DERECHO CIVIL AMBIENTAL - ENSAYO JURIDICO
oscar carrasco wongEnsayo4 de Agosto de 2021
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Derecho Civil Ambiental
-Una materia en desarrollo
Oscar Ernesto Carrasco Wong
Carolina Celmith Quintanilla Melendez
Kate Pamela Caroline Eliana Gómez Loayza
Flor del Jazmín Panduro Arévalo
Johan Jilmar Traverso Torres
Estudiantes de Derecho y Ciencia Política
VIII ciclo
“SUMARIO: I. A modo de introducción. II. Algunas reflexiones sobre el desarrollo del derecho civil ambiental. III. El abuso del derecho. 3.1. Ejercicio abusivo del derecho de propiedad. IV. Sobre la responsabilidad civil. V. Responsabilidad civil ambiental. 5. Tipos de responsabilidad civil ambiental. A. La responsabilidad civil Subjetiva. B. Responsabilidad civil Objetiva. VI. Elementos de la responsabilidad ambiental. 6.1. La ilicitud o antijuricidad. 6.2. El daño ambiental. 6.3. El nexo causal. 6.4. Factor de atribución. VII. Los daños ambientales. 7.1. Daño a la persona. 7.2. Daño moral. 7.3. Daño ambiental patrimonial. VIII. Conclusiones. IX. Bibliografía”.
PALABRAS CLAVES:
Medio Ambiente - Responsabilidad Civil Ambiental – Responsabilidad Subjetiva – Responsabilidad Objetiva – Daños ambientales – Responsabilidad Ambiental.
KEYWORDS:
Environment - Environmental Civil Liability - Subjective Liability - Objective Liability - Environmental Damage - Environmental Liability.
RESUMEN:
El presente trabajo consiste en exponer la responsabilidad civil ambiental, desde una perspectiva en desarrollo, considerando el tema del ambiente como un derecho de todas las personas, siendo nuestro deber protegerlo y cuidarlo. Analizamos a partir del establecimiento una tutela jurídica que brinda el código civil frente a los daños ambientales, desde la perspectiva de la responsabilidad civil, la cual será explicada a fondo dentro de esta presente investigación.
ABSTRACT:
This work consists of exposing environmental civil liability, from a developing perspective, considering the issue of the environment as a right of all people, being our duty to protect and take care of it. We analyze from the establishment a legal protection provided by the civil code against environmental damage, from the perspective of civil liability, which will be explained in depth within this present investigation.
I. A modo de introducción
El ser humano a lo largo de los años ha hecho uso irracional y desmedido de los recursos naturales que brinda ambiente, sin medir las consecuencias que acarrea este accionar a las futuras generaciones. Hasta hace pocos años, a través de investigaciones y estudios científicos, se pudo llegar a la conclusión que la no protección del ambiente puede causar serios problemas a los habitantes que lo integran, y hasta el punto de llegar a desaparecer el mismo; y bajo la premisa de que todo ser humano tiene derecho a vivir en un medio ambiente sano, rápidamente se crearon a nivel mundial, acciones, métodos y mecanismos, para contrarrestar y tratar de renovar el mal que se había causado por el manejo inadecuado de los recursos.
Además, se crearon normas jurídicas de alcance nacional e internacional, para hacer cumplir los mecanismos creados, nacieron tratados, movimientos y sociedades, patrocinados por diversos Estados, donde su principal objetivo es el cuidado, protección y mantenimiento del medio ambiente. Dentro de las normas creadas se inicia la exigencia de la responsabilidad ambiental como uno de los mecanismos adoptados para lograr la efectividad de la conservación del ambiente.
Aspecto que, aunque en la actualidad se sigue trabajando en él, aún quedan personas que siguen teniendo un actuar irresponsable con el medio que los rodea, y por la importancia del tema y la repercusión que presenta para los seres que habitan este planeta, es necesario tomar medidas más radicales y tratar de involucrar a la gran mayoría en ello, para lograr una mejor comprensión por parte de cada uno y la estabilidad del medio humano.
Hasta el día de hoy, no se ha logrado erradicar por completo esta problemática ambiental; existen conflictos sociales de índole ambiental que perjudican de manera directa o indirecta a una persona o un grupo de personas. Ante esta problemática y evitar el abuso de acciones ambientales, que causen daño al mismo y a sus habitantes, y por las desavenencias en cuanto a los beneficios económicos y al desarrollo social esperado no cumplido, se ha determinado la responsabilidad civil ambiental
II. Algunas reflexiones sobre el desarrollo del derecho civil ambiental
Desde la primera revolución industrial en Inglaterra, hasta la sistematizada e insaciable producción industrializada que se vive en nuestros días ya han trascurrido más de tres siglos. La crisis ambiental a nivel mundial por la cual atraviesan todas las naciones, a la cual el Perú no es ajeno, ha ocasionado que los organismos internacionales, países, y organizaciones no gubernamentales, dirijan sus preocupaciones y diversos programas que persigan implementar medidas de prevención, protección, restauración real y efectiva del medio ambiente.
En el marco de esa coyuntura internacional se realizó la primera “Cumbre de la Tierra de Estocolmo” en 1972, donde se centró por primera la atención internacional en temas relacionados con la degradación ambiental y la contaminación transfronteriza, es que se han venido implementando medidas internacionales y mecanismos que los países han adoptado para el reconocimiento y protección del medio ambiente.
Como consecuencia de esta preocupación internacional, los estados comenzaron a integrar dentro de sus ordenamientos jurídicos principios y normas con el fin de coadyuvar a la protección del medio ambiente. Es así que la Constitución de 1993, influenciada por esta coyuntura internacional, incorpora en su artículo 2, inciso 22, el principio constitucional de “ambiente saludable que considera como un derecho fundamental: “a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida”.
Este principio, a la par de otros principios ambientales relacionados, son plasmados en algunas sentencias de la Corte Suprema de Justicia y el Tribunal Constitucional que empezaron a brindar una primera tutela procesal del derecho al goce de un medio ambiente saludable, interpretado como la protección del derecho a la salud, a la vida digna y al principio de desarrollo sostenible.
En este sentido el principio goce de un medio ambiente saludable y desarrollo sostenible, es incorporado en forma sistemática a las principales leyes del sistema jurídico peruano como lo son el Código Procesal Civil, el Código Procesal Constitucional, la Ley del Proceso Contencioso-Administrativo y en el 2005 se promulga la Ley General del Ambiente N° 28611, legislación que estableció los mecanismos legales de tutela de los derechos ambientales desde los procedimientos judiciales y administrativos.
III. El abuso del derecho
Los seres humanos, para poder realizarnos como personas, gozamos de derechos que nos permiten hacer lo que mejor nos conviene a nuestros intereses y plan de vida, que están protegidos y amparados por el ordenamiento jurídico dentro del alcance justificado de la autonomía, también se encuentra limitada toda vez que existen circunstancias que impiden la voluntad de las personas se encuentre por encima de la colectividad y del bien de la misma. Por lo tanto, el abuso del derecho es un principio general del derecho que se manifiesta cuando el daño es causado a intereses de otros sujetos o intereses colectivos resulte “excesivo” o “anormal”.
El artículo II del Título Preliminar del Código Civil establece las consecuencias del abuso del derecho. En primer lugar, el abuso del derecho no es amparado por la ley. Evidentemente que aquí el legislador se refiere a la norma que trasciende el campo civil para regular a todo el sistema jurídico.
En segundo lugar, el interesado puede exigir la paralización cuando el abuso se está produciendo y se deba cesar. Asimismo, se podría solicitar una indemnización por el daño producido, lo cual es concordante con el artículo 1969° sobre la atribución de quien causa un daño bajo la responsabilidad civil extracontractual.
El abuso del derecho se encuentra en la frontera entre lo lícito y lo ilícito. Constituye lo que la doctrina denomina el ejercicio antisocial del derecho y se produce cuando el titular del derecho elige la forma más gravosa de ejercerlo. A modo de ejemplo, si una empresa que fabrica cartones incrementa los ruidos cuando amplió su producción, sin haber mejorado o adecuado su actividad a los límites máximos permisibles fijados por ley ambiental o dejar de haber declarado el incremento de su actividad contaminante ante el Ministerio de la Producción, no cabe duda que esta empresa estaría ejerciendo un abuso del derecho, por cuanto de lo lícito en un momento pasa a lo ilícito en otro momento.
El abuso del derecho puede tutelar cualquier daño o vulneración frente a los intereses sociales-ambientales, los cuales están conformados por bienes ambientales que son de disfrute colectivo. La teoría del abuso del derecho como principio general del derecho permite que cualquier persona o grupo, pueda demandar una indemnización u pretensión, solicitando las medidas cautelares apropiados para prevenir o suprimir los posibles daños ambientales a ocurrir en contra del interés general de protección del medio ambiente y sus componentes.
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