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Contestación visita de verificación invea


Enviado por   •  8 de Abril de 2016  •  Ensayos  •  5.170 Palabras (21 Páginas)  •  8.309 Visitas

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EXPEDIENTE: INVEADF/OV/DUYUS/982/2015.

FOLIO: OV/DUYUS/982/2015.

LIC. JONATHAN SOLAY FLASTER.

DIRECTOR DE SUBSTANCIACIÓN DEL INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.        

Carolina 132, Col. Noche Buena, C.P. 03720,

Delegación Benito Juárez, México Distrito Federal.

LIONELLA DALKOWITZ CORRAL, por mi propio derecho y en mi carácter de propietaria del inmueble ubicado en Calle Kansas, número 63, Colonia Ampliación Nápoles, Código Postal 03840 Delegación Benito Juárez, México, Distrito Federal; tal y como lo acredito con la Escritura Pública número cuarenta y seis mil quinientos setenta y cinco, misma que contiene el Contrato de Donación, otorgada por el LICENCIADO HERIBERTO ROMÁN TALAVERA, Notario Público número sesenta y dos del Distrito Federal; señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado en Calle Lerdo de Tejada número 53, segundo piso, casi esquina con Ayuntamiento, entre Cuauhtémoc y Ayuntamiento, del Barrio San Pablo, Código Postal 09000, Delegación Iztapalapa, Ciudad de México, Distrito Federal, (atrás del Mercado central de Iztapalapa); autorizando con fundamento en el artículo 42 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, a los C.C. ANDRÉS EFRÉN LUNA VILLATORO, ANGELLI CONTRERAS SILVA, ITZEL ANDREA GUADALUPE BELTRÁN HERNÁNDEZ, LAURA ESTELA MILLÁN RESENDIZ, KAREN FABIOLA SALAZAR LORANCA Y VALERIO REYES CASTILLO, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y de conformidad a lo dispuesto en la Orden de Visita de Verificación de fecha veintidós de mayo de dos mil quince, con número de FOLIO: OV/DUYUS/982/2015, del EXPEDIENTE: INVEADF/OV/DUYUS/982/2015, y el levantamiento de la respectiva Acta de Visita de Verificación practicada en fecha veinticinco del mismo mes y año, en el domicilio ubicado en Calle Kansas, número 63, Colonia Ampliación Nápoles, Delegación Benito Juárez, México, Distrito Federal; por lo que estando en tiempo y forma de conformidad a lo previsto en el artículo 29 y 30 del Reglamento de Verificación Administrativa para el Distrito Federal, en relación con el dispositivo 104 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, vengo AD CAUTELAM a formular mi escrito de observaciones, manifestaciones, irregularidades y presentación de pruebas conforme al contenido del acta respectiva.

Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 30 del Reglamento de Verificación, manifiesto:

  1. Autoridad a la que se dirige.- Se encuentra señalada al principio del escrito.

  1. Nombre, denominación o razón social del o de los interesados, agregándose los documentos que acrediten la personalidad, así como la designación de la persona o personas autorizadas para oír y recibir notificaciones y documentos.- Se tiene por señalado en la entrada del escrito.
  1. El domicilio en el Distrito Federal para oír y recibir notificaciones.- Ya se señaló.
  1. La petición que se formula.- Que se me tengan por formuladas AD CAUTELAM mis observaciones y manifestaciones por la práctica de la visita de verificación y por ofrecidas las pruebas que en el capítulo correspondiente se mencionan, mismas que se solicita sean admitidas y tomadas en cuenta al momento de resolverse el presente procedimiento para todos los efectos legales a que haya lugar, respecto de la Orden de Visita de Verificación y el levantamiento de la respectiva Acta de Visita de Verificación, con número de FOLIO: OV/DUYUS/982/2015 del EXPEDIENTE: INVEADF/OV/DUYUS/982/2015, practicada en el domicilio ubicado en Calle Kansas, número 63, Colonia Ampliación Nápoles, Delegación Benito Juárez, México, Distrito Federal, elaborada en fecha veinticinco de mayo del año dos mil quince, conforme a lo siguiente:
  1. Fecha en que se realizó la visita.- EL DÍA VEINTICINCO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

                

  1. Número de folio u oficio de la Orden de Visita de Verificación.- FOLIO: OV/DUYUS/982/2015 del EXPEDIENTE: INVEADF/OV/DUYUS/982/2015.

  1. Descripción de los hechos o irregularidades relacionados con la visita de verificación.- 

  1. Con fecha veintidós de mayo del año dos mil quince, fue emitida por la DIRECTORA DE VERIFICACIÓN DE LAS MATERIAS DEL ÁMBITO CENTRAL, la Licenciada MIRIAM BEATRIZ APARTADO MANCILLA, la Orden de Visita de Verificación dirigida al: 

        

“…C. TITULAR Y/O PROPIETARIO Y/O POSEEDOR Y/O OCUPANTE Y/O DEPENDIENTE Y/O ENCARGADO Y/O RESPONSABLE DEL ESTABLECIMIENTO UBICADO EN KANSAS, NÚMERO 63, COLONIA AMPLIACIÓN NÁPOLES, DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ, MÉXICO, EN LA CIUDAD DE MÉXICO…”

De la lectura que se realice de la Orden de Visita de Verificación, se denota que no cumple con los requisitos de todo acto administrativo y por lo tanto es improcedente, en virtud de que fue emitida en contravención a lo establecido tanto en el Artículo 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que señala:

                ARTÍCULOS 14 Y 16 CONSTITUCIONALES:

“Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.

Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.   …”

“Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

En toda orden de cateo, que sólo la autoridad judicial podrá expedir, a solicitud del Ministerio Público, se expresará el lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que hayan de aprehenderse y los objetos que se buscan, a lo que únicamente debe limitarse la diligencia, levantándose al concluirla, un acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado o en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia.

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