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ECOSISTEMA VIRTUAL DE APRENDIZAJE E INVESTIGACIÓN (EVAI)


Enviado por   •  22 de Julio de 2020  •  Informes  •  2.166 Palabras (9 Páginas)  •  119 Visitas

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NORMATIVA ESPECIAL DEL

ECOSISTEMA VIRTUAL  DE APRENDIZAJE  E INVESTIGACIÓN

(EVAI)

 

 

 

 

 

 

 

 

El Valle del Espíritu Santo, mayo de 2020

 

Aprobado en CUSE # 03-2020, de fecha 20-05-2020

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD DE MARGARITA

ALMA MATER DEL CARIBE

Resolución. N° 014-2020

El Consejo Universitario de la Universidad de Margarita en sesión permanente, de fecha 20-05-2020, actuando con mayoría absoluta de sus miembros,  y cumpliendo con las atribuciones conferidas en los artículos 1 y 3 numeral 7 de la Normativa Interna del Consejo Universitario de fecha 25-04-2013, cuyo tenor es el siguiente:

Título I: Normas Generales. Artículo Primero: El Consejo Universitario de la Universidad de Margarita está integrado por las personas que señala la Ley de Universidades y el Estatuto Orgánico de la Universidad. El Consejo Universitario de la Universidad de Margarita será presidido por el Rector o la Rectora, quien se denominará Rector-Presidente o Rectora-Presidenta; y el Artículo Tercero: Atribuciones del Rector-Presidente o Rectora Presidenta: Son atribuciones del Rector-Presidente o Rectora-Presidenta: 6.- Ejecutar los acuerdos y medidas adoptadas por el Consejo Universitario. En uso de tales competencias se acordó la promulgación de la Normativa Especial de Estudios Virtuales e Investigación, quedando facultada la ciudadana Rectora, Dra. Antonieta Rosales de Oxford, para ejecutar la promulgación y difusión del mencionado instrumento jurídico.

CONSIDERANDO

Primero: Que en fecha 16 de marzo de 2020, el Consejo Universitario Extraordinario en Sesión permanente No. 003-2020, acordó la suspensión de las actividades académicas de tipo presencial para la comunidad unimarista, en virtud del Estado de Alarma declarado en todo el territorio nacional, mediante Decreto N° 4.160, de fecha trece (13) de marzo de 2020, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°6.519 (Extraordinario) de la misma fecha.

Segundo: Que la Universidad de Margarita es una institución rectora de la integración de la Educación Superior en el contexto regional, y debe garantizar el derecho humano a la educación de sus estudiantes, establecido en el artículo 102 constitucional, sin más limitaciones que las de sus aptitudes, vocaciones y aspiraciones; así como también, y con carácter prioritario, debe velar por el derecho a la salud de todos sus integrantes, consagrado como derecho social fundamental en el artículo 83 del texto constitucional.

Tercero: Que según la Resolución N°.04-2020, el Consejo Universitario, acordó la continuación de los estudios en todas las carreras impartidas en nuestra Universidad, a partir de la fecha para la culminación del período académico 2020-I, y para el próximo período académico 2020-III (mayo- agosto) cumpliendo con los lineamientos emanados del Ejecutivo Nacional, relativos a la instauración del régimen o modalidad de educación a distancia o no presencial, como alternativa para dar prosecución a los programas educativos y contenidos curriculares en todos los niveles, resguardando de manera efectiva los derechos de los estudiantes.

Dicta la presente:

NORMATIVA ESPECIAL DEL

ECOSISTEMA VIRTUAL  DE APRENDIZAJE  E INVESTIGACIÓN

(EVAI)

Del objeto.

Artículo 1: El objeto de la presente normativa es implementar y reglamentar un Ecosistema Virtual de Aprendizaje e Investigación, para facilitar el proceso de enseñanza centrado en los estudiantes de pregrado y postgrado de la Universidad de Margarita, que promueva la construcción del conocimiento a través de la investigación, y fortalezca en el desarrollo de las competencias, habilidades y destrezas, en un ambiente colaborativo, a través del uso de las tecnologías de información y comunicación (TICs).  

De la integración del ecosistema.

Artículo 2: El Ecosistema Virtual de Aprendizaje e Investigación estará integrado por todos los estudiantes regulares de pregrado y postgrado, de la Universidad de Margarita, así como los participantes en los convenios interinstitucionales, suscritos por ésta, los profesores y las autoridades universitarias, garantizando de esta manera, el cumplimiento oportuno de las actividades académicas mediante la interacción virtual de sus actores fundamentales, así como la adecuada ejecución, de los contenidos curriculares de cada nivel y carrera.

Parágrafo Primero: Los optantes, maestrantes y doctorantes activos en los diferentes programas de especialización, maestrías y doctorantes, formarán parte del Ecosistema Virtual de Aprendizaje e Investigación (EVAI).

Parágrafo Segundo: Los profesores y autoridades, a las cuales se refiere este artículo, podrán incluir en sus plataformas virtuales y diferentes Tics, a otros profesores, en calidad de invitados. Éstos podrán ser de la Universidad de Margarita, o de otras instituciones de educación superior, locales, nacionales y/o internacionales. Para ello se requerirá la autorización expresa del decanato correspondiente, que lo hará saber a través del correo institucional.

 

De la promoción del ecosistema.

Artículo 3°: El Ecosistema Virtual de Aprendizaje e Investigación está concebido como una alternativa a las actividades de estudio presenciales, siendo su modalidad a distancia o virtual. Fungirá como un canal para el acompañamiento y ejecución de la planificación curricular. El profesorado será el encargado de promover la interacción, la investigación y la evaluación, utilizando para ello, las estrategias didácticas y evaluativas idóneas para lograr las competencias, mediante el uso de las Tecnologías de Información y Comunicación.

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