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Ensayo Derecho Civil


Enviado por   •  4 de Diciembre de 2014  •  1.459 Palabras (6 Páginas)  •  316 Visitas

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ENSAYO DERECHO CIVIL

LOS

CONTRATOS EN DERECHO CIVIL

El concepto etimológico de contrato proviene del latín contractus que significa pacto. Dicho concepto aparece en Roma en el siglo I de la era Cristiana; posteriormente, en

el año 529 con el “Codex Justinianeus”, recopilación de Justiniano, quien se refiere al

negotium contractum y se le da la connotación jurídica que conocemos hoy en día.

La tendencia actual es pugnar por el renacimiento de la formalidad en los contratos, es decir, de regresar a lo escrito en la ley, sin embargo, se verían afectados muchos intereses como la circulación de la riqueza, amén de que el Derecho no puede dar un paso atrás mientras la tecnología, la ciencia y la vida misma están en continuo movimiento (Chirino, 1996: 29). Entonces, como contrato debemos entender el acuerdo entre dos o más voluntades para crear o transmitir derechos yobligaciones, como dice el artículo 1793 del Código Civil para el Distrito Federal: “los convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos toman el nombre de contratos”.

Introducción:

Existen muchas y son muy variadas las teorías acerca de la clasificación de los contratos, sin embargo, algunos autores consideran que es un tanto impráctico establecer una sola, ya que la función jurídica del contrato no depende de su clasificación ni significados, sino de su contenido y apego a la ley.

Independientemente de que no se ha conseguido la unificación de criterios, tampoco ha sido posible reglamentar todos los contratos que celebran las personas hoy en día. Podemos entonces considerar que la clasificación de los contratos sólo es útil a la técnica legislativa, que se ve reflejada en la clasificación que hace el código civil con un sólo fin enunciativo.

En el Código Civil de 1928, sin dejar a un lado la clasificación tradicional, los contratos fueron clasificados de la siguiente manera (artículos 1835, 1836 y

1837, respectivamente):

Unilaterales y bilaterales

Onerosos y gratuitos

Conmutativos y aleatorios

Sin embargo, se estableció un capítulo especial de reglas generales que aclaran que en el supuesto de que algún contrato no esté reglamentado en ese código,se regirá por las reglas generales de los contratos, por lo que establezcan las partes y, en todo caso, por lo que disponga el contrato con el que haya más parecido dentro del mismo código.

Desarrollo:

La clasificación de los contratos según sus funciones es:

Por la interdependencia de las obligaciones:

Contrato unilateral:

La unilateralidad nace del contrato y no por los efectos jurídicos que se produzcan con posterioridad. El artículo 1835 del Código Civil para el Distrito Federal establece que “el contrato es unilateral cuando una sola de las partes se obliga hacia la otra sin que ésta le quede obligada”.

Contrato bilateral:

Por otro lado, los contratos bilaterales son la manifestación externa de la voluntad de dos o más personas que se obligan recíprocamente, cabe aclarar que voluntades puede haber muchas como en el caso del contrato de una asociación civil, sin embargo partes sólo habrá dos.

Por la valoración económica de las prestaciones en:

Contrato oneroso:

El Código Civil para el D.F. dice en el artículo 1838: “El contrato oneroso es conmutativo cuando las prestaciones que se deben las partes son ciertas desde que se celebra el contrato, de tal suerte que ellas pueden apreciar inmediatamente el beneficio o la pérdida que les cause éste. Será aleatorio, cuando la prestación debida depende de un acontecimiento incierto que hace que no sea posible la evaluación de la ganancia o pérdida, sino hasta que ese acontecimiento se realice”.

Contrato gratuito:

El contrato gratuito es aquel en que el provecho o beneficio es sólo para una de las partes, es el caso por ejemplo del contrato de donación;por virtud de este contrato, el donante transmite gratuitamente parte o la totalidad de sus bienes presentes.

Por la precisión de los efectos económicos entre las partes en:

Contratos conmutativos:

Son contratos conmutativos aquellos en los que en el momento de su celebración se conocen las ventajas o pérdidas económicas que tendrán las partes contratantes

Contratos aleatorios:

En este tipo de contratos la prestación está determinada, pero al momento de la celebración del contrato no se sabe quien será beneficiado y quien perjudicado, sino hasta que se dé el suceso o acontecimiento.

Por la entrega física del objeto en:

Contratos reales:

Así tenemos que el artículo 2856 de la ley citada establece que el contrato de

Prenda es un derecho real, que se constituye sobre un bien mueble que se puede enajenar para garantizar el cumplimiento de una obligación o pago, por su parte, el artículo 2858 dice que para que se tenga como constituida la prenda, ésta deberá ser entregada al acreedor real o jurídicamente.

En cuanto a su función jurídica relacionada con otros actos jurídicos en:

Contratos principales:

Los contratos

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