ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Los Jueces De Paz En Ecuador


Enviado por   •  26 de Abril de 2014  •  17.883 Palabras (72 Páginas)  •  662 Visitas

Página 1 de 72

1. Introducción.

La Justicia de Paz en el Ecuador es un tema que tiene extrema trascendencia en el convivir diario de la población, pues toda persona recurre a ella por varios motivos, entre ellos tenemos: Bajo costo, celeridad en los procesos, para buscar solución casi inmediata a problemas comunes y de índole personal, sin utilizar procedimientos ordinarios en la justicia común, los cuales en muchas ocasiones, por no decirlo en casi todas las veces resultan demasiado engorrosos y largos, con los consiguientes gastos económicos elevados. No se puede dejar pasar por alto la percepción de los usuarios del sistema de justicia en el país, que es la falta de confianza en un sistema judicial que muchas veces ha colapsado, que ha ido de tumbo en tumbo ante sonados escándalos de corrupción, plenamente comprobados.

Es por este motivo, razón y circunstancia que la población del Ecuador mantiene su mirada ante los jueces de Paz, pues estos son las autoridades a las que se les esta dando jurisdicción y competencia para conocer y resolver asuntos menos graves y a los que se puede llegar a una pronta solución con técnicas conciliatorias bien aprovechadas.

Referente a estas técnicas, notamos que son insipientes en la mayoría de los jueces de paz, ya que se están dedicando a emitir sus resoluciones en base a derecho y no con equidad, tornándose en jueces legalistas que no utilizan su buen saber y conocer para sus laudos, sino que, estrictamente aplican normativas legales demasiado rígidas en algunos casos; olvidándose de que ellos vienen de la comunidad y se deben a la comunidad, pues la justicia de paz en el Ecuador, no requiere de magistrados con titulo de abogado, sino que sean personas de reconocida trayectoria y de una gran honorabilidad. En cuanto a lo citado anteriormente debemos dejar en claro, el hecho de que también en ocasiones este “puesto” de juez de paz, se lo ha utilizado políticamente, pues el poder del Gobierno a través de la historia ha ido poniendo a personas que solamente cumplen con la cuota política asignada, por lo cual se dedican a contentar al gobierno mas no a conciliar a las personas comunes y corrientes que necesitan de su arbitrio; digo esto porque considero que el juez de paz, es un arbitro, pues conoce el problema de las partes y tiene la obligación moral de conciliarlas, mas no de sancionarlas, pues como la palabra lo dice “un Juez de Paz”, por esta razón debe siempre buscar la solución a los conflictos de manera pacifica, adviniendo a las partes en litigio.

El presente estudio trata de recoger datos fidedignos, tanto de personas con titulo profesional (Abogados) como de personas particulares, que en unos casos cuentan con instrucción básica, pero que son testigos presenciales de la evolución de la justicia de paz que el Ecuador se viene desarrollando; datos que servirán para tener una visión mas amplia sobre este tema de vital importancia en el mundo globalizado en el que vivimos y que servirán para el planteamiento de soluciones, para tratar de institucionalizar la Justicia de Paz, donde se cuente con jueces conciliadores, amantes de la justicia pero dedicados a solucionar conflictos y mas no ahondar en ellos.

2. Transcripción del Proyecto de Investigación Jurídica.

CONTENIDOS DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

1. TEMA

LINEA DE BASE PARA LA CONSTITUCIÓN DE UN SISTEMA DE JUSTICIA DE PAZ EN EL ECUADOR

2. PROBLEMA

El modelo de justicia que está siguiendo actualmente el Ecuador, está sufriendo un proceso de debilitamiento. Se buscan nuevas concepciones y nuevas prácticas.

Uno de los graves problemas del ordenamiento jurídico es que hemos caído en un formalismo extremadamente grande, en un formalismo exegético e interpretativo que ha olvidado el conflicto de manera integral y se ha dedicado únicamente a la interpretación normativa generalizadora. Eso le ha quitado legitimidad.

Se ha hablado únicamente de la legitimidad orgánica, la legitimidad de los procesos de administración, pero también tendría que hablarse de la legitimidad social.

En nuestro país la justicia comunitaria siempre ha estado presente. De hecho la Constitución de 1830 se refiere al Juez de la parroquia, y en la audiencia cuasi pretorial de Quito, con los denominados jueces de paz, algunos de los cuales estuvieron vigentes hasta la cuarta década de este siglo y luego fueron eliminados. Éstos fueron en realidad jueces de instrucción, encargados de asuntos policiales y de contravenciones. En cierta forma esto todavía se mantiene, esta estructura supervive. Se denomina “jueces de paz” a los que sólo lo son en teoría.

Pero entonces debemos preguntarnos ¿Si la justicia de paz forma parte del Poder Judicial o de la sociedad civil? Esta situación está fuera de discusión en nuestro país porque sencillamente no existe una justicia de paz institucionalizada.

En la práctica el juez de paz forma parte de la comunidad y de aquello que se ha convenido en llamar redes de justicia local. Esto quiere decir que el juez de paz forma parte de un conjunto de autoridades en el interior de una comunidad, que administra justicia o que resuelve conflictos.

Es muy conocido que el juez de paz, junto con el policía, el comisario, el alcalde, el presidente de la comunidad campesina o indígena, resuelve conflictos con cierta frecuencia, y esto es una suerte de cosmovisión o de universo en el cual el poblador o el usuario del servicio recurre casi indistintamente a cualquiera de esas autoridades comunales, evidentemente con algunos acentos o con algunas preferencias.

En algunas comunidades el juez de paz es una figura mucho más destacada que en otras, y en otras comparte funciones y competencias con distintas autoridades conflictiva o pacíficamente, dependiendo también de la realidad de cada comunidad.

En ese sentido, la justicia de paz forma parte del Poder Judicial del Estado, pero a la vez también forma parte de la sociedad, por lo que otra de sus virtudes es que se trata de una suerte de bisagra entre el Estado y la sociedad.

Aunque no hay institucionalizado un sistema de justicia de paz, existen algunas experiencias que nos acercan a este sistema. Una primera experiencia es una de transmisión de jurisdicción y competencia que opera desde la administración central de justicia para tratar de descongestionar la pesada carga que tienen. Creando jueces especiales, intendentes, subintendentes, comisarios, tenientes políticos, encargados de materia contravencional. De acuerdo con el reglamento orgánico del Ministerio de Gobierno son considerados jueces de paz que van a tratar de solucionar el conflicto de la mejor manera.

Se ha dado una experiencia negativa, que es el hecho de que los nombramientos de estos jueces especiales han sido esencialmente políticos. También podría decirse que estos jueces sufren una distorsión operativa o funcional. En las zonas eminentemente urbanas de las grandes ciudades sólo se dedican a aplicar normas. No hacen ningún tipo de avenimiento de las partes, quizá por no conocer técnicas especializadas, quizá porque los usuarios desconocen que ellos tienen la posibilidad de avenirles o de conciliarles, o quizá por el gran número de casos que llegan a su judicatura.

Así, en las áreas urbanas estos jueces son realmente nocivos. En las áreas rurales y en ciertas ciudades pequeñas algunos trabajan con muy buena fe, y tratan de realizar conciliaciones o mediaciones, pero lamentablemente no tienen técnicas. Como esto es más bien normativo, no están acostumbrados y terminan juzgando no en equidad, como debería ser, ya que son jueces de paz, sino únicamente de acuerdo con lo que disponen las normas, lo que crea una gran cantidad de problemas. Se dice en el Ecuador que la gente acude a estos jueces más por necesidad que por confianza.

Y hay también otro grave problema: como son producto de la campaña política o de la estructura económica, estas personas se dedican a aplicar muchas veces normas al margen del sistema jurídico, lo que da lugar a abusos. Esta es una experiencia negativa.

Pero también hay experiencias positivas. En el Ecuador el sistema central de justicia es administrado sin conocer la realidad de sus actores; esto es particularmente grave en un país como el nuestro, donde hay un altísimo porcentaje de indígenas y afroecuatorianos. Sin embargo ha sido posible introducir en estos grupos prácticas de métodos alternativos de resolución de conflictos, lo que guarda conformidad con el derecho consuetudinario de estos grupos.

Una característica esencial del juez de paz es su carácter conciliador, a diferencia del juez profesional. El juez de paz es por esencia un juez conciliador, a pesar de que tiene potestad para dictar sentencias en algunas materias, poder que utiliza en su mínima expresión y básicamente como un mecanismo de presión para avenir y conciliar a las partes.

El juez de paz por lo general no es abogado. Es un miembro de la comunidad que es agricultor, ganadero, profesor, jubilado o ama de casa, y que ejerce ese cargo en servicio a la comunidad.

Finalmente, el juez de paz no resuelve conforme a derecho necesariamente, sino conforme, a su leal saber y entender. Es lo que se entiende doctrinariamente como resolver de acuerdo con la equidad. Esto no quiere decir que resuelva de manera ilegal

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (110 Kb)
Leer 71 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com