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La Justicia Curricular

maidanaanalia3 de Marzo de 2014

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LA JUSTICIA CURRICULAR

Robert William Connell

1 Tres principios de la justicia curricular

¿Cuáles son los principios que nos pueden guiar en nuestro intento de detener estos procesos y orientarlos en la dirección de la justicia social? ¿Cuáles son los principios del diseño, por así decirlo, de un curriculum que conduzca a la justicia social?

Sugiero tres principios que, en conjunto, pueden constituir un modelo operativo de la justicia curricular.

1. Los intereses de los menos favorecidos. Una de las ideas básicas en los análisis de los filósofos sobre la naturaleza de la justicia es la protección, en primer lugar, de los más necesitados. John RAWLS plantea que la educación debe servir específicamente a los intereses de los grupos "menos favorecidos" de la sociedad. El principio de apoyar a las personas menos favorecidas es fundamental en la teoría general de RAWLS, y recoge lo que se quiere decir en el discurso político cuando se habla de "justicia social", incluso en el sentido restringido que este concepto adquiere en las declaraciones políticas.

La "posición de los menos favorecidos" significa, en concreto, plantear los temas económicos desde la situación de los pobres, y no de los ricos. Establecer las cuestiones de género desde la posición de las mujeres. Plantear las relaciones raciales y las cuestiones territoriales desde la perspectiva de los indígenas. Exponer la sexualidad desde la posición de los homosexuales. Y así sucesivamente. (En mi opinión, la cuestión no se limita a la justicia social. Puede ser también una fuente de gran enriquecimiento para la experiencia y los conocimientos de los grupos favorecidos, en todos los aspectos a los que me he referido. Pero ello no quiere decir que partir de esa posición les sea fácil a los grupos favorecidos.

La justicia no es una cuestión de facilidad, y es lo opuesto a la anestesia. En el mejor de los casos, es muy probable que sea causa de problemas. Pero, como defiende Michael WALZER, es una concepción práctica de la justicia, una justicia de "aquí y ahora".)

Este principio tiene grandes consecuencias para el curriculum, que se hacen evidentes cuando analizamos su historia social y cómo el curriculum hegemónico actual encarna los intereses de las personas más favorecidas. La justicia requiere un curriculum contrahegemónico, en esentido señalado en el Capítulo III, diseñado para materializar los intereses y las perspectivas de los menos favorecidos. En la práctica, esto significa que el curriculum debe ser decidido por profesores que trabajen en diferentes situaciones: en programas de educación compensatoria, en educación multicultural, programas para mujeres jóvenes, en educación de indígenas, en determinados programas de alfabetización de adultos. En el Capítulo VII me ocuparé con más detalle de una de estas experiencias; de momento haré dos observaciones generales sobre ella y sobre otros casos. En primer lugar, para garantizar la justicia social no sirven los curricula de guetos. Los curricula separados-y-diferentes tienen cierto atractivo, pero dejan intacto el curriculum hegemónico en vigor. La justicia social requiere cambiar de punto de partida para reconstruirla corriente principal, de forma que encarne los intereses de las personas menos favorecidas.

En segundo lugar, para garantizar la justicia social no sirve un único proyecto contrahegemónico. La ciencia social actual, al igual que hace la práctica social actual, reconoce una serie de modelos principales de desigualdad: género, clase, raza, etnia y (a escala mundial) región y nacionalidad. La justicia curricular requiere proyectos contrahegemónicos que abarquen toda esa variedad. En la práctica, es una empresa que revestirá una gran diversidad. No pretendo dejar aquí un esbozo de ella, sino indicar el alcance del principio de la justicia curricular. Inicialmente, ningún modelo institucionalizado de desigualdad social queda fuera de él. Reconocer que se puede organizar el conocimiento de forma diferente, y que las distintas formas de construirlo favorecerán y desfavorecerán a diferentes grupos, supone arriesgarse a caer en el relativismo. Han habido sistemas educativos para los que el beneficio político constituía el criterio de elección del curriculum. Éste fue el caso de la Unión Soviética, y en Estados Unidos la extrema derecha está haciendo todo lo posible para imponer la misma lógica. Es importante evitar esto, ya que desaparecería el elemento de verdad independiente propio, por ejemplo, de la interpretación científica del mundo y, por tanto, la posibilidad de crítica de los mismos planes políticos. (Señalar que esas interpretaciones están conformadas por el género y la clase social no equivale a decir que éstos sean sus únicos contenidos; también dan razón de un encuentro de la conciencia conformada por el género y la clase social con el mundo natural.) El principio de los intereses de los menos favorecidos justifica claramente que se abandone el relativismo, ya que no puede ser de su interés seguir estando excluidos del conocimiento del mundo que la ciencia tradicional encarna. Un curriculum contrahegemónico debe incluir la parte generalizable del curriculum tradicional, y garantizar a todos los estudiantes el acceso a los métodos y los descubrimientos científicos.

2. Participación y escolarización común. Los sistemas educativos, en sus declaraciones de objetivos, proclaman en general que están preparando a los futuros ciudadanos para la participación en una democracia. Así, el Australian Education Council, los ministros de educación del Estado y de los gobiernos federales australianos, incluían en su reciente declaración de los diez Objetivos

Nacionales de la Escolarización en Australia:

Desarrollar el conocimiento, las habilidades, las actitudes y los valores que capacitarán a los estudiantes para participar, como ciudadanos activos e informados, en nuestra sociedad democrática australiana, dentro de un contexto internacional.

Este propósito, tomado en serio -y no estoy diciendo que los ministros de educación lo suelan hacer así- tiene consecuencias muy importantes para el curriculum. El concepto de"democracia" supone una toma de decisiones colectiva sobre cuestiones trascendentales, en las que todos los ciudadanos tienen, en principio, la misma voz. Para los Estados modernos, son cuestiones trascendentales la guerra y la paz, las inversiones, la política de empleo, el desarrollo urbano y la protección del medio ambiente, la violencia sexual, la provisión del bienestar social, los contenidos de los medios de comunicación, y el diseño de los sistemas educativos. Ser participantes activos en esa toma de decisiones requiere una diversidad de conocimientos y destrezas (incluida la habilidad de adquirir más conocimientos). Esta diversidad debe alcanzar a todos los ciudadanos, como bien insiste WALZER. No es posible una democracia en la que algunos "ciudadanos" sólo reciben las decisiones que otros han tomado. Por esto, quienes apoyan el feminismo tienen razón al señalar que una sociedad en la que los hombres ejercen de forma habitual el control sobre las mujeres no es una democracia. Aquí está la base de un curriculum común que se debe ofrecer a todos los estudiantes, como una cuestión de justicia social. Es un criterio de mayor fuerza que las invocaciones a la "democracia" implícitas en los Objetivos Nacionales. Este criterio descarta cualquier tipo de selección, de evaluación competitiva, de mecanismos de agrupamiento y de clasificación en la escolarización mientras actúa el curriculum común, ya que estos mecanismos diferencian las ofertas y, por tanto, favorecen a unos ciudadanos sobre otros.

Es un criterio que apunta más bien hacia prácticas de aprendizaje no jerarquizadas y de cooperación, basadas en el curriculum común. Deben ser cooperativas, ya que todos los partícipes se benefician (como ciudadanos de una democracia) del aprendizaje de los demás. En este sentido, la justicia avanzaría de forma muy significativa si se prohibiera cualquier prueba competitiva o de nivel durante los años de escolarización obligatoria. Como una parte necesaria de los conocimientos y las habilidades de quienes participan en la democracia es la comprensión de las culturas y los intereses de los otros participantes, este criterio descarta también los curricula elaborados desde una única posición socialmente dominante. Apunta decididamente al principio del "curriculum inclusivo" que varios autores proponían en los años ochenta. Unos curricula que incluyen y valoran las experiencias de las mujeres igual que las de los hombres, a los aborígenes como a los blancos, a los obreros igual que a los profesionales liberales. Este principio corrobora claramente la aspiración de producir un curriculum "diverso" o multicultural en Estados Unidos, al que hoy se oponen los conservadores con su retórica contra "lo políticamente correcto".

3. La producción histórica de /a igualdad. Hay un conflicto entre el criterio de la ciudadanía participativa, que exige un curriculum común, y el criterio de servir a los intereses de grupos específicos, de las personas menos favorecidas.

Este conflicto se puede resolver de forma lógica mediante uno de los recursos de RAWLS, introduciendo un "orden léxico" de los principios de la justicia curricular. Así, se puede decir que la participación tiene prioridad, y que el criterio los menos favorecidos se aplica después de cumplirse el criterio de la participación. Pero esto desembocaría en seguida en un absurdo educativo. Supondría presumir que el curriculum se puede dividir en fragmentos

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