecen las específicas consecuencias jurídicas que le importa el hecho de haberlos cometido.

Von Liszt: Lo define como el sistema de normas establecidas por el Estado que asocia al crimen como hecho, y la pena como su legítima defensa.

Cuello Calón: Conjunto de leyes que determinan los delitos y las penas que el poder social impone al delincuente.

Pessina: Conjunto de principios relativos al castigo del delito.

1.2 NECESIDAD DEL DERECHO PENAL. Todos los intereses que el Derecho intenta proteger son de importancia incalculable; sin embargo, de entre ellos hay algunos cuya tutela debe ser asegurada a toda costa, por ser fundamentales en determinado tiempo y lugar para garantizar la supervivencia misma del orden social. Para lograr tal fin, el Estado está naturalmente, facultado y obligado a la vez, a valerse de los medios adecuados, originándose así la necesidad y justificación del Derecho Penal que, por su naturaleza esencialmente punitiva, es capaz de crear y conservar el orden social.

1.3 DENOMINACIÓN: El término Derecho Penal no es el único con el cual suele designarse a nuestra disciplina. Se le denomina también:

1.- Derecho Criminal.

2.-Derecho de Defensa Social.

3.-Derecho represivo o sancionador.

4.- Derecho de prevención.

5.- Derecho de lucha contra el crimen.

6.- Derecho protector de criminales. Entre otros…

1.4 CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO PENAL.

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO PENAL

1.- Es un derecho público. El Estado es el único que puede fijar cuáles son las conductas ilícitas, es decir, cuáles son las infracciones punibles.

Luego, es un derecho de tipo social que establece medidas para prevenir y reprimir los delitos, sólo por el Estado en uso de la soberanía.

2.- Castiga las conductas externas. Luego, se dice que el derecho penal es un derecho regulador de conductas externas.

Entonces, se dice que no se pena el hecho de pensar.

Se castiga la conducta externa cuando se transgrede la ley o el derecho. Para Carrara "con el pensar no se puede delinquir.

3.- Es un derecho normativo. Es decir, cuando el individuo comete un hecho punible o una infracción punible estaría violando una norma.

El derecho penal establece prohibiciones, normas y mandatos que deben ser observados estrictamente por los destinatarios (Polaino).

4.- Es un derecho valorativo. El derecho penal para sancionar elige conductas que tengan un significado importante. Se aquilatan las conductas importantes, no toda actuación va a ser una infracción penal.

5.- El derecho penal a finalista. Tiene como fin velar por el respeto de la norma. Para el bienestar común y por ser finalista es un derecho destinado a corregir.

6.- El derecho penal es un sistema discontinuo de ilicitudes, vinculado esto con el aspecto normativo y valorativo. Cuando la conducta ilícita es importante y viola o causa detrimento a una persona, el legislador la eleva a la calidad de delito, no se castigan todos los actos del ser humano, sino los que tengan relevancia en el plano social; ej., aborto.

7.- El derecho penal es un derecho sancionatorio o punitivo, es decir, que castiga los actos delictivos. Ampara y protege bienes jurídicos de importancia. Luego al sancionar se protegen estos bienes.

Por lo anterior, se dice que no es declarativo de derechos.

8.- Es un derecho personalísimo. Las penas y sanciones se aplican exclusivamente a la persona que cometió el delito. Hoy no responden los parientes ni los hijos por los hechos delictivos de otros.

1.5 CLASIFICACIÓN DEL DERECHO PENAL.

El Derecho Penal en sentido objetivo y en sentido subjetivo, el Derecho Penal, en sentido objetivo dice, Cuello Calón, es el conjunto de normas jurídicas establecidas por el Estado que determinan los delitos, las Penas y las medidas de seguridad con que aquellos son sancionados . Para Pessina es el conjunto de principios relativos al castigo del delito; Von Liszt lo define como el sistema de normas establecidas por el Estado, conectando en el delito como presupuesto, la pena como su consecuencia jurídica.

En México Raúl Carranca y Trujillo estima que el Derecho Penal, objetivamente considerado, es el conjunto de leyes mediante las cuales el Estado define los delitos, determina las penas imposibles a los delincuentes y regula la aplicación concreta de las mismas a los casos de incriminación.

En sentido subjetivo, el Derecho Penal se identifica con el ius puniendi; es el derecho a castigar. Consiste en la facultad del Estado (mediante leyes) de conminar la realización de delitos con penas, y, en su caso, imponerlas y ejecutarlas. Para Cuello Calón es el derecho del Estado a determinar, imponer y ejecutar las penas y demás medidas de lucha contra la criminalidad. Difiere del anterior criterio Julio Klein, para quien la sanción penal no es un derecho, sino un deber del Estado; el único deber ser que se contiene en la norma primaria penal. En realidad, el Derecho Penal subjetivo, es el conjunto de atribuciones del Estado, emanadas de normas, para determinar los casos en que debe imponerse las penas y las medidas de seguridad.

El Derecho Penal substantivo y el Derecho Penal adjetivo, según sea visto, el Derecho Penal se integra con normas relativas al delito, a la pena y a las demás medidas de lucha contra la criminalidad; por lo tanto, la verdadera substancia del Derecho Penal la constituyen tales elementos; de ahí la denominación Derecho Penal substantivo o material. Para Eusebio Gómez el Derecho Penal substantivo concreta la noción del delito y determina sus consecuencias. Conviene señalar, por lo menos, que las medidas de seguridad y los tratamientos para niños enfermos autores de actos típicos del Derecho Penal, no integran propiamente a este; se trata de reglas paralelas al Derecho Penal; por ello sin desconocer la diferencia de esas normas con las propiamente penales.

Las normas del Derecho Penal substantivo no deben aplicarse en forma arbitraria o caprichosa, sino de manera sistemática y ordenada; para ello existe otra reglamentación cuyo objeto es señalar el camino a seguir en la imposición del Derecho material y recibe el nombre de Derecho Adjetivo o Instrumental y, con mayor frecuencia, Derecho procesal. El Derecho Procesal suele definirse como el conjunto de normas relativas a la forma de aplicación de las reglas penales a casos particulares. Eusebio Gómez expresa que el Derecho Procesal Penal regula el desenvolvimiento del proceso penal; según Manuel Rivera Silva, el Derecho Procesal Penal es el conjunto de reglas que norma la actividad estatal que tiene por objeto el eslabonamiento del delito con la sanción.

DERECHO PENAL OBJETIVO: Se trata del Ius Poenale. Es decir, el conjunto de normas que contienen los tipos delictuales previstos por el Código Penal o las leyes especiales, conductas sancionadas por la normativa penal. Preceptos que describen conductas típicas a cuya violación hacen corresponder una pena como consecuencia jurídica lógica.

DERECHO PENAL SUSTANTIVO: El Derecho Penal Sustantivo, en general, está constituido por "aquella parte de las disciplinas jurídicas que establece las obligaciones y derechos de los sujetos vinculados por el ordenamiento jurídico". Este, lógicamente, integrado por las normas contenidas en los tres libros del Código Penal.

DERECHO PENAL PROCESAL O ADJETIVO: Está constituido por el conjunto de normas penales, de orden procesal, destinadas a garantizarla vigencia del derecho penal sustantivo. Es decir, las normas que sirven para que, dentro de un proceso, se logre el cumplimiento del Derecho Penal sustantivo. Son norma, de orden público, que establecen las formas en que se debe cumplir el proceso penal, están convenidas en el código de enjuiciamiento criminal.

DERECHO PENAL SUBJETIVO: Se refiere al concepto tradicional del lus Puniendi. Es decir, el poder que tiene el Estado para castigar y para definirlos delitos estableciéndolo con su respectiva consecuencia, representada por penas, sanciones en general o por medidas de seguridad. Se clasifica en:

El Derecho Penal es Público. Es Derecho Penal es el Derecho Penal

Público por excelencia, ya que tiene como objeto el logro de la paz social mediante la incriminación de conductas que resultan dañosas al interés colectivo., solo el Estado puede imponer penas, después de cumplidos los requisitos del juicio penal.

A pesar de lo dicho, existe una ligera excepción o este carácter público, en los llamados delitos de acción privada, pero solo en cuanto al ejercicio de la acción, ya que en cuanto a la tipificación de la conducta y en cuanto

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (26 Kb)
Leer 16 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com