El derecho concursal, específicamente centrada en la reintegración en el concurso de acreedores
Suku DtlTrabajo28 de Marzo de 2016
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La Reintegración en el
Concurso de Acreedores.
Junio, 2015
PALABRAS CLAVE:
REINTEGRACIÓN, CONCURSO, ACREEDOR, PERJUICIO, DEUDOR.
KEY WORD:
REINTEGRATION, BANKRUPTCY, CREDITOR, DAMAGE, DEBTOR.
ABREVIATURAS:
CCo Código de Comercio.
LC Ley Concursal.
LEC Ley de Enjuiciamiento Civil.
LH Ley Hipotecaria.
CC Código Civil.
STS Sentencia del Tribunal Supremo.
ÍNDICE:
ABREVIATURAS……………..……………………………………….…..3
INTRODUCCIÓN………………………………………………………..…6
JUSTIFICACIÓN DE LA ELECCIÓN DEL TEMA……………………....8
- CONCURSO DE ACREEDORES.………………………………………....8
- ANTECEDENTES ………………………………………………………...11
- CAUSAS DEL COMIENZO DE LA ACCIÓN DE REINTEGRACIÓN…14
- ACCIONES DE REINTEGRACIÓN EN EL CONCURSO DE
ACREEDORES…………………………………………………………….15
4.1 La acción rescisoria
4.2 Plazo para el ejercicio de la acción rescisoria.
4.3 El incidente concursal.
- DE LA RETROACCIÓN A LA REINTEGRACIÓN DE LA
MASA………………………………………………………………………17
- LA ACCIÓN DE REINTEGRACIÓN……………………………...……...18
- EFECTOS DE LA RESCISIÓN……………………………………………20
- EJEMPLO PRÁCTICO…………………………………………………….21
- LEGITIMACIÓN PARA SER PARTE E INTERVENIR………………....22
9.1 Legitimación originaria de la administración concursal.
9.2 Legitimación subsidiaria de los acreedores.
9.3 Legitimación activa.
10. EL PERJUICIO…………………………………………………………….23
10.1 Presunciones
- Actos dispositivos a título oneroso realizados a favor de algunas de las
personas especialmente relacionadas con el concursado.
- Constitución de garantías reales a favor de obligaciones preexistentes o
de las nuevas contraídas en sustitución de aquéllas.
10.2 La prueba del perjuicio.
11. PERSONA RELACIONADA CON EL CONCURSADO………………...26
11.1 Persona física o jurídica
11.2 Sociedades
11.3 Temporalidad
11.4 ¿Qué entiende la ley por “grupo”? Vertical y horizontal.
11.5 Socios
11.6 Exclusiones de la Ley Concursal
- OTRA ACCIONES DE IMPUGNACION ……………………………….32
- Acción revocatoria o pauliana.
- Persona diferente del deudor.
- Nulidad.
CONCLUSIONES.
BIBLIOGRAFÍA
INTRODUCCIÓN
El campo de mi trabajo de final de grado es el Derecho Concursal, en el cual he decidido centrarme en “La Reintegración en el Concurso de Acreedores”. Para empezar, tenemos que tener claro que un concurso de acreedores es un procedimiento de ejecución de carácter universal que ha de seguirse ante el estado de insolvencia del deudor. Todos los bienes del mismo serán destinados a satisfacer los créditos de sus acreedores[1]. Dentro del concurso de acreedores, nos encontramos con una figura muy recurrente en el ámbito concursal: la acción de reintegración. En la actualidad ocurre que para un gran número de empresarios resulta difícil aceptar que su sociedad está en lo que se llama situación de insolvencia. Esto conlleva a muchos de ellos, previendo que pueden entrar en concurso, llevar a cabo el pago de deudas a ciertos acreedores, lo que provoca, como es lógico, un perjuicio para el resto. Puede ocurrir que los hechos mencionados no sean con motivo de perjudicar a unos y beneficiar a otros, simplemente con vistas hacia el futuro de su sociedad. Sin embargo, no deja de ser perjudicial para la masa activa. Es entonces cuando entra en juego el artículo 71 de la LC. Este artículo permite que se solicite ante el Juzgado de lo Mercantil una acción de rescisión de los actos que el deudor haya realizado en los dos años anteriores a la fecha en que se declara el concurso.
En cuanto a los hechos que no pueden ser objeto de rescisión, quedan recogidos los siguientes: supuestos de necesidad para que la empresa funcione según lo previsto. Los actos ordinarios de la actividad profesional o empresarial del deudor que se realicen de acuerdo a unas condiciones dentro de lo normal. Por otro lado, actos que se encuentren dentro de las leyes especiales reguladoras de sistemas de pagos y compensación y liquidación de instrumentos y valores derivados. Para terminar, las garantías hechas a favor del FOGASA y de los créditos de derecho público.
A estos hay que añadir el introducido en la Ley 14/2013, de 27 de Septiembre de apoyo a emprendedores, que excluye también de la acción rescisoria los acuerdos de refinanciación con acreedores en los dos años anteriores. Lo que se pretende con esto es establecer un plan de viabilidad que logre la continuidad de la empresa.
En el trabajo analizo de cerca, y entrando en detalle, cómo se encuentra regulada la acción de reintegración en la Ley Concursal actual. Concretamente los artículos 71, 72 y 73 ya que la acción de reintegración o de rescisión de los actos perjudiciales para la masa activa viene regulada en los artículos mencionados.
Para determinar con claridad en que consiste la acción de reintegración, acudimos a Laura Carballo Piñeiro quien establece que: “son las acciones de impugnación de los actos perjudiciales para la masa activa del concurso, realizados por el deudor, dentro de un determinado período de tiempo, pudiendo exigirse la intención fraudulenta en su realización, aunque no es un elemento imprescindible.[2]”
De acuerdo con el artículo 76 de la Ley Concursal, “constituyen la masa activa del concurso los bienes y derechos integrados en el patrimonio del deudor a la fecha de la declaración de concurso y los que se reintegren al mismo o adquiera hasta la conclusión del procedimiento.[3]”
La masa activa, establecido también en la Ley Concursal, la constituyen los créditos contra el deudor común que conforme a esta ley no tengan la consideración de créditos contra la masa.[4]
Posteriormente he tratado la presunción de los actos dispositivos a título oneroso a favor de algunas personas relacionadas con el concursado.
JUSTIFICACIÓN DE LA ELECCIÓN DEL TEMA
Desde el principio me decanté por el Derecho Concursal haciendo hincapié en los concursos de acreedores para el desarrollo del Trabajo fin de Grado. Posteriormente, siendo este tema muy amplio decidí centrarme en las acciones de reintegración. El motivo es la situación que muchas empresas atraviesan a día de hoy. Me interesaba saber que ocurría cuando una empresa dejaba de tener ingresos y conocer de cerca cómo acababa entrando en un concurso y su posterior desarrollo. Además los concursos de acreedores considero que están a la orden del día.
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