Derecho Privado
marcetriton6 de Mayo de 2014
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CAPITAL
El capital esta integrado por un conjunto de aportes que los socios se comprometen a aportar para constituir una sociedad. Es igual a la suma de los aportes efectuados por los socios. Es inmutable.
En las SA por ej puede estar conformado por obligaciones de dar, por dinero ( integrado 25% como mínimo y lo otro suscripto en el momento de la constitución) o por especies ( en especies deber estar 100% suscripto a la hora de la constitución). El capital se representa en “Acciones”
Las sociedades que cotizan en bolsa pueden aumentar el capital sin límite alguno.El aumento de capital (mayor garantía para los acreedores) lo deciden los socios en la asamblea.
• Mecanismos de densa para inversores minoritarios:
i. Derecho de preferencia: los socios tienen prioridad a la hora de la compra de acciones.
ii. Derecho a Receso: El accionista que no este conforme tiene derecho a retirarse de la sociedad y será rembolsado conforme al ultimo valor del ibro ( balance)
iii. Impugnación: Todo accionista tiene el derecho de solicitar judicialmente la nulidad de los acuerdos aprobados en las juntas generales de accionistas.
ACCIONES
La acción es cada parte ideal, unidad mínima de participación en la que se divide el capital social. Puede o no estar materialmente representada en títulos caraturales. Son indivisibles, libremente transmisibles, pueden tener mas de un propietario (copropietarios) y existen clausulas legales (como por ej derecho preferencia)
TIPOS DE ACCIONES:
1) Ordinarias:a cada acción le corresponde un voto (polit) y la participación en las ganancias será proporcional a los aportes( econ). No confieren ninguna preferencia política o patrimonial a sus titulares.
2) Preferidas:otorgan una prioridad para la recepción de los dividendos o un mayor porcentaje para el rembolso del capital en caso de liquidación. Pueden carecer de voto, sin perjuicio de la posibilidad de asistir a la asamblea con voz.
3) Privilegiadas: : confieren a cada acción un numero mayor de votos. 1 acción puede significar( 1 a 5) votos.
4) Acciones Que Confieren Determinados Derechos: elección de los miembros del directorio, necesidad de su voto favorable para la celebración de determinados actos, etc.
CLASIFICACION DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU CIRCULACION
1. Al portador: son aquellas que estando representadas en un titulo, basta su exhibición para acreditar la calidad de socio y ejercer los derechos correspondientes. su transmisión es libre y opera por la simple entrega del titulo, sin ninguna forma adicional.
2. Nominativas: estan representadas en tituloscartulares y se emiten a nombre de determinada persona
a) Endosables:se trasmiten por una cadena de endosos y para el ejercicio de sus derechos se solicitara a la sociedad su inscripción el libro de registro de acciones
b) no endosables:se transmiten mediante un contrato de cesión, debiéndose cumplimentar la comunicación y registro.La comunicación es a los fines de la inoponibilidad de la cesión frente a la sociedad y a terceros.
3. Nominatividad Obligatoria:conforme lo dispone el art 1 de la ley 24587 ( 21/11/1995), los titulos valores privados emitidos en el país deben ser nominativos no endosables.
4. Escriturales:no están representadas en títulos caratulares y la calidad de accionista se presume por las constancias de las cuentas abiertas en el registro de acciones escriturales que lleva la sociedad.art. 207 y 208. Normalmente aparecen en las soc que cotizan en bolsa.
Nuestra legislación cancelo las de Al portador y las endosables por cuestiones impositivas.
• Indivisibilidad: los derechos de cada acción no pueden ser divididos ni fraccionados. No obsta a que exista condominio de acciones.
• CesionGarantia:la acción suscripta puede estar pendiente de integración y no obstante puede ser transferida a un tercero, quien asumirá la obligación pendiente. Responsabilidad solidaria e ilimitada del cedente por los pagos debidos del cesionario.
• Registro De Acciones:el libro lo lleva la sociedad, es de libre consulta para los socios y debe permanecer en la sede social para ser considerado accionista frente a la sociedad y terceros, es necesario que el titular de la acción figure inscripto ante dicho registro.art. 213 y jurisprudencia.
ACCIONISTAS
OBLIGACIONES DE LOS ACCIONISTAS:
1. Prohibición de voto en interés contrario al social (socios) 248
2. Prohibición de voto en interés contrario al social (directores) 272
3. Prohibición de competencia (directores) 273
4. Cumplimiento de recaudos previos a la celebración de asamblea
-depósito de acciones 238
-actuación por mandatario 239
5) Prohibición de voto del accionista, administrador o síndico por actos de su gestión y-o responsabilidad 241
6) Prohibición de contratar con la sociedad (directores) 271
DERECHOS de los accionistas
a) RESPECTO DEL CAPITAL
1) Proporcionalidad en la capitalización de reservas, otros fondos especiales, dividendos y-o acciones integradas 189
2) Ejercer el derecho de suscripción preferente y el derecho de acrecer su participación accionaria 194
3) Suscribir acciones preferidas sin voto, según la ley del dividendo 224
4) Percibir el dividendo 224
5) Receder el contrato por cambios fundamentales en el objeto o por la alteración de la transmisibilidad, contra reembolso del valor de sus acciones 245
6. Derecho a la cuota de partición 109
b) OTROS DERECHOS
1) Suscribir acciones privilegiadas, hasta cinco votos por acción, salvo para supuestos del art. 244 LC y mientras sean sociedades abiertas 216
2) Impugnar decisiones asamblearias y analógicamente las de directorio 251
3) Peticionar la suspensión preventiva de la ejecución de decisiones asamblearias, cuando existen motivos graves y no hay perjuicio para terceros 252
4) Peticionar la intervención de la IGJ en la celebración de asambleas (a pedido de accionistas del 10% del capital) 301
5) Peticionar la intervención judicial de la sociedad 113
7) Impugnar estados contables 251
8) Derecho a voto por clase (asamblea especial) y acumulativos 250 y 263
9) Solicitar información a la sindicatura (a pedido de accionistas del 2% del capital) 294.
Solicitar información directa al directorio cuando se prescinde de la constitución de sindicatura
10) Derecho a solicitar la remoción de los directores por mal desempeño en el cargo 274
11) Derecho a promover acción individual de responsabilidad 277
12) Derecho a integrar el consejo de vigilancia 280
13) Elección de directores y síndicos 287
14) Denunciar irregularidades por la gestión del directorio ante la sindicatura (a pedido de accionistas del 2% del capital) 294
15) Convocar a asamblea por omisión de directores o sindicatura (a pedido de accionistas del 5% del capital) 238
RESPONSABILIDAD DE LOS ACCIONISTAS
ART. 248 - daños y perjuicios por los accionistas que votaron en contra del interés social, cuando sin su voto no se hubiera logrado la mayoría necesaria para validar la resolución.
ART. 254- responsabilidad solidaria e ilimitada –independientemente de la de los administradores y síndicos- para los accionistas que votaron favorablemente en la resolución nulificada por vía del art. 251 LS.
Ejemplos practicos:
• Abuso del derecho: Todos los derechos se pueden ejercer pero sin hacer abuso de ellos.
1. Ej1: Para ejercer el derecho de información, si no muestran la información a un accionista, este puede iniciar un juicio de exhibición de libros. Para ello el accionista debe:
i. Demostrar que es accionista
ii. Demostrar que tiene el derecho ( art 55) de pedir info
iii. Demostrar que agoto todas las vías societarias para llegar a un acuerdo internamente ( por ej que envió carta documentos , estas son pruebas fehacientes de que lo intento)
Luego de esto el juez puede nombrar a un veedor para que vaya a la sociedad y haga cumplir ese derecho. Pide ver la información y si no se la dan, se lo comunica al juez
2. EJ. 2: Un directo desvía fondos de la sociedad para irse de viaje (administración fraudulenta). Puede tener como consecuencias:
i. su remoción,
ii. consecuencias penales
iii. resarcir los fondos desviados a la sociedad.
Las querellas pénales pueden ser utilizadas como medida de negación.
3. Ej. 3: Derecho a recibir dividendos ( art 1 ley sociedades)
Si no se perciben ganancias porque la sociedad reinvierte todo lo que factura (no se están repartiendo dividendos)
i. Si se demuestra que las reinversiones no fueron necesarias o mal echas, hay abuso del derecho
ii. Se debe justificar el porqué de la no repartición
Un accionista no puede (art 248) votar en contra de los intereses de la sociedad.
4. Ej 4: Aguamiento del capital
Un aumento del capital social (si se justifica se puede realizar pero debe ser la ultima opción) , puede implicar la disminución de la participación del accionista que no puede aumentar su parte aportada. En este caso, este puede pedir a un juez que se dicte una medida cautelar
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