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Jurisdicción Y Competencia


Enviado por   •  2 de Junio de 2013  •  2.014 Palabras (9 Páginas)  •  358 Visitas

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“Jurisdicción y Competencia”

Como se ha visto anteriormente la jurisdicción se considera como el poder genérico de administrar justicia, dentro de los poderes y atribuciones de la soberanía del Estado; competencia es precisamente el modo o manera como se ejerce esa jurisdicción por circunstancia concretas de materia, cuantía, grado, turno, territorio imponiéndose por tanto una competencia, por necesidades de orden practico. Se considera, entonces, tanto como facultad del juez para conocer en un asunto dado, como también el conflicto que puede existir por razón de competencia, como es el caso de conflicto o cuestiones que pueden darse al respecto.

Desde que se prohíbe a las personas hacerse justicia por su propia mano, el Estado asume la obligación de administrarla, de lo cual deriva la acción o sea el derecho de requerir la intervención del Estado para el esclarecimiento o la protección de un derecho, y la jurisdicción será la potestad conferida por el estado a determinados órganos para resolver mediante la sentencia las cuestiones litigiosas que le sean sometidas y hacer cumplir sus propias resoluciones; y en el entendido de que la actividad jurisdiccional no es privativa de solución de conflictos o litigios también se dice que es la potestad conferida por el Estado a los órganos jurisdiccionales para aplicar la ley a los casos concretos y hacer cumplir sus resoluciones.

“OTRAS ATRIBUCIONES DEL ESTADO”

El Estado tiene otras atribuciones jurisdiccionales además de la legislativa, la administrativa y la judicial. Así tenemos la facultad de firmar convenios y tratados internacionales conforme al artículo 89 de la Constitución Federal.

Otra función pública y atribución del estado, es la resolución de conflictos entre proveedor, comerciante y consumidor por medio de la Procuraduría Federal del Consumidor.

Es también el estado, por medio de la Procuraduría General de la República, quien se encarga de la investigación y persecución de los delitos.

Teorías Entre Jurisdicción, Administración y Legislación

El objetivo de la función Judicial es la solución de controversias o litigios, mediante la aplicación del Derecho, es una función pública de hacer justicia la cual impartirá conforme a derecho.

La función administrativa es entendida como la actividad del estado destinada a la atención de la administración publica y a la dotación de los servicios públicos dentro de la exacta observancia de las leyes.

En un estudio integral la función Legislativa atiende a la promulgación de las normas generales que regulan jurídicamente la vida de la colectividad.

En este punto bastara observar que mientras el acto jurisdiccional tiene carácter de cosa juzgada y es irreversible, el acto administrativo es por esencia revocable aun por el propio órgano administrador.

Rresulta insuficiente identificar el acto con el órgano y decir que es jurisdiccional porque emane del juez, o que es administrativo porque proviene del ejecutivo ya que la delimitación de poderes no es absoluta.

Se puede decir que el acto es legislativo cuando establece una norma abstracta (3 caracteres: generalidad, obligatoriedad y coacción) destinada a regir la conducta; y será jurisdiccional cuando juzga la conducta frente a la norma abstracta.

El acto administrativo es actividad técnica, mientras que el jurisdiccional es actividad jurídica; en el acto jurisdiccional se resuelve la cuestión de saber que regla de derecho es aplicable a un caso concreto y cuales son las consecuencias que derivan de su desconocimiento; mientras que en el acto administrativo la cuestión de derecho es un medio porque la actividad administrativa esta reglada por la ley pero no constituye su fin.

De lo anterior resultan consecuencias fundamentales, por ejemplo: el acto de jurisdicción no es voluntario, desde que el juez no procede de oficio, lo que de autoridad de cosa juzgada a sus decisiones aunque el juez sea en el caso el poder administrativo pero con las reservas que la ley establezca en este ultimo supuesto; por el contrario el acto administrativo es espontáneo y puede en cualquier momento ser dejado sin efecto aunque quien lo ejecute sea un funcionario del Poder Judicial con iguales reservas en este caso.

Aplicando estos principios se tiene que el Ejecutivo ejerce un acto administrativo cuando ordena una apertura de calle, la demolición de un edificio, clausura de un establecimiento, etc., y en cambio ejerce un acto jurisdiccional cuando resuelve el reclamo formulado por un particular contra los mismos. Esto se evidencia mas al referirse a un mismo órgano, así tenemos que la dirección de pensiones ejecuta actos de administración cuando percibe aportaciones de sus afiliados, organiza personal, etc., pero cuando aprecia las condiciones de quien pretende acogerse a los beneficios de la jubilación y los acuerda o los niega ejerce un acto de jurisdicción. El juez ejerce un acto administrativo cuando suple la incapacidad de una persona, ordena una inscripción en los registros públicos y en general en todos los casos llamados de jurisdicción voluntaria.

La Jurisdicción siempre ha estado ligada al poder. Primero al poder religioso, luego al poder del Estado. Este tiene la facultad de crear, aplicar y exigir que se cumpla la Ley. Con la Revolución francesa de 1789 la jurisdicción queda vinculada al poder político, un poder hace la ley y otro la aplica. En un caso se da una facultad institucional a un órgano jurisdiccional y a otro el poder para se cumpla la ley por la fuerza. Podemos decir que la jurisdicción emerge de la División clásica de los poderes planteada por Montesquieu.

Latín jus, derecho y, dicere, declarar. Declarar el derecho.

O Iurisdictio, administrar el derecho, no de establecerlo. Es función específica de jueces.

CONCEPTO DE JURISDICCIÓN.

Facultad de aplicar la ley. Pero este concepto básico ya no expresa la realidad ; por que aplican la ley el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo, como veremos más adelante.

Actualmente se le conoce como la potestad que tiene el Estado en su conjunto para solucionar conflictos particulares a través de la imposición de la Ley y el Derecho. Por lo tanto esa potestad esta encargada a un órgano estatal, el Poder Judicial y, al encomendar al Poder Judicial esa actividad privativa del Estado emerge la Potestad Jurisdiccional y esta, no es mas que la cesión al Poder Judicial, a través de la ley de organización judicial, del deber de realizar esa actividad jurisdiccional. Es decir, de imponer la norma jurídica para resolver un

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