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Cuestionario derecho procesal Laboral en Rep. Dominicana


Enviado por   •  15 de Junio de 2017  •  Prácticas o problemas  •  2.115 Palabras (9 Páginas)  •  290 Visitas

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UNIVERSIDAD UTE

DERECHO PROCESAL LABORAL

Sábado 10 de junio 2017.

  1. ¿Qué el juramento judicial?

Es la afirmación solemne que una persona hace ante un juez, de decir la verdad en la declaración que rinde.

Según Cabanellas “el juramento es la afirmación o negación de algo, poniendo a Dios como testigo

  1. ¿Cuáles tipos de juramentos existen en materia laboral y defínalo?

Existen dos tipos de juramentos: EL decisorio y el supletorio.

El primero es el que en juicio difiere una parte a su adversario, con el fin de que la solución del pleito dependa de él.

El supletorio es el deferido de oficio por el juez a una de las partes en juicio, con el fin de completar una prueba que le parece insuficiente.

  1. ¿Qué es el recurso de apelación?

El recurso de apelación es un medio de impugnación a través del cual se busca que un tribunal superior enmiende conforme a Derecho la resolución del inferior.

  1. ¿Cuáles son las condiciones para el recurso de apelación?

Es el recurso que intervienen las partes cuando se consideran  lesionada por la sentencia pronunciada en primer grado, por ante el tribunal de segundo grado, en solicitud de que la sentencia ante la cual se recurre sea reformada o revocada.

  1. ¿El monto de la demanda tiene que ver con el recurso de apelación en material laboral?

en apelación (10 salarios mínimos) y en casación (20 salarios mínimos),  el ejercicio del recurso de casación en materia laboral, debido a la cuantía de la demanda o condenaciones, pueda dar lugar  que el monto de la condenación inserta en la sentencia recurrida supere los dos.

  1. ¿Cuál es la naturaleza de la sentencia que se recurre en apelación?

Una apelación interpuesta antes de la sentencia sobre el fondo 2 que la sentencia de primer grado (incidental) sea revocada 3 que el asunto se encuentre en estado de recibir fallo sobre el fondo 4 que el tribunal de segundo grado sea competente, 5 y que el incidente y el fondo sean decidido por una misma sentencia.

  1. ¿Qué es una sentencia Preparatoria?

La sentencia dirigida a poner el juicio en estado de recibir una solución, sin resolver sobre el fondo del asunto. No se puede apelar sino una vez pronunciado el fallo sobre el fondo.

  1. ¿Qué es una sentencia interlocutoria?

Sentencia interlocutoria, que se refiere a toda aquella decisión judicial que resuelve una controversia incidental suscitada entre las partes en un juicio. Se distingue de la sentencia definitiva en que esta resuelve el asunto principal objeto del litigio.

  1. ¿Qué es una sentencia definitiva?

Resolución de un juez o un tribunal con la cual se concluye un juicio o un proceso.

Dictar sentencia; pronunciar sentencia; sentencia condenatoria; sentencia absolutoria

Sentencia definitiva Sentencia que termina el asunto o impide la continuación del juicio, aunque contra ella sea admisible recurso extraordinario.

  1. ¿Cuál es el plazo para el recurso de apelación en materia ordinaria y en la sumaria?

El plazo en materia ordinaria es de un mes a contar de la notificación de la sentencia impugnada, art. 621 Código de Trabajo y en materia sumaria el plazo es de diez días a partir de la notificación art.618 Código de Trabajo.

  1. ¿Cuáles son las formalidades de la apelación?

Existen dos maneras contempladas en la legislación; la primera de ella es mediante un escrito depositado en la secretaría de la Corte; la otra, mediante declaración de la parte o de su mandatario. (arts. 621 y 622 CT). En esta última modalidad la persona que acude a la secretaría, ya sea la parte o su mandatario, deberá firmar  el acta conjuntamente con el secretario; si resulta que no sabe firmar, debe estampar sus huellas dactilares.

  1. ¿Qué es una apelación incidental?

Es aquella apelación que interpone la parte recurrida en su escrito de defensa.

  1. ¿Cuáles son los efectos del recurso de apelación y en qué consisten?

El recurso de apelación en materia laboral no tiene un efecto suspensivo, ya que por disposición expresa del artículo 539 del Código de Trabajo las sentencias son ejecutables a partir del tercer día de su notificación. En cambio, una característica del proceso civil es aplicable: el efecto devolutivo del recurso de apelación, el cual, depende en gran manera del alcance mismo del recurso, es decir, que si mediante éste se solicita la revocación total de la decisión, entonces estamos frente a un carácter devolutivo completo del proceso, lo que implica que la Corte debe conocer en toda su extensión los puntos controvertidos planteados en primer grado; por otro lado, si la parte impugnante sólo presenta su inconformidad en cuanto a uno o varios aspectos decididos en su contra, estamos frente a un recurso de apelación parcial, lo que significa que el tribunal de alzada no puede tocar los puntos no apelados, puesto que ambas partes le han dado aquiescencia, salvo que la parte recurrida haya incoado apelación incidental en su escrito de defensa.

  1. ¿La notificación de la sentencia es un requisito procesal formal?

Si, La notificación de la sentencia es un requisito formal mediante la cual se pone en conocimiento de la decisión emitida por el tribunal a todas las partes interesada.  

  1. ¿Cuándo deben depositarse los documentos en grado de apelación?

El Art. 621 del Código de Trabajo, dispone que el recurso de apelación se interponga mediante un escrito depositado en la Secretaría de la Corte competente, en término de un mes de la notificación de la sentencia impugnada. También se puede apelar haciendo una declaración de apelación en la Secretaría de la Corte.

  1. ¿El fallo ultra y extra petita es posible en materia laboral?

Si, Ya que nuestro ordenamiento jurídico laboral le reconoce al juez la soberana apreciación de las prueba y lo encarga de suplir de oficio cualquier medio de derecho y decidir al respecto.

  1. ¿Por qué el grado de apelación laboral sigue el procedimiento sumario?

Porque así lo establece el Código de Trabajo en la parte in fine del su artículo 618. La sustanciación y el juicio del recurso y la notificación de la sentencia se practicarán conforme a lo prescrito en el título VII sobre procedimiento sumario.

  1. ¿Cuáles son las condiciones de casación en Materia de Trabajo?

Existen varias condiciones de tipo legal para que una sentencia laboral pueda ser atacada por un recurso de casación:

  1. La decisión debe ser rendida en última instancia. Esto significa que sólo las sentencias dictadas por una Corte de Trabajo pueden ser atacadas mediante esta vía extraordinaria.
  2. La sentencia dictada tiene que ser definitiva o interlocutoria
  3. La sentencia  tiene que contener condenaciones superiores a 20 salarios mínimos.

  1. ¿Cuál es el procedimiento que sigue la casación en materia de trabajo?

Este procedimiento está instituido desde los artículos 639 al 647 en el Código de Trabajo. Estas disposiciones consagran todo lo concerniente al proceso de Casación, indicando que el mismo se inicia mediante escrito dirigido a la S.C.J. y depositado en la secretaría de la Corte que haya dictado la sentencia, conjuntamente con los documentos, en caso de que existan.

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